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Documento sobre Derechos Humanos en Nicaragua para el Embajador Fiallo, Presidente del Consejo Permanente de la OEA

Washington D.C., 28 de noviembre de 2021

Embajador Josué Fiallo

Representante Permanente de la República Dominicana ante la Organización de los Estados Americanos (OEA)

Presidente del Consejo Permanente de la OEA 

 

Ref.: Estado de los derechos humanos en Nicaragua  

Estimado Embajador Fiallo,

Tengo el honor de dirigirme a V.E. en anticipación a la sesión del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA), convocada para evaluar la situación en Nicaragua que tendrá lugar el 29 de noviembre, con el propósito de suministrar información de Human Rights Watch sobre la grave crisis de derechos humanos y el desmantelamiento del Estado de derecho que hemos documentado en ese país. Quisiera, a su vez, instar respetuosamente a los Estados Miembros de la OEA a aplicar urgentemente el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana según el cual Nicaragua podría ser suspendida de la OEA con una mayoría de dos tercios de los votos. Ruego a V.E. distribuir este documento a los miembros del Consejo Permanente. 

La OEA ha realizado un atento seguimiento de la situación por la que atraviesa Nicaragua y ha denunciado la escalada represiva que antecedió a las elecciones presidenciales del 7 de noviembre de 2021. El 15 de junio y el 20 de octubre, el Consejo Permanente de la OEA adoptó resoluciones en las cuales expresó preocupación por la falta de implementación de reformas electorales por el gobierno del presidente Daniel Ortega que cumplan con estándares internacionales. En ambas resoluciones condenó el hostigamiento y las restricciones arbitrarias contra candidatos presidenciales, partidos opositores y medios de comunicación independientes.

Human Rights Watch ha documentado que el gobierno de Ortega se ha consolidado como una típica dictadura y, por lo tanto, no existen instituciones independientes en pie que puedan poner freno a los abusos del poder ejecutivo. En dichas circunstancias, se han cometido atrocidades con total impunidad y el régimen ha demostrado un flagrante desprecio por el Estado de derecho y los principios democráticos fundamentales.

Concentración de poder

Desde que asumió en 2007, el gobierno de Ortega ha desmantelado prácticamente todos los controles institucionales sobre el poder presidencial. El presidente Ortega ha sometido gradualmente al poder judicial copando los tribunales con jueces afines a su partido. Gracias a su firme control sobre el poder judicial, el gobierno de Ortega ha utilizado a los tribunales para hostigar y perseguir a críticos. La Asamblea Nacional, controlada por el partido gobernante, ha promulgado amplias restricciones a derechos civiles y políticos, incluida una serie de cambios en la normativa electoral y la sanción de nuevas leyes y reformas abusivas. El gobierno también ha cooptado al Consejo Supremo Electoral (CSE), el organismo de supervisión electoral de Nicaragua, el cual, a su vez, ha cancelado la personería jurídica de los principales partidos opositores antes de las elecciones de 2021.

La represión de 2018

Además de la absoluta concentración de poder por parte del presidente Ortega, que le permitió controlar el proceso electoral y distorsionar las condiciones electorales, las elecciones generales del 7 de noviembre se celebraron en un contexto de agravamiento de la crisis de derechos humanos, que comenzó en abril de 2018 con la represión gubernamental contra críticos, la sociedad civil y opositores políticos.

En 2018, la brutal arremetida contra manifestantes por miembros de la Policía Nacional y bandas fuertemente armadas partidarias del gobierno dejó un saldo de más de 300 muertos y 2.000 heridos, así como cientos de detenciones arbitrarias y procesos penales. En un informe de 2019, Human Rights Watch documentó que muchas de las personas detenidas sufrieron graves abusos que, en algunos casos, constituyeron tortura, como descargas eléctricas, violentas golpizas, remoción de uñas, asfixia y violación sexual. A algunas se les habría negado atención médica en instituciones de salud pública y muchos profesionales de la salud que les brindaron atención afirmaron haber sufrido represalias. 

También se ha procesado a personas que fueron detenidas por su participación en protestas contra el gobierno o por su papel en movimientos sociales que cuestionaron al gobierno. En estos procesos se cometieron graves violaciones de las garantías de debido proceso y otros derechos fundamentales.

El gobierno también ha actuado contra quienes han dado visibilidad a la represión y los posteriores abusos. Ha allanado las oficinas de medios de comunicación independientes, presentado cargos penales contra periodistas, cancelado la personería jurídica de decenas de organizaciones de la sociedad civil y expulsado del país a periodistas extranjeros y observadores internacionales de derechos humanos. 

Las graves violaciones de derechos humanos cometidas en el contexto de la arremetida contra críticos de 2018, incluidos actos de tortura y asesinatos, han quedado en la impunidad.

Leyes represivas

Entre octubre de 2020 y febrero de 2021, la Asamblea Nacional adoptó una serie de leyes y medidas represivas para disuadir expresiones críticas, inhibir la participación de opositores en las elecciones y mantener encarcelados a críticos sin presentar acusaciones formales, con el propósito de impedir o limitar su participación política. Estas normas incluyen:

  • La Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz de diciembre de 2020, que prohíbe que los denominados “traidores a la patria” se postulen a cargos públicos o los ocupen. Emplea términos sumamente imprecisos para definir quiénes son “traidores a la patria”; por ejemplo, considera “traidores” a aquellos que “menoscaben la independencia, la soberanía, y la autodeterminación” o “lesionen los intereses supremos de la nación”. 
  • La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros de octubre de 2020, que exige que las personas físicas y jurídicas que reciban fondos del extranjero se registren como “agentes extranjeros” ante el Ministerio de Gobernación. A su vez, prohíbe que las personas registradas como “agentes extranjeros” intervengan en “cuestiones, actividades o temas de política interna y externa”, y establece que, de hacerlo, podrían aplicárseles sanciones penales indeterminadas. La ley también establece que aquellos que no se registren en el término de 60 días, a partir de la entrada en vigencia de la ley, podrían ser sujetos a multas, la cancelación de su personería jurídica y la confiscación de sus bienes.
  • La Ley Especial de Ciberdelitos, también sancionada en octubre de 2020, que prevé penas de hasta cuatro años de prisión para quienes, usando las tecnologías de la comunicación, “publiquen” o “difundan” información “falsa y/o tergiversada, que produzca alarma, temor, zozobra”. También pena con hasta cinco años de prisión a quienes publiquen “información falsa o tergiversada” que “incita al odio y a la violencia, [o] pone en peligro la estabilidad económica, el orden público, la salud pública o la seguridad soberana”, aunque estos términos no se definen en la ley.
  • Una reforma constitucional adoptada en enero de 2021, que establece la pena de prisión perpetua por “delitos graves, cuando concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas, que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional”. A menudo, el gobierno ha acusado, sin fundamentos, a críticos y opositores políticos de cometer “delitos de odio”.
  • Una reforma del Código Procesal Penal de febrero de 2021, que habilita a los fiscales a mantener a personas detenidas durante largos períodos sin presentar una acusación. Previamente, los fiscales tenían que acusar o liberar a detenidos pasadas las 48 horas en detención. La reforma ahora permite que los jueces extiendan el plazo de detención por hasta 90 días. Al analizar la solicitud de extensión, un juez debe tomar en consideración diversos factores, como la “gravedad del hecho”, “la complejidad de la investigación” y si “se trata de delitos de relevancia social y trascendencia nacional”. Sin embargo, la ley en cuestión no define qué constituye un delito de “relevancia social” o de “trascendencia nacional”.

Detenciones y procesamientos arbitrarios en el marco de las elecciones de 2021

Entre el 28 de mayo y el 5 de noviembre, el gobierno del presidente Ortega ha detenido y procesado arbitrariamente a 39 personas identificadas como opositoras al gobierno incluyendo candidatos presidenciales, figuras públicas de la política, líderes estudiantiles, activistas, representantes campesinos, abogados defensores y periodistas y 7 candidatos presidenciales. En la mayoría de las detenciones, la policía invocó la cuestionada ley que prohíbe a los denominados “traidores a la Patria” postularse para cargos públicos o ejercerlos.

El 22 de noviembre, Edgard Parrales, exembajador de Nicaragua ante la OEA, fue detenido por hombres no identificados fuera de su hogar, luego de haber criticado el anuncio del gobierno de Ortega sobre el retiro de Nicaragua de la OEA. Al día siguiente, las autoridades confirmaron a la esposa de Parrales que él se encontraba detenido en la cárcel de El Chipote, donde se ha documentado que fueron torturados críticos de Ortega en el pasado. 

Las autoridades nicaragüenses iniciaron investigaciones contra la mayoría de estas personas por supuestamente “organizarse con financiamiento de potencias extranjeras para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización”, “demandar, exaltar y aplaudir la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos” e “incitar a la injerencia extranjera en los asuntos internos”. En casos en los cuales Human Rights Watch pudo examinar las acusaciones formales, los fiscales a menudo no habían identificado actos concretos de los acusados que sustentaran los cargos. Los actos que señalaban con frecuencia eran comportamientos protegidos por los estándares internacionales de derechos humanos sobre libertad de expresión.

En la mayoría de los casos penales contra críticos, los tribunales han invocado la reforma del Código Procesal Penal de febrero para autorizar a los fiscales a mantenerlos en prisión preventiva por un plazo de 90 días sin presentar cargos. Trascurrido ese plazo, la mayoría ha sido acusada de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional” sin respetar las garantías más básicas del debido proceso. Muchos han estado incomunicados durante meses, sin visitas familiares o acceso a sus abogados, a pesar de los numerosos recursos presentados por sus abogados ante los tribunales. Las autoridades han impedido a los abogados estar presentes durante las audiencias públicas, asignándoles defensores públicos en su lugar. Durante meses, la mayoría de los abogados no han tenido acceso a documentos judiciales, a pesar de solicitarlos en reiteradas oportunidades.

Muchos críticos han sido sometidos a interrogatorios agotadores en condiciones abusivas de detención, que incluyen aislamiento prolongado y alimentación insuficiente, lo que puede constituir tortura o trato cruel, inhumano o degradante conforme al derecho internacional. Las recientes detenciones se suman a las más de 100 personas percibidas como críticas que permanecen detenidas arbitrariamente en el contexto de la crisis de derechos humanos que atraviesa el país. 

Aplicación de la Carta Democrática Interamericana 

Cinco días después de las elecciones generales de noviembre en Nicaragua, la Asamblea General adoptó una importante resolución en la cual manifestó que las elecciones “no fueron libres, justas ni transparentes y no tienen legitimidad democrática”. En la resolución —aprobada con 25 votos a favor, 7 abstenciones y un solo voto en contra, de Nicaragua— se expresó preocupación con respecto al “continuo deterioro de la situación política y de derechos humanos” en el país. La resolución instruyó al Consejo Permanente a llevar adelante una “evaluación colectiva inmediata de la situación”, según lo establecido en la Carta Democrática Interamericana.

Hasta el momento no se han cumplido los reiterados pedidos de la Asamblea General y del Consejo Permanente para que el gobierno nicaragüense libere incondicionalmente a los detenidos, reestablezca sus derechos democráticos y ponga fin a la detención y el hostigamiento a medios independientes y a la sociedad civil.

Dado que el gobierno de Nicaragua continúa cometiendo abusos, exhortamos a los Estados Miembros de la OEA a redoblar la presión internacional mediante la aplicación de la Carta Democrática Interamericana, específicamente invocando su artículo 21. Una presión internacional contundente y sostenida es fundamental para poner un fin a las graves violaciones de derechos humanos, lograr la liberación de las personas detenidas arbitrariamente, permitir que los nicaragüenses puedan regresar del exilio, poner fin a la censura y restablecer la independencia judicial y los derechos políticos en Nicaragua. 

Le agradecemos de antemano su atención a este importante y urgente asunto.

Aprovecho la ocasión para expresarle a V.E. los sentimientos de mi más alta consideración y estima. 

Dr. José Miguel Vivanco

Human Rights Watch

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