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Senador Julio Menchaca

Presidente de la Comisión de Justicia de la H. Cámara de Senadores

 

De nuestra mayor consideración

Quisiéramos manifestarle nuestra profunda preocupación por el capítulo relativo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que contiene la iniciativa para crear un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Instamos enérgicamente a la Comisión de Justicia del Senado de México a rechazar esta reforma debido a que no se condice con las obligaciones de derechos humanos de México en virtud del artículo 12 (2) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que México ratificó en diciembre de 2007. El proyecto también podría contravenir múltiples sentencias de la Suprema Corte que concluyeron que los sistemas de tutela son inconstitucionales.

En su redacción actual, el proyecto confunde el apoyo para la toma de decisiones, que implica que las personas que desean recibir apoyo para tomar decisiones legales o de otro tipo tengan el derecho y puedan acceder a sistemas que permitan efectivizar este derecho, con la toma de decisiones sustituida, una situación en la cual otra persona tiene la facultad de adoptar decisiones en nombre de la persona a quien se priva de ese derecho.

Concretamente, el artículo 480 del proyecto permite a la persona con discapacidad pedir apoyos para la toma de decisiones, pero también contempla que otros soliciten apoyo para una persona con discapacidad, sin exigir el consentimiento de la persona en cuestión. Entre los legitimados para realizar esa solicitud se incluyen los cónyuges, concubina o concubinario, descendientes, ascendientes,  parientes colaterales dentro del cuarto grado, parientes afines hasta el segundo grado, tutores cautelares, herederos, albaceas y otros. También permite que el DIF (Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia) y el Ministerio Público realicen tal solicitud de apoyos para una persona. 

Sin embargo, el sistema no tiene por objeto asegurar apoyos genuinos para la toma de decisiones, sino que replica el sistema de tutela o toma de decisiones por sustitución.

El artículo 483 del proyecto exige que la persona con discapacidad que solicite apoyos para la toma de decisiones (o respecto de quien otros solicitan tales apoyos) se someta a una evaluación médica, y condiciona la posibilidad de la persona con discapacidad de designar a un apoyo de su elección al grado de autonomía que se considere que tiene. Si el examen médico determina que una persona no está en condiciones de realizar esa elección, se autoriza a que un juez designe al “apoyo”, sin el consentimiento de la persona afectada, si bien indica que se preferirá a alguien que haya elegido la persona. El juez también determina el alcance del apoyo brindado, sin el consentimiento de la persona implicada.

El artículo 483 especifica que el tribunal podrá, como medida de último recurso, determinar que la persona que brinde los apoyos controle todos los bienes de la persona con discapacidad y los administre. El tribunal también podría determinar si la persona con discapacidad necesita apoyo con las responsabilidades parentales. La persona con discapacidad tiene derecho a apelar la designación del apoyo.

Esta modalidad no constituye un verdadero sistema de apoyo para la toma de decisiones, por medio del cual una persona conserva autonomía para decidir por sí misma con los apoyos que le resulten necesarios. En cambio, replica un sistema de decisiones por sustitución, o de tutela, que viola las obligaciones internacionales de derechos humanos de México y contradice lo establecido en las sentencias del tribunal constitucional de México.

Obligaciones internacionales de derechos humanos de México

El artículo 12(2) de la CDPD reconoce en forma expresa el derecho a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, que incluye el derecho a ejercer todos sus derechos y a que la ley reconozca sus decisiones en igualdad de condiciones con los demás y sin discriminación por motivos de discapacidad[1].

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Comité de la CDPD), que vela por la implementación del tratado, ha instado a México a cerciorarse de que las reformas sobre capacidad jurídica que se implementen sean respetuosas de los derechos. En sus observaciones finales de 2014, el Comité recomendó al gobierno mexicano que suspenda cualquier reforma legislativa que implique continuar con un sistema de sustitución de la voluntad y a que tome medidas para adoptar leyes y políticas por las que se reemplace el régimen de sustitución en la adopción de decisiones por el apoyo en la toma de decisiones, que respete la autonomía y la voluntad de la persona, sin importar su nivel de discapacidad.”[2]. También recomendó que, en consulta con organizaciones de personas con discapacidad y otros proveedores de servicios, México “revise toda la legislación federal y estatal para eliminar cualquier restricción de derechos relacionados con el estado de interdicción o con motivo de la discapacidad de la persona. [3]

Según el Comité de la CDPD, a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad, les corresponde el derecho a la capacidad jurídica “simplemente en virtud de su condición de ser
humano”, y las personas no pueden ser despojadas de ese derecho[4]. El ejercicio de la capacidad legal es “la clave para acceder a una participación verdadera en la sociedad” para todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad[5]. Por ejemplo, el Comité de la CDPD ha determinado que la capacidad jurídica “adquiere una importancia especial para las personas con discapacidad cuando
tienen que tomar decisiones fundamentales con respecto a su salud, su educación y su trabajo”, mientras que la negación de la capacidad jurídica ha redundado en numerosas violaciones de estos derechos para las personas con discapacidad[6].

El Comité de la CDPD ha concluido en reiteradas oportunidades que los regímenes normativos que privan a las personas con discapacidad de su capacidad jurídica y designan a otros para que tomen decisiones y ejerzan esos derechos en nombre suyo —como la tutela— violan el artículo 12 de la CDPD y deben ser derogados[7]. El Comité destacó que cuando “la discapacidad de la persona o su aptitud para adoptar decisiones se consideran motivos legítimos para negarle la capacidad jurídica y rebajar su condición como persona ante la ley”, tales disposiciones “[niegan] la capacidad jurídica de... modo discriminatorio” en violación del artículo 12 de la CDPD[8].

La CDPD rechaza la noción de que las personas con discapacidad no puedan actuar por sí mismas y tomar decisiones, y deja en claro que en todo momento deben respetarse la voluntad y las preferencias de la persona[9]. La capacidad mental y la aptitud para tomar decisiones pueden variar en función de factores ambientales y sociales. En su lugar, el artículo 12(3) de la CDPD exige que los Estados brinden el apoyo que las personas con discapacidad necesiten y soliciten, a fin de que puedan ejercer sus derechos, expresar su propia voluntad y preferencias  y tomar por sí mismas decisiones importantes para su vida[10].

El apoyo para la toma de decisiones es un sistema para quienes desean recibir asistencia al tomar decisiones o comunicarlas a terceros. Las medidas relacionadas con el apoyo para el ejercicio de la capacidad legal deberían incluir salvaguardas adecuadas para prevenir abusos[11]. El apoyo para las personas con discapacidad puede adoptar distintas formas, como medidas de accesibilidad y ajustes razonables para comprender información y las consecuencias de los actos jurídicos, instrucciones anticipadas sobre su voluntad y la designación de una o más personas de apoyo que elija la persona en cuestión.

El Comité de la CDPD ha señalado que, en casos excepcionales, cuando no resulta posible determinar la voluntad y las preferencias de la persona, incluso después de que se hayan realizado esfuerzos serios y sostenidos, deberá aplicarse el estándar de la “mejor interpretación posible de la voluntad y las preferencias”, en vez de cualquier determinación sobre el “interés superior”. Esto respeta los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, mientras que el principio del “interés superior” no es una salvaguarda que cumpla con el artículo 12 en relación con los adultos[12].

En consonancia con los argumentos expuestos precedentemente, la Suprema Corte de Justicia de México ha resuelto que los regímenes de tutela contravienen la Constitución mexicana. En la sentencia más reciente, dictada en junio de 2021, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó la inconstitucionalidad de la tutela[13].

El Senado no debería desaprovechar esta oportunidad de reconocer debidamente capacidad jurídica plena a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás personas y el derecho de acceder a apoyos en la toma de decisiones cuando así lo deseen, y plasmarlos en la iniciativa de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. El Senado debe mantener consultas directas con organizaciones que representen a personas con discapacidad. Los procesos para tratar el proyecto deberían cumplir con los estándares mínimos, los principios y las directrices de la obligación internacional del gobierno mexicano de llevar a cabo consultas directas con personas con discapacidad a través de las organizaciones que las representan, conforme se establece en los artículos 4.3 y 33.3 de la CDPD.

La ausencia de un proceso de consulta podría implicar que no se reconozcan derechos fundamentales vigentes en el sistema jurídico de México, particularmente el derecho de las personas con discapacidad a la autonomía y a tomar sus propias decisiones[14].

 

Organizaciones:

 

Nombre  Organización 
   
Javier Carrasco Solís  Instituto de Justicia Procesal Penal
Amalia Gamio  Experta Independiente Internacional
Jonas Ruškus  Expert-member, Vice-chair of the Committee on the Rights of Persons with Disabilities of the United Nations
Tina Minkowitz  Center for the Human Rights of Users and Survivors of Psychiatry
Catalina Torres Cuevas, activista  
Santiago Corcuera Cabezut  (a título personal)
Catalina Pérez Correa profesora
Elena Azaola  
Adalberto Méndez López  Miembro del Consejo Consultivo de CNDH  
Lídice Rincón Gallardo  Presidenta de la Fundación Gilberto Rincón Gallardo, A.C 
Marco Antonio Vargas Solís  Fundación Gilberto Rincón Gallardo, capítulo San Luis Potosí
Disability Rights International   
Silvia Quan  Colectivo Vida Independiente de Guatemala
Maria Teresa Fernández Vázquez  Entropía Social, A.C. 
 Miguel Valdés Villarreal M Laguneros por la paz
Sandra Padilla Zaldo  
Karina Cruz Cruz   
Martín Carlos Sánchez Bocanegra  RED Impulsando la Justicia 
Víctor Lizama Sierra  Sin Colectivo, agrupación plural mexicana de Personas Expertas por Experiencia y activistas en discapacidad psicosocial y Cultura Loca. 
Isabel Alondra Peñaloza Cruz  Escuela de Otoño de Sin Colectivo, A.C 
Irma Teresita Aguilar Camacho   Sin Colectivo A.C
Tania Martínez  
Oscar Sánchez Hernández   Sin Colectivo
Sofia Olvera Galarza  Escuela de Otoño de Sin Colectivo, A.C
Eunice Díaz de la Vega  Sin Colectivo
Cristian Mendoza Vázquez  
Cristian Mendoza Vázquez  Abogado independiente promotor y defensor de los derechos de las Personas con Discapacidad
Guillermo Garcia Naranjo Urzaiz  
Norma Maldonado  Hermanos en la Discapacidad A.C. 
Verónica Rocha   Proyecto Autismo San Roberto, Torreón, Coahuila
Bárbara Anderson   Yo También AC
Flavia Anau  Piña Palmera A.C
Raquel Enríquez  Piña Palmera. A.C
Josefa Patricia Matías  Piña Palmera, A.C, Oaxaca
Fátima Patricia Hernández Alvizo   
Alicia Ramos Núñez  ECQUI A.C. 
Alberto Pastor Escobar  
José Alberto Martínez Rubio  Consejería de Alumnas y Alumnos de la Facultad de Estudios Profesionales Zona Huasteca UASLP
Jesús Puente Martínez  Asociación Potosina del Deporte sobre Sillas de Ruedas A.C
Emilia Griselda Cruz Diaz  Familias y Retos Extraordinarios A.C, Jalisco
Roxana Pacheco Martínez  Fundación para la Inclusión y Desarrollo de Personas con Discapacidad (FINDEDIS, A.C)
María Guadalupe Castro Zaragoza   FINDEDIS, A.C
Martha Beatriz López Vértiz  FINDEDIS A.C
Palmira Martínez Cárdenas  
  Alianza SIMA
Elizabetha Consuegra Ríos  Activista independiente por los derechos humanos de las mujeres con discapacidad psicosocial 
Centro Integral de Rehabilitación Infantil A. C.   
Palmira Bothi García  
Alejandra Ballesteros Castañón Organización de invidentes Unidos de Jalisco A.C. 
Ninfa Raquel Monarres Madrid  Esclerosis Múltiple Jalisco, A.C
Jesus García  Asociación Buscando tu Propio Camino
Taurino Ortega Íñiguez Asociación de Deportistas Sordos del Estado de Jalisco, A.C.
Claudia Marcela Serrano Michel  Un milagro para Romina, A.C
Edith Pérez Rodríguez  Voz y Dignidad por los Nuestros, A.C, San Luis Potosí 
Lilia del Carmen Sandoval Soto  Dar es Amar A.C 
  Un Salto con Destino 
Leticia Bejarano FAO, A.C.
María del Socorro Piña Montiel Movimiento Asociativo Jalisciense pro Personas con Discapacidad, AC.
Ma Guadalupe Mendiola Acosta   
Martha Nelva Camarena Núñez   
  Colectiva Libre Cultura de Paz desde las Mujeres Diversas Cosmovisiones
Juristas Académicas Mexicanas JURAME
Ana Laura González Aguilar  Unidos Guadalajara, A.C
Claudia Navarro Mariscal  Talleres de Formación Independiente, A.C 
Eugenia Zuñiga Pérez Bolde  Hogares de la Caridad A.C 
Jessica Gabriela Rosas González   
María Ivonne Vargas Contreras  JAB Coloreando tu Vida, A.C
Ludivina Calderón Flores   Fibrosis Quística de Occidente, A.C
Pamela Meza  Mírame, A.C
Manuel Padilla Núñez  AMPEV, A.C
Ana Guadalupe Herrera Amaral  Asociación Deportiva, Cultural y Recreativa Silente de Jalisco, A.C
Dr. Jesus Navarro   OMER 
Zaira Guadalupe Vázquez Figueroa   Una Segunda Mirada A.C. 
Maria de Lourdes Ibarra Franquez  Presidenta de Integración Nacional de Mujeres ARALIA-INAMUJ A.C, Nayarit
José de Jesús Gutiérrez Rodríguez   Asociación Mexicana de Psicólogas y Psicólogos
  A Velar Por Ti A.C.
Juana Teresa Huerta Huerta  Fraternidad Cristiana de Personas con Discapacidad de México
Laura González Bon   
Erika Antonia Hernández García  Proyecto de Redes Sociales ONG
Leticia Jacobo Meléndez  FYAPDI, AC.
Adriana Favela Martínez  Centro de Integración Tapalpa, A.C.
Alejandra Valdés Teja   gestora cultural independiente
Valeria Guzmán Díaz  
Kennia Velázquez   
Diana Martínez Jasso  Instituto Iberoamericano de Turismo Inclusivo
Luis Carlos Murguía Curiel  FYAPDI, A.C
Evangelina Orozco Hernández  Asociación de Distrofia Muscular de Occidente AC.
Alejandro Pérez  Presidente de la Asociación Bastón Blanco, Jalisco 
Itandehui Reyes-Díaz  Laboratorio de Investigación Feminista
Melissa Ceja Covarrubias   
Ángela Salazar Acevedo  
Juana Guadalupe Arreola Villafranco  Fundación de Apoyo para la Educación Especial, A.C
Fátima Bautista Hernández  
Graciela Hernández Reynosa  
Orlando Bautista Hernández  
Yael Bautista Hernández  
Estela Evangelista Torres  Catequesis Especial 
Claudia Elizabet Uribe torres  
Cecilia García Gallegos  Amor a la Familia y Ayuda a la Comunidad, AFAC, A.C.
Claudia Elena Vargas Guerrero   
Asociación Hidalguense  Fisioterapia AFHI, A.C
Gerardo Martín Ramírez Villarreal  
Marcela Páramo   
Matías Santiago Alaniz Alvarez  
Juan Medina Sandoval   Rodando con el Corazón, A.C
Gabriel Martínez  Libre Acceso, A.C 
Blanca Ramírez  Libre Acceso, A.C.
Karina Bárcena Anguiano   Libre Acceso, A.C.
Lourdes Bahena   Libre Acceso
Ricardo Emmanuel Ortiz Carreón  Red Nacional de Ciegos, Jalisco
Mayté Juárez  
Patricia Ramírez F.  Experta independiente
Susana Rojas Dávalos  Sociedad de Padres de familia de la Comunidad Down de Guadalajara, AC.
Sergio Arturo Avalos Magaña  Asociación Mexicana del Síndrome de Costello
Paula Ximena Méndez Azuela  A título personal 
Federico Isaza Piedrahita PAIIS Uniandes
María Silvia García Vázquez  Comisión Estatal de Derechos Humanos, SLP
Saúl Fuentes  Coral, Centro Oaxaqueño de Rehabilitación de Audición y Lenguaje, A. C.
Emma Yolanda Escobar Flores  RIECHIAPAS, A.C
Maria Graciela Iglesias  Secretaria Ejecutiva del Órgano de Revisión Nacional Argentino
Pamela Molina  Fundación DECIDE
Asociación  Educación Especial MAS+, Centro escolar y terapéutico, A.C
Asociación CEDUE A.C.
Andrea Parra   Red Latinoamericana Artículo 12
Áine Kelly-Costello   activista con discapacidad
Piers Gooding  Melbourne Law School, University of Melbourne, Australia 
Elizabeth Harrington  BSc MPhil (Cantab) PGR
Fernanda Santana  Associação Brasileira para Ação pelos Direitos das Pessoas Autistas (Abraça)
Erich Kofmel   President Autistic Minority International 
Celeste Fernández  Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Argentina
Guillermo Sánchez   Sin Retorno Agrupación 
Pamela Smith  Sociedad y Discapacidad, directora ejecutiva, Perú
Jorge Adán Flores Franco  Un salto con Destino
Susan L. Hardie  Executive Director, Canadian Centre on Disability Studies Inc. o/a Eviance
Juanita Sierra Carmona  Centro de Orientación Múltiple para Personas con Capacidades Diferentes (COMPECADI, A. C)
Alanna Whitney  Autistic Minority International
APFDC - BE'NIN 200  
Aldo Chavarría Montiel   Don Bosco Sobre Ruedas, A.C
Diane Kingston  Sightsavers, United Kindom
  Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social 
Stig Langvad  
  Zanzibar Association of the Deaf (CHAVIZA)
José Celso Soto Hernández  
Héctor Iván Ruiz Aguirre  
Ron McCallum AO, Emeritus Professor Chair of the CRPD Comittee 2011-2012
Mary E Crock, University of Sydney  
Theresia Degener, LL.M. Chair of the CRPD Comittee 2016-2018
Sandra Marques  Mecanismo Nacional de Monitorização da implenetação da CDPD
Kenia Berenincee Rooque Velazquez /  Esterreo Lluvia
Amalia J. Peláez Álvarez Organización de Rehabilitación e Inclusión Laboral
Alma Lorena Leyva Luna  Centro Especializado en Múltiple Discapacidad y Sordoceguera, A.C
Imed Eddine Chaker ATDPH
Itzel Romero Rosales  
Mario Alberto Reyes Ocádiz  
José Luis Torres Chacón   
Amalia Méndez   
María Guadalupe Quijano Orvañanos Residencia Hogar José Barroso Chávez, IAP
Patricia Román   
María Carolina Martínez Romo   
Ernesto Rosas Barrientos  Institución CONFE A Favor de la Persona con Discapacidad Intelectual, Institución De Asistencia Privada
Rebeca Alcira Zavala Martinez  CONFE 
Alma Delia Alvarez Amieva  CONFE
Mónica Zampella  CONFE
Diego Espinal Baeza CONFE
Karina Colín  CONFE
Erika Aydee González Valencia CONFE 
Elizabeth Hernández Ruiz   CONFE
Javier Quijano  CONFE
Omar Atl Ramos Reyes  
Lilia Patricia González Montes de Oca  
Aarón Ernesto Flores Velasco  A título personal
Regina Velasco Margain  Comunidad Educativa Incluyente IAP
Alma Angélica Rodriguez López  Escuela de Otoño de Sin Colectivo, A.C
Irma Lizette Michel Reynoso  Casa Down de Mazatlán, IAP
Jorge Bernardo Trujillo García  
Alma Adriana Carmona Enríquez  
Laura Gabriela Monroy Carmona   
  Instituto Nacional para la Atención de la Salud Mental
Juan Eduardo Reyes Retana   Presidente de Proyecto Camina, A. C.
Fernanda Estenoz Carrasco  Terapia de Lenguaje, Apoyo para el Aprendizaje y la Inclusión
Guadalupe Villanueva  
Leticia Hernández   
Hyung Shik Kim  
Mónica Perrusquía Rivera  APAC Querétaro, I.A.P.
Camerina Robles Cuéllar  Discapacitados Visuales, I.A.P
José Luis Galeana Beltrán  Vida Independiente México, SLP, A.C
Carlos Daigoro Fonce Segura  
José Artemio Rovelo Garrido  
Gina Contreras  
Tania Karasik  
Sylvia Rochín  T- ac-ZORA consultoría en DEI 
Maria del Rosario Méndez Galván  Centro de Atención para Niños con Daño Cerebral M.NP.
Julio Cesar López Pinto  Fundación Mexicana de Integración Social, I.A.P.
Ruth Calcáneo Hernández   Instituto Mexicano de Oftalmología I.A.P
Raquel Jelinek  Servicios de Educación Especial, CISEE, A.C.
Dalia Berenice Fuentes Pérez  Dhesarrolla, A.C.
Brenda Moreno Sarmiento  Mentes con Alas, A.C
Mohammed Tarawneh  CEO Global Village
Raquel Carrillo Palomera   Megavisión, IAP /
Federico Núñez Perea   RENAPRED
Guadalupe Gonzalez Ramos  El Arca de México, I.A.P
Araceli Bravo Orduña  Directora de El Arca en Querétaro, I.A.P
Ivonne Rodríguez  El Arca
Emmanuel Córdoba  El Arca 
Martha Alba Meneses García  El Arca en Querétaro, I.A.P 
Alberto Alarcon Morales  
Márgara Bravo  Fundación Owen, I.A.P
Rubén Martínez Pérez  
Julia María Ortega Morín  Fundación Estancia Sagrado Corazón de Jesús, I.A.P
Al Vallejo  Estas Tijeras Cortan
Juventino Jiménez Martínez  Punto Seis AC. 
Martha Harfush Meléndez   
Maria Elena Cabello Torres  CreeSer, Comunidad Terapéutica
Alejandro Gallardo Lopez   Movimiento Nacional por la Inclusión y Democracia de y para Personas con discapacidad 
Lourdes Sarvide Álvarez Icaza   FHADI. IAP
Enrique Grapa  Inclúyeme
Mario Alberto Moreno López   
Ysabel Araceli López Cardoso  
María Magdalena Vázquez Mina   Gigi´s Playhouse México I.A.P.  
Mariana Conde Mena   Familias T21, AC. Familias Extraordinarias
Casa María Goretti, I.A.P  
Aarón Chóng Hernández  
María G. Salmón Roiz  Fundación Inclusión 360 
Marcos José García Rodríguez  INPer
Juan Luis Macías Trápala  
Pamela Aguilar   Pavarur, A.C 
Marco Antonio Cortés Fernández  Humanartec, Inclúyete
Quetzalli Cortés Rocha   Humanartec, Inclúyete
  RED de Discapacidad del Estado de Querétaro
  Centro de Apoyo y Calidad de Vida CALI A.C.
Eva Esquivel Baqueiro   
María Dolores Bernal Vega   Grupo Pertenecía 
Martha Vargas Lopez  Instituto Pedagógico de Leon A.C.
Carmen Yessenia García  Fundación Juárez Integra A.C. 
Delia María Henry Rodríguez   WMF Foundation, A.C
Mariana García Guzmán  Unidos Somos Iguales, Ciudad de México, I.A.P
Nahomy Herrera   
Alma Estela Perera Poot  Ramon Vargas
Josefina Hernández Fernández   
Francisco Ramón Graciano Maldonado  
Adriana Larrea  Taller del Arca
Dulce María Caballero Encalada  Presidente de la Asociación Yucateca de Padres de Familia Prodeficiente Mental, A.C.
Ernesto José Velasco León  Comunidad Educativa Incluyente, I.A.P
Eva Regina Uitzil Yam   
Chehaly Torres  
Verónica Montes de Oca Zavala UNAM
Alicia Chong Hernandez    
Teresa Sánchez Calderón  
Alejandro Figueroa Cuevas   Adelante Niño Down, A.C
José Frías Franco  Parejura S.C.
Rosaurora Espinosa  Integrante de la Red Nacional de Promotoras y Asesoras Rurales
Lili Buj  
Magdalena Villagordoa Mesa   
Miguel Ángel Pulido Ramírez  
Cecilia Campos Peraza CEDIDOWN
Alejandra Zamorano  CEDIDOWN
Montserrat Coral   CEDIDOWN
Verónica Rubio   Fundación Josefa Vergara y Hernández, I.A.P.
Maria Guadalupe Larios García Residencia Hogar José Barroso Chávez, I.A.P
María Ofelia Lazcano Núñez  Centro de Desarrollo Humano D.I. Zazil. A.C 
Carlos Hernández  
Irma Iglesias Zuazola   Down 21, Chile
Guillermo Ramírez Rentería   
Juan Carlos Martín Coronado  
Raúl Montoya Santamaría  Colectivo Chuhcan A.C
Laura Gonzalez   El Arca, Querétaro  
Yolanda Velázquez Rivera  El Arca, Querétaro
Laura Elena Flores Olague   Presidenta de Integración Zacatecas, A.C.
Margarita Martínez Espinosa  Frente Nacional para las Madres Solteras 
Adriana Curiel  Fundación Madre Rita Scarafile
Nohemí Márquez López   Enlace Animal, A.C
Carla Ingrid Del Olmo Macedo  
Yamily Burgos   
Patricia Andrade Bambarén   Sociedad Peruana de Síndrome Down  
Azucena Hernández Ramírez  
Gabriela Rocío Gómez Ríos  
Nashyeli Lozano Merino  
Libertad Hernández Santiago Dis-capacidad.com
Human Rights Watch  

 

 

[1]  CDPD, art. 12(2).

[2] Comité de la CDPD, Observaciones finales sobre México, (2014) párr. 24.

[3] Comité de la CDPD, Observaciones finales sobre México, (2014) párr. 24.

[4] Comité de la CDPD, Observación General N.º 1, Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Doc. de la ONU CRPD/C/GC/1 (2014), párr. 18, párr. 14.

[5] Comité de la CDPD, Observación General N.º 1, Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Doc. de la ONU CRPD/C/GC/1 (2014), párr. 13.

[6] Comité de la CDPD, Observación General N.º 1, Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Doc. de la ONU CRPD/C/GC/1 (2014), párr. 8.

[7] Comité de la CDPD, Observación General N.º 1, Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Doc. de la ONU CRPD/C/GC/1 (2014), párr. 7.

[8] Comité de la CDPD, Observación General Nº. 1, Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley, Doc. de la ONU CRPD/C/GC/1 (2014), párr. 15,

[10] CDPD, art. 12(3).

[11] CDPD, art. 12(4)

[12] Comité de la CDPD, Observación General Nº. 1, párr. 21.

[13] Amparo Directo 4/2021.

[14] Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, art 5, fracción V.

 

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