Un manifestante es detenido por la Guardia Nacional durante una manifestación contra el gobierno en Caracas el 27 de julio de 2017.

Arremetida contra opositores

Brutalidad, tortura y persecución política en Venezuela

Un manifestante es detenido por la Guardia Nacional durante una manifestación contra el gobierno en Caracas el 27 de julio de 2017.  © 2017 Ronaldo Schemidt/AFP/Getty Images

 

Resumen

En abril de 2017, decenas de miles de personas salieron a las calles en Venezuela en repudio al intento del Tribunal Supremo de Justicia, controlado por el gobierno, de usurpar los poderes de la Asamblea Nacional. Las manifestaciones se multiplicaron rápidamente por todo el país y siguieron durante meses, alimentadas por el descontento generalizado con las prácticas autoritarias del Presidente Nicolás Maduro y la crisis humanitaria que ha devastado al país durante su mandato.

El gobierno respondió con actos generalizados de violencia y brutalidad contra manifestantes críticos del gobierno y personas detenidas, y ha negado a los detenidos sus derechos al debido proceso. Aunque no fue la primera arremetida contra opositores durante la presidencia de Maduro, la magnitud y la gravedad de la represión en 2017 alcanzó niveles inéditos en la historia reciente de Venezuela.

Miembros de las fuerzas de seguridad y pandillas armadas partidarias del gobierno (llamadas “colectivos” en Venezuela) atacaron a manifestantes en las calles, empleando fuerza extrema y en ocasiones letal, provocando decenas de muertes y cientos de heridos. Las autoridades detuvieron a miles de manifestantes y transeúntes, muchos de los cuales fueron luego procesados por tribunales militares.

La represión se ha extendido más allá de las protestas, y agentes de inteligencia del gobierno se han llevado a personas de sus viviendas o las han detenido en la vía pública, incluso mientras no se estaban produciendo manifestaciones.

Una vez detenidos, agentes del gobierno han sometido a los opositores a abusos que incluyeron desde golpizas violentas hasta torturas con descargas eléctricas, asfixia y otras tácticas.

El presente informe conjunto, preparado por Human Rights Watch y el Foro Penal sobre la base de un trabajo de investigación en el país, documenta 88 casos que afectan al menos a 314 personas que fueron víctimas de graves violaciones de derechos humanos entre abril y septiembre de 2017. Estos abusos fueron cometidos por miembros de distintas fuerzas de seguridad y por “colectivos”, en Caracas y en 13 estados: Anzoátegui, Aragua, Carabobo, Barinas, Bolívar, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Sucre, Táchira, Vargas y Zulia.

Aunque, a la fecha, Human Rights Watch y el Foro Penal no han podido determinar la magnitud total de las violaciones de derechos humanos perpetradas durante la represión, nuestras investigaciones demuestran que los abusos no constituyeron casos aislados, ni fueron el resultado de excesos por parte de miembros insubordinados de las fuerzas de seguridad. Por el contrario, el hecho que estos abusos generalizados hayan sido cometidos reiteradamente por miembros de distintas fuerzas de seguridad y en múltiples lugares en 13 estados y la capital (incluso en entornos controlados como instalaciones militares y otras instituciones estatales), durante el período de seis meses cubierto por este informe, avala la conclusión de que los abusos han formado parte de una práctica sistemática de las fuerzas de seguridad venezolanas.

Nuestras conclusiones coinciden ampliamente con las del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), que en agosto de 2017 informó sobre la “existencia de una política destinada a reprimir el disenso político e infundir temor en la población a fin de frenar las manifestaciones” en Venezuela. El ACNUDH manifestó en su informe que identificó “un uso generalizado y sistemático de fuerza excesiva y detenciones arbitrarias contra los manifestantes”, así como “un esquema de otras violaciones de derechos humanos, que abarcan violentos allanamientos de viviendas, torturas y malos tratos a los detenidos en relación con las protestas”.

A pesar de las evidencias abrumadoras de violaciones de derechos humanos, no conseguimos prueba alguna de que altas autoridades en puestos clave —incluidos aquellos que sabían o han debido saber sobre los abusos— hayan adoptado medidas para prevenir o sancionarlos. Por el contrario, a menudo han restado gravedad a los abusos o han negado indiscriminadamente, y con absoluta inverosimilitud, lo sucedido. Estos altos funcionarios son responsables por los abusos graves y extendidos que se han cometido bajo su mando.

El gobierno ha insistido en culpar a los manifestantes por la violencia. Efectivamente, hubo señalamientos creíbles de actos de violencia cometidos por algunos manifestantes, y los gobiernos no sólo tienen el derecho, sino también la obligación, de llevar ante la justicia a los responsables de esa violencia. No obstante, es improbable que un opositor acusado de algún delito reciba un juicio justo actualmente en Venezuela, debido a la ausencia absoluta de independencia judicial en el país.

Los abusos violentos que se exponen en este informe no fueron perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad que estaban siendo atacados o amenazados con violencia. Este documento describe torturas y otros actos de violencia brutal contra personas que se encontraban bajo custodia y control de las fuerzas de seguridad, así como actos de violencia desproporcionada y abusos deliberados contra personas durante protestas, en las calles o incluso en sus propias viviendas.

Durante 2017, distintos gobiernos democráticos de la región y de otros continentes han denunciado la represión de las expresiones y las protestas pacíficas en Venezuela. Es urgente que redoblen la presión multilateral sobre el gobierno venezolano para asegurar que este libere a quienes fueron detenidos arbitrariamente, desista de los cargos en casos en los cuales los detenidos fueron procesados por motivos políticos y actúe para que los responsables de violaciones de derechos humanos respondan por sus actos. Si el gobierno venezolano no demuestra tener la capacidad o la voluntad de hacerlo, deberían exigir que se haga justicia en el extranjero.

Torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes contra detenidos

En 53 casos que afectaron al menos a 232 personas que se documentaron en este informe, los detenidos fueron sometidos a abusos físicos y psicológicos, con el aparente propósito de castigarlos u obligarlos a incriminarse o comprometer a otras personas. La mayoría de estos abusos ocurrieron en bases de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) o en sedes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN). En algunos de estos casos, los abusos claramente constituyeron torturas.

Entre los abusos sufridos por personas detenidas se incluyen:

  • Descargas eléctricas;
  • Golpizas brutales;
  • Ser colgadas en posiciones incómodas y forzadas;
  • Privación del sueño;
  • Asfixia; y
  • Abuso sexual, que en algunos casos incluyó violación.

En otros casos, miembros de las fuerzas de seguridad han cometido abusos como detonar cartuchos de gases lacrimógenos en espacios cerrados donde había personas detenidas, mantener a grupos de detenidos por períodos prolongados en celdas de confinamiento minúsculas, y negarles acceso a alimentos o agua u obligarlos a comer pastas crudas mezcladas con excrementos u otros alimentos contaminados deliberadamente con cenizas de cigarrillos o insectos.

Agentes de seguridad han negado o no han brindado acceso a tratamiento médico a algunos detenidos que tenían problemas médicos preexistentes o sufrieron graves lesiones durante su arresto y posterior detención, como haber recibido disparos de perdigones desde muy corta distancia.

En este informe se describen en detalle siete casos de personas detenidas que fueron torturadas. Estos casos muestran el límite al que agentes de seguridad han tenido la posibilidad y la voluntad de llegar para castigar o intimidar a detenidos. El informe también incluye decenas de otros casos en los cuales se sometió a las víctimas a tratos crueles, degradantes e inhumanos mientras estuvieron detenidas, incluyendo algunos que podrían alcanzar el grado de tortura.

Detenciones y juicios arbitrarios

Desde principios de abril, más de 5.400 personas han sido detenidas en Venezuela en el contexto de manifestaciones multitudinarias contra el gobierno, según datos del Foro Penal.

Aunque entre los detenidos hubo manifestantes, transeúntes y personas que filmaban las manifestaciones —como había sucedido durante la represión de las protestas en 2014—, este año hubo un aumento en la cantidad de detenciones realizadas por agentes de inteligencia o de seguridad en incidentes sin ninguna relación con las protestas. En estos casos, los detenidos eran opositores políticos, incluidos activistas menos conocidos, o personas a quienes el gobierno les atribuía nexos con la oposición política. En algunos de estas detenciones por motivos políticos, los detenidos fueron sacados de sus viviendas o arrestados horas o días después de que ocurrieron manifestaciones, en incidentes que no tuvieron relación alguna con protestas.

En la mayoría de los casos de arrestos documentados por Human Rights Watch y el Foro Penal, los agentes que llevaron a cabo las detenciones pertenecían a la GNB, el SEBIN, la Policía Nacional Bolivariana (PNB) o fuerzas de policías estatales. A menudo, no se informó a los detenidos sobre los motivos de su arresto, y a veces ni siquiera se les dijo qué autoridad estaba realizando la detención. En algunos casos, las detenciones fueron llevadas a cabo por miembros de pandillas armadas partidarias del gobierno llamadas “colectivos”, que luego entregaron a los detenidos a las fuerzas de seguridad.

En varios casos, los detenidos afirmaron que fueron trasladados en vehículos y aparcados en distintos sitios durante horas —una práctica que en Venezuela se conoce como “ruletear”— en vez de ser llevados directamente a un centro de detención o ante un juez. Durante ese lapso, habitualmente los miembros de las fuerzas de seguridad hostigaban y amenazaban a los detenidos, y a veces los introducían en tanquetas dentro de las cuales detonaban cartuchos de gas lacrimógeno, les frotaban polvo lacrimógeno en el rostro o les propinaban violentas golpizas. A veces, durante las detenciones, los agentes de seguridad y miembros de “colectivos” robaban a estas personas sus artículos personales, como dinero o teléfonos celulares.

Muchos detenidos fueron liberados sin ser llevados ante un juez, pero miles de otros fueron objeto de procesos penales arbitrarios sin las garantías más básicas al debido proceso. Además de quienes permanecen detenidos, el Foro Penal tiene registro de 3.900 personas que permanecen sujetas a procesos penales arbitrarios y a medidas provisionales que limitan de diferentes formas su libertad. Al menos 757 civiles fueron procesados en tribunales militares, en contravención a lo estipulado por el derecho internacional. Otros fueron llevados ante la justicia penal ordinaria para ser procesados sobre la base de pruebas que, según sostuvieron, les fueron sembradas para incriminarlos, y tampoco se les permitió el acceso adecuado a abogados o familiares. Decenas siguieron encarcelados por períodos de hasta varios meses, a pesar de que se había dictado una orden judicial que disponía su liberación incondicional o bajo fianza.

Uso excesivo de la fuerza en las calles

Durante el período analizado en este informe, las fuerzas de seguridad venezolanas —incluida la GNB, la PNB y fuerzas de policías estatales— recurrieron sistemáticamente a la fuerza excesiva para dispersar manifestaciones contra el gobierno, a menudo en situaciones en las cuales el uso de la fuerza no parecía estar justificado en absoluto. En ocasiones, los “colectivos” actuaron conjuntamente con las fuerzas de seguridad venezolanas para reprimir manifestaciones.

Las fuerzas de seguridad han empleado armas menos letales —como cañones de agua, gases lacrimógenos y perdigones— de formas que parecían tener el fin deliberado de causar lesiones dolorosas. En otros incidentes, miembros de las fuerzas de seguridad utilizaron casquillos de balas de goma modificados que, en cambio, llevaban dentro canicas (metras), vidrios rotos o tuercas metálicas.

Esto ha tenido como resultado decenas de personas muertas y cientos de heridos, algunos de gravedad. Según el ACNUDH, de las 124 muertes registradas por el Ministerio Público que ocurrieron en el contexto de manifestaciones contra el gobierno hasta el 31 de julio de 2017, miembros de las fuerzas de seguridad habrían sido responsables en al menos 46 casos, mientras que 27 muertes serían atribuibles a ‘colectivos’ y 51 no habían sido esclarecidas. Las últimas cifras publicadas por el Ministerio Público indican que, para fines de julio, estaba investigando casi 2.000 casos de personas heridas durante las protestas. En más de la mitad de esos casos, el Ministerio Público estaba investigando presuntas violaciones de derechos fundamentales.

En muchos casos, los manifestantes o personas que las autoridades creían que estaban implicadas en protestas fueron sometidos por miembros de las fuerzas de seguridad o “colectivos” a niveles y formas de violencia que constituyen trato cruel, inhumano o degradante.

El gobierno venezolano afirma que 10 miembros de las fuerzas de seguridad murieron en el contexto de manifestaciones, e informó sobre varios episodios de violencia contra simpatizantes del gobierno, incluidos dos casos en los cuales las víctimas habrían presuntamente sido quemadas y uno en el cual se habría linchado a un militar retirado. Durante enfrentamientos con las fuerzas de seguridad, algunos manifestantes utilizaron piedras, cócteles Molotov, fuegos artificiales modificados y utilizados como explosivos, morteros y otros explosivos de fabricación casera.

Todos los delitos —incluidos aquellos cometidos contra miembros de las fuerzas de seguridad, manifestantes y transeúntes— deben ser investigados rigurosamente, y aquellos contra quienes haya señalamientos creíbles de que cometieron delitos deberían ser juzgados por tribunales que no estén sometidos al control político del poder ejecutivo y se encuentren en condiciones de asegurar las garantías básicas al debido proceso.

Falta de rendición de cuentas y responsabilidad de altos funcionarios

Desde que en el 2004 el ex Presidente Hugo Chávez y sus aliados en la Asamblea Nacional de entonces tomaron el control político del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, el poder judicial ha dejado de actuar como rama independiente del Estado, como freno ante los abusos de poder por parte del ejecutivo y como garante de derechos fundamentales.

La Fiscal General Luisa Ortega Díaz, anteriormente leal al gobierno, empezó a distanciarse abiertamente de este a comienzos de 2017. Desde ese momento, y hasta que la Asamblea Nacional Constituyente oficialista la destituyó y la reemplazó con un partidario del gobierno en agosto, repudió abiertamente los abusos gubernamentales, incluso aquellos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad, y difundió información oficial basada en investigaciones realizadas por el Ministerio Público, incluyendo datos sobre las muertes y graves lesiones ocurridas en el contexto de manifestaciones.

A principios de agosto, el Ministerio de Comunicación indicó que Ortega Díaz había imputado a 54 miembros de las fuerzas de seguridad por su responsabilidad en 17 muertes[1]. En octubre, una representante del gobierno indicó que funcionarios públicos que fueron responsables de “malas prácticas” en 16 “casos aislados” habían sido puestos a disposición de la justicia, sin especificar cuáles eran los casos. La representante afirmó que en 16 casos presumían que había responsabilidad de agentes de seguridad del Estado, que había 25 funcionarios acusados y que 14 civiles habían sido acusados en otros casos. También manifestó que el 78 % de los casos todavía estaban siendo investigados[2].

En octubre, Human Rights Watch y el Foro Penal solicitaron al gobierno venezolano información actualizada sobre el estado de todas las investigaciones que estuvieran en curso, pero al momento de publicación de este documento no habían recibido una respuesta.

Salvo la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, que, al parecer, habría sido destituida por criticar abiertamente al gobierno, las altas autoridades no parecen haber adoptado medidas adecuadas para poner fin a los abusos o establecer responsabilidades penales, ni tampoco apoyaron públicamente los esfuerzos de Ortega Díaz para investigar abusos.

El gobierno venezolano tiene la obligación, conforme al derecho internacional, de prevenir violaciones graves de derechos humanos y de asegurar que sean investigadas y se haga justicia cuando estas violaciones sean cometidas. Los funcionarios gubernamentales que incurran en actos de tortura y otras violaciones graves, o que omitan prevenir, investigar y sancionar dichos actos pueden y deben responder por sus actos. Venezuela es Estado Parte en la Corte Penal Internacional (CPI). La CPI tiene jurisdicción para juzgar delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidios, incluyendo cuando se cometen en el territorio de los Estados Partes.

Algunos de los altos funcionarios en puestos clave a cargo de fuerzas de seguridad implicadas en abusos generalizados, que no han adoptado medidas adecuadas para prevenir, investigar o sancionar violaciones de derechos humanos cometidas por sus subordinados, son los siguientes[3]:

  • El Presidente Nicolás Maduro, quien es comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, incluidas la Guardia Nacional Bolivariana y la Dirección General de Contrainteligencia Militar;
  • El Mayor General José Benavides Torres, comandante general de la Guardia Nacional Bolivariana;
  • El General en Jefe Vladimir Padrino López, ministro del Poder Popular para la Defensa y Comandante Estratégico Operacional de las Fuerzas Armadas;
  • El Mayor General Néstor Reverol, ministro de Interior y Justicia;
  • El General Carlos Alfredo Pérez Ampueda, director de la Policía Nacional Bolivariana;
  • El Mayor General Gustavo González López, director del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional; y
  • El General Edgar Rojas Borges, Fiscal General Militar.

Esta lista no es exhaustiva y no excluye a otros funcionarios que podrían ser responsables directos de violaciones de derechos humanos documentadas en este informe, incluidos aquellos que las cometieron u otras personas que no tomaron medidas para impedirlas o sancionarlas.

Tras años de silencio, algunos actores internacionales clave han empezado a pronunciarse y a criticar abiertamente los abusos cometidos por el gobierno venezolano.

En 2016, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) Luis Almagro, invocando la Carta Democrática Interamericana, preparó una serie de informes exhaustivos sobre la crisis en Venezuela y convocó varias sesiones para debatir sobre el cumplimiento por el país de las disposiciones de la carta. En abril de 2017, citando la carta, 19 de los 35 Estados Miembros de la OEA manifestaron por primera vez “profunda preocupación por la alteración inconstitucional del orden democrático” en Venezuela[4]. En varias reuniones posteriores, los ministros de Relaciones Exteriores de la región analizaron y criticaron abiertamente la situación de los derechos humanos en Venezuela.

En agosto, el “Grupo de Lima” —una coalición integrada por 11 gobiernos latinoamericanos y Canadá que sigue de cerca la situación en Venezuela— condenó la ruptura del orden democrático y la violación sistemática de los derechos humanos en Venezuela. Han realizado reuniones periódicas para evaluar la situación en el país y emitieron varias declaraciones desde entonces. Canadá y Estados Unidos han aplicado sanciones específicas dirigidas a funcionarios venezolanos clave, incluido el Presidente Nicolás Maduro. La Unión Europea impuso un embargo de armas contra Venezuela y sanciones específicas dirigidas a funcionarios venezolanos, incluyendo el congelamiento de sus bienes y la cancelación de visas.

En septiembre, Venezuela fue además uno de los temas prioritarios en la agenda del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. El ACNUDH presentó un informe sobre Venezuela, y muchos otros países manifestaron estar profundamente preocupados por la crisis humanitaria y de derechos humanos en ese país. En noviembre, miembros del Consejo de Seguridad de la ONU organizaron una sesión especial para debatir sobre la crisis venezolana.

 

Recomendaciones

Para asegurar que los responsables rindan cuentas por sus actos y disuadir que vuelvan a cometerse el tipo de violaciones de derechos humanos documentadas en este informe, es crucial que se redoble la presión internacional sobre el gobierno venezolano. Concretamente:

El Grupo de Lima, la Unión Europea y otros Estados Miembros de la ONU deberían:

  • Ejercer presión sobre el gobierno de Maduro para que libere a todas las personas que han sido detenidas arbitrariamente, y desista de los cargos por motivaciones políticas presentados contra personas que fueron procesadas arbitrariamente; y
  • Si aún no lo han hecho, aplicar sanciones específicas dirigidas contra funcionarios venezolanos implicados en graves violaciones de derechos humanos, incluyendo el congelamiento de sus bienes y negarles el ingreso a sus territorios.

Los Estados Partes en la Convención contra la Tortura deberían:

  • En la medida que lo permita el derecho interno, ejercer la jurisdicción penal sobre cualquier autoridad venezolana responsable de torturas, conforme al artículo 5 de la Convención contra la Tortura.

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU debería:

  • Pedir que el ACNUDH siga haciendo un seguimiento a fondo de la situación en Venezuela e informe periódicamente al Consejo;
  • Actuar en respuesta al pedido del ACNUDH de que se realice una investigación internacional sobre violaciones de derechos humanos en Venezuela, que debería llevarse a cabo buscando contribuir a futuros procesos penales ante tribunales competentes; y
  • Pedir que la investigación encargada por el ACNUDH o el Consejo de Derechos Humanos formule recomendaciones concretas para restablecer la independencia judicial en el país.

 

 

 

Metodología

El presente informe es una publicación conjunta de Human Rights Watch y el Foro Penal. Se elaboró a partir de entrevistas realizadas por investigadores de Human Rights Watch a más de 120 personas sobre 88 casos, incluidas 86 presuntas víctimas de violaciones de derechos humanos o sus familiares. También se entrevistó a 12 abogados particulares afiliados al Foro Penal que asistieron pro-bono a personas detenidas (además, un abogado adicional proporcionó información por escrito), al menos 16 profesionales médicos que atendieron a personas heridas en manifestaciones o en las proximidades, cuatro periodistas que presenciaron el ataque a la sede de la Asamblea Nacional y nueve defensores de derechos humanos. El Foro Penal contactó a abogados particulares que colaboran ad honórem con la organización y ayudaron a recabar la información presentada en este informe. El equipo del Foro Penal revisó y realizó aportes al informe antes de su publicación.

Human Rights Watch llevó a cabo trabajo de campo en Venezuela en agosto de 2017, que incluyó visitas a Caracas y los estados de Aragua, Carabobo, Lara, Mérida y Táchira. Otras entrevistas se efectuaron en forma telefónica, por correo electrónico, Skype o mensajes de texto antes y después de la visita a Venezuela. Los investigadores también entrevistaron a otras víctimas o abogados en los estados de Anzoátegui, Barinas, Bolívar, Miranda, Monagas, Sucre, Vargas y Zulia. Una entrevista se llevó a cabo en Bogotá.

En Venezuela, los investigadores realizaron entrevistas con el apoyo de las siguientes organizaciones de derechos humanos locales: Promedehum en el estado Mérida, Funpaz en el estado Lara y Espacio Público en Caracas.

Todas las personas entrevistadas fueron informadas del objetivo de la entrevista, su carácter voluntario y las formas en que sería utilizada la información. Se advirtió a los entrevistados que podían negarse a responder preguntas o concluir la entrevista en cualquier momento. Todos brindaron su consentimiento verbal para la entrevista. Ninguno de los entrevistados recibió retribución económica alguna a cambio de su testimonio.

A fin de resguardar la seguridad de algunas víctimas y familiares que dieron su testimonio, hemos usado seudónimos para referirnos a ellos en este informe o hemos evitado deliberadamente dar precisiones sobre la fecha o el lugar donde se produjeron los abusos. Para todos esos casos, Human Rights Watch y el Foro Penal cuentan en sus registros con toda la documentación e información pertinente.

En la mayoría de los países donde Human Rights Watch desarrolla su trabajo, la práctica habitual consiste en intentar concertar reuniones con autoridades para dialogar y solicitar información y comentarios con respecto a los temas que está analizando. Esta ha sido también nuestra práctica en Venezuela. Entre 2002 y 2007, representantes de Human Rights Watch se reunieron con el Presidente Hugo Chávez, altos funcionarios de su gobierno, magistrados del Tribunal Supremo, el titular del Ministerio Público, miembros de la Asamblea Nacional y numerosos funcionarios en diversos organismos gubernamentales.

No obstante, en la investigación llevada a cabo para este informe, Human Rights Watch optó deliberadamente por no entablar contacto con autoridades ni llamar la atención pública sobre nuestra presencia en el país. Esta decisión se adoptó por temor a las posibles consecuencias para víctimas, defensores de derechos humanos y otras personas entrevistadas, el riesgo que podría implicar para nuestra posibilidad de efectuar la investigación y la seguridad de nuestro equipo. También tomamos en cuenta que, en 2008, el gobierno venezolano detuvo y expulsó del país a representantes de Human Rights Watch, y declaró que nuestra presencia en el país no sería “tolerada”.

En octubre de 2017, enviamos cartas a las autoridades venezolanas con un resumen de nuestras conclusiones, y pedimos que el gobierno nos transmitiera su perspectiva e información detallada sobre el estado de las investigaciones de abusos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad, e investigaciones de incidentes de violencia presuntamente cometidos por manifestantes contra el gobierno o por simpatizantes de la oposición. Las cartas se enviaron al ministro de Relaciones Exteriores Jorge Arreaza, al ministro de Defensa Vladimir Padrino López y al ministro de Interior y Justicia Néstor Reverol. Se incluye como anexo a este informe una copia de la carta enviada a Arreaza, la cual es idéntica a las otras dos. Al momento de la redacción del presente informe, no habíamos recibido una respuesta.

Para presentar la perspectiva oficial, este informe utiliza datos oficiales del Ministerio Público que habían sido compilados hasta el 31 de julio de 2017. Examinamos estadísticas, informes y comunicados de prensa preparados por el Ministerio Público sobre presuntos incidentes violentos y violaciones de derechos humanos relacionados con las protestas de 2017. También analizamos declaraciones hechas por el Presidente Maduro y varios de sus ministros, el titular del Ministerio Público y otros altos funcionarios de instituciones como la Policía Nacional Bolivariana, la Guardia Nacional Bolivariana, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional y miembros de la Asamblea Nacional Constituyente. Realizamos además un análisis minucioso de noticias en medios de comunicación oficiales, mensajes de Twitter publicados por funcionarios públicos y otras fuentes oficiales para evaluar la posición del gobierno con respecto a incidentes específicos mencionados en este informe. Por último, analizamos atentamente la evaluación realizada por el propio gobierno sobre el desempeño general de sus fuerzas de seguridad en el contexto de las protestas.

Casos

Este informe se preparó a partir de información que reunimos y analizamos sobre 88 incidentes, que aquí se mencionan como “casos”, en los cuales las personas indicaron haber sido víctimas de violaciones de derechos humanos como uso excesivo de la fuerza en las calles, detenciones o juicios arbitrarios, o abusos mientras estuvieron detenidas. Muchas dijeron haber sufrido estos abusos junto con otras personas, y fueron testigos directos de abusos sufridos por terceros. Entre estos abusos se incluyen los cometidos durante arrestos y en establecimientos de detención, así como violaciones de las garantías al debido proceso antes o durante audiencias judiciales. Los 88 casos documentados en este informe involucran a un total de al menos 314 víctimas.

Además de estos casos, documentamos seis instancias de allanamientos u otras operaciones contra edificios residenciales en Caracas y cuatro estados, en las cuales los residentes afirman que varias decenas más fueron víctimas de uso excesivo de la fuerza o detenciones arbitrarias por miembros de las fuerzas de seguridad y “colectivos”.

En la gran mayoría de esos casos, los hechos que se describen en este informe se extrajeron de testimonios brindados directamente a los investigadores por las víctimas, o por testigos o familiares en aquellos casos en que las víctimas siguen detenidas o fallecieron.

En 30 de los casos, también examinamos evidencias adicionales —como fotografías, grabaciones de video, informes médicos, sentencias judiciales o testimonios de testigos— que corroboraron las versiones que nos transmitieron. En tres de esos casos, observamos de primera mano y fotografiamos lesiones que las víctimas relataron habían sido causadas por miembros de las fuerzas de seguridad. En la justicia penal militar venezolana, el acceso a los expedientes judiciales es prácticamente imposible, y en la justicia penal ordinaria es sumamente difícil conseguir copias de esos documentos.

Este informe evalúa la credibilidad de víctimas y testigos a partir de un análisis minucioso de evidencias confirmatorias, cuando están disponibles, así como de si los relatos detallados proporcionados por la víctima, sus familiares, testigos o abogados son congruentes, tanto internamente como con patrones y prácticas documentadas en otros casos. No incluimos en el informe casos en los cuales identificamos incongruencias o señalamientos implausibles o no corroborados.

Se puede consultar una lista y una breve descripción de los 88 casos que documentamos en el anexo al final del informe. No todos estos casos se incluyeron en el cuerpo del informe, y los que sí fueron incluidos no se describieron con el mismo grado de detalle.

 

Antecedentes

Las manifestaciones

A comienzos de 2014, el gobierno venezolano respondió a las manifestaciones multitudinarias contra el gobierno con un uso brutal de la fuerza. A lo largo de varias semanas, miembros de las fuerzas de seguridad usaron fuerza excesiva contra manifestantes que no estaban armados y contra transeúntes. Integrantes de las fuerzas gubernamentales también toleraron que pandillas armadas partidarias del gobierno atacaran impunemente a manifestantes, o a veces incluso colaboraron de manera directa con estas. En muchos casos, las personas detenidas permanecieron incomunicadas en bases militares por 48 horas o por períodos mayores antes de ser llevadas ante un juez, y algunas sufrieron abusos que incluyeron golpizas violentas, descargas eléctricas o quemaduras, y ser obligadas a mantenerse en cuclillas o arrodilladas, sin moverse, por varias horas[5].

En la gran mayoría de los casos, nadie ha sido llevado ante la justicia por estos abusos, ni por otros abusos esporádicos cometidos contra manifestantes y opositores en los años posteriores[6].

El 29 de marzo de 2017, el Tribunal Supremo venezolano, que está sometido al control político del gobierno, clausuró la Asamblea Nacional, la única institución estatal que seguía siendo independiente del control del poder ejecutivo, al disponer que asumiría todas las facultades legislativas para sí o que designaría a otra institución a la cual delegárselas[7]. Dos días antes, el tribunal había resuelto que una declaración de la legislatura en apoyo a la Organización de los Estados Americanos (OEA) podría constituir traición a la patria, y advirtió que los legisladores responsables no gozarían de inmunidad parlamentaria[8].

Estos pronunciamientos generaron amplio repudio a nivel nacional e internacional. En una reacción inesperada, la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, que hasta entonces había sido una leal defensora del régimen, cuestionó públicamente las decisiones del Tribunal Supremo, las cuales calificó como una “ruptura del orden constitucional”[9].

Ante esta reacción, el Presidente Maduro dio instrucciones al Tribunal Supremo de que reconsiderara sus pronunciamientos. El Tribunal cumplió sin demora, y revirtió parcialmente estas controvertidas decisiones[10].

Sin embargo, las sentencias del Tribunal Supremo motivaron a muchos venezolanos más a salir a las calles exigiendo el pleno restablecimiento de los poderes de la Asamblea Nacional, de mayoría opositora. Los manifestantes también reclamaron al gobierno que celebrara elecciones libres y justas, liberara a los presos políticos, restableciera la independencia judicial y abordara la crisis humanitaria que enfrentan los venezolanos[11].

La afluencia a las manifestaciones contra el gobierno fue multitudinaria, y rápidamente las protestas se propagaron por todo el país, casi a diario. El gobierno respondió a esto con una ola represiva que incluyó abusos generalizados, como los que se detallan en este informe. A pesar de las evidencias abrumadoras de violaciones de derechos humanos, no hay indicios de que funcionarios públicos en puestos clave —incluidos aquellos que sabían o debían haber sabido sobre los abusos— hayan adoptado medidas para prevenir y sancionar abusos. Por el contrario, a menudo han restado gravedad a los abusos o han negado indiscriminadamente, y con total inverosimilitud, lo sucedido.[12] En un episodio aislado, en junio, el Ministro de Defensa Vladimir Padrino López reconoció por primera vez que miembros de la Guardia Nacional Bolivariana habían cometido abusos.[13]

El 1 de mayo, el Presidente Nicolás Maduro anunció que su gobierno convocaría a elecciones para conformar una Asamblea Nacional Constituyente que redactara una nueva constitución. (El anuncio ocurrió luego de meses de posponer las elecciones para gobernadores, que estaban previstas para el 2016 según la Constitución). El decreto ejecutivo que creó el nuevo órgano le otorgó amplios poderes, incluida la conducción de la “reorganización del Estado, que recupere el principio constitucional de cooperación entre los poderes públicos” (en vez de proteger la separación de poderes) y la posibilidad de “ampliación de las competencias del Sistema de Justicia para erradicar la impunidad” de delitos, incluidos los “delitos contra la Patria”, el “terrorismo” y la “injerencia extranjera” para proteger a Venezuela del “intervencionismo extranjero”[14]. El Tribunal Supremo luego ratificó la propuesta de Maduro, validó las normas establecidas para elegir a los miembros oficialistas de la Asamblea Nacional Constituyente y rechazó los recursos contra el proceso presentados por la Fiscal General Ortega Díaz[15].

Pese a la amplia oposición en Venezuela y las críticas desde el extranjero, el gobierno llevó a cabo la elección de los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente el 30 de julio. La empresa contratada por el gobierno para monitorear la elección concluyó posteriormente que las cifras difundidas sobre el nivel de participación habían sido alteradas y estimó que la participación real a las urnas probablemente había sido de un millón de personas menos que la informada oficialmente[16]. Las primeras medidas de la Asamblea Nacional Constituyente fueron destituir a la Fiscal General Ortega Díaz, designar en su lugar a Tarek William Saab, una figura leal al gobierno que se había desempeñado antes como Defensor del Pueblo, y usurpar los poderes de la Asamblea Nacional[17].

Las fuerzas de seguridad venezolanas

Entre las fuerzas de seguridad que se mencionan en el presente informe se incluyen las siguientes:

Guardia Nacional Bolivariana (GNB)

La Guardia Nacional Bolivariana (GNB) forma parte de la Fuerza Armada Nacional, junto con el Ejército, la Armada, la Aviación y la Milicia. Mientras que el Ejército, la Armada y la Aviación se ocupan principalmente de realizar operaciones militares para asegurar la defensa nacional, la responsabilidad primordial de la GNB es “la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país”[18]. (La GNB también coopera con otras unidades de las Fuerzas Armadas en la defensa nacional). El 20 de junio de 2017, el Presidente Maduro —que es comandante en jefe de las Fuerzas Armadas—pidió que se incorporaran 20.000 nuevos miembros a la GNB[19].

Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM)

La Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) es la agencia de contrainteligencia militar. Su misión es conducir, coordinar y ejecutar todas las actividades tendientes al descubrimiento, prevención y reporte de la “actividad enemiga”, además de contribuir a la seguridad de las Fuerzas Armadas y del Presidente[20]. Actúa asimismo como órgano auxiliar en investigaciones para los sistemas de justicia penal ordinaria y militar[21].

Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (CONAS)

El Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (CONAS) fue creado por el Ministerio de Defensa en 2013 como una fuerza militar de élite especializada en investigaciones policiales para combatir los delitos de extorsión y secuestro[22]. En 2015, el Ministro de Defensa Vladimir Padrino señaló que el CONAS actúa como unidad de intervención rápida que se “ha explanado mucho más allá de esos dos fenómenos delictivos [de extorsión y secuestro]”, e incluye “actividades antisubversivas”[23].

Policía Nacional Bolivariana (PNB)

En 2008, el gobierno de Venezuela creó la Policía Nacional Bolivariana (PNB). La PNB empezó a funcionar en 2009[24], y en 2017 contaba con 26.248 agentes[25]. El 20 de junio de 2017, el Presidente Maduro pidió que se sumaran 20.000 nuevos agentes a la PNB[26].

Policía estatal y municipal

Aunque la Constitución venezolana dispone que los operativos de seguridad pública serán realizados por una fuerza de policía nacional, los estados y municipios han participado, en ocasiones, en operativos en varios casos documentados en este informe. Por ejemplo, el informe incluye casos donde miembros de la policía del estado Lara, que se denomina “Poli-Lara”, o de la policía de los estados Monagas y Mérida, han participado[27].

Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC)

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) se ocupa de impulsar investigaciones forenses en apoyo a la labor que desarrollan los fiscales en la investigación de delitos[28]. Los miembros del CICPC dependen del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, que a su vez depende del presidente[29].

Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN)

En 2010, el entonces Presidente Hugo Chávez creó el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) en reemplazo de la Dirección Nacional de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP). Desde 2012, el SEBIN depende de la vicepresidencia de Venezuela[30]. Entre sus principales responsabilidades se incluyen “asesorar al Ejecutivo Nacional en la formulación de las políticas en materia de seguridad”, “planificar y ejecutar actividades, a fin de contribuir a la estabilidad y seguridad de la Nación” y “realizar actividades como órgano auxiliar de investigación en las materias de su competencia”[31].

Los “colectivos”

En Venezuela, el término “colectivos” se usó durante mucho tiempo para designar a una amplia variedad de organizaciones sociales que apoyaban y, en algunos casos, ayudaban a implementar políticas públicas del gobierno. Muchos de estos grupos no participan en comportamientos violentos[32].

Sin embargo, desde la represión de las protestas en 2014, el término “colectivos” se ha utilizado en general para describir a pandillas armadas partidarias del gobierno que han atacado a manifestantes, transeúntes o personas que creían eran opositores del gobierno, a menudo a plena vista de miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas. En casos que hemos documentado desde entonces, las fuerzas de seguridad han colaborado con estos grupos, que en ocasiones han detenido a personas para luego entregarlas a estas fuerzas. Este informe utiliza ambos términos “pandillas armadas partidarias del gobierno” y “colectivos” para hacer referencia a grupos que realizan ataques violentos o detenciones aparentemente motivados por su lealtad al gobierno.

El sistema de justicia penal venezolano

Conforme al derecho venezolano, una persona podrá ser detenida como consecuencia de una orden judicial o, excepcionalmente, si es descubierta mientras comete un delito[33]. La Constitución venezolana establece que toda persona detenida tiene derecho a comunicarse inmediatamente con familiares, un abogado u otra persona de su confianza. Estas personas tienen derecho a que se les informe dónde se encuentra la persona detenida, se les notifiquen inmediatamente los motivos de la detención y a que se incluya en el expediente del caso un registro escrito sobre la integridad personal del detenido[34].

El detenido deberá ser llevado ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a la detención, en lo que se denomina la “audiencia de presentación”[35]. Durante esta audiencia, un representante del Ministerio Público imputa provisionalmente al detenido por delitos que este podría haber cometido, y el juez debe revisar la legalidad de la detención y aceptar o rechazar la imputación. Si el juez acepta la imputación, el Ministerio Público debe iniciar una investigación para determinar si procederá a acusar formalmente al detenido, lo cual deberá ocurrir dentro de un plazo de 45 días si la persona está detenida[36]o de ocho meses si la persona fue puesta en libertad tras la primera audiencia[37]. Si no se acusa al detenido en los 45 días siguientes, deberá ser puesto en libertad[38].

Si el Ministerio Público procede a la acusación, la persona acusada de cometer un delito debe ser llevada ante un juez en lo que se denomina la “audiencia preliminar”, en la cual el Ministerio Público y la defensa deben presentar pruebas y argumentos preliminares[39]. El juez decide a continuación si archivar el caso hasta que haya nuevos elementos de prueba para reabrir la investigación, desestimarlo o llevarlo a juicio[40].

Si el juez decide llevar la causa a juicio, la persona acusada de delinquir debe ser liberada bajo fianza o en forma condicional o, excepcionalmente, enviada a prisión preventiva. Para ser liberado bajo fianza en Venezuela no se requiere consignar una cantidad de dinero. El derecho venezolano permite que la justicia libere a personas que van a ser procesadas penalmente si presentan un fiador, quien deberá demostrar que percibe un determinado ingreso mensual mínimo y tendrá que asegurar al juez que el detenido comparecerá ante el tribunal durante el proceso[41]. Los detenidos también podrán ser puestos en libertad a condición de que cumplan otros requisitos, como presentarse periódicamente ante los tribunales. En algunos casos documentados en este informe, los detenidos fueron puestos en libertad con la condición de que no hablaran públicamente sobre sus casos ante los medios o de otra forma.

El derecho venezolano prevé procedimientos penales similares para los juicios en la justicia militar. Sin embargo, el derecho internacional establece que los civiles no deberían ser procesados en tribunales militares. La Constitución venezolana, en su artículo 261, limita la competencia de los tribunales militares a delitos de naturaleza militar[42]. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado por Venezuela en 1978, garantiza el derecho de toda persona a ser oída en forma oportuna por un tribunal competente, independiente e imparcial[43]. En 2015, el Comité de Derechos Humanos, el órgano especializado que interpreta el PIDCP, instó al gobierno venezolano a “adoptar las medidas legislativas o de otra índole necesarias para prohibir que los civiles puedan ser juzgados por la jurisdicción penal militar”[44]. También en este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dispuesto que los tribunales militares no deberían juzgar a civiles[45].

 

Detenciones arbitrarias y abusos físicos contra detenidos

Desde comienzos de abril, miembros de diferentes fuerzas de seguridad han detenido a más de 5.400 personas en el contexto de manifestaciones masivas contra el gobierno en Venezuela[46]. Si bien es posible que algunos detenidos hayan participado en actos de violencia, la gran mayoría eran manifestantes no violentos, transeúntes, personas que filmaban las manifestaciones, opositores al gobierno y algunas personas que fueron sacadas de sus casas porque el gobierno sostenía que tenían nexos con la oposición política. Algunas personas fueron detenidas por policías horas o días después de las manifestaciones.

En muchos casos documentados por Human Rights Watch y el Foro Penal en los cuales las personas fueron sacadas de sus casas o detenidas en la calle en incidentes que no guardaban relación alguna con las protestas, los agentes que las detuvieron no mostraron órdenes de allanamiento ni de arresto. A menudo, no se les informó a los detenidos los motivos de su detención, ni cuál organismo la estaba llevando a cabo.

En varios casos, los detenidos afirmaron que fueron conducidos en vehículos durante horas —una práctica que en Venezuela se conoce como “ruletear”— en vez de ser llevados directamente a un centro de detención o ante un juez. Durante estos “ruleteos”, miembros de las fuerzas de seguridad habitualmente hostigaron y amenazaron a los detenidos, en ocasiones sometiéndolos a abusos violentos dentro de los vehículos. En ocasiones, durante las detenciones, los agentes de seguridad y miembros de “colectivos” robaban a estas personas sus artículos personales, como dinero o teléfonos celulares.

Cientos de detenidos fueron liberados sin ser llevados ante un juez, pero otros miles fueron objeto de procesos penales sin las garantías más básicas al debido proceso. Además de quienes permanecen detenidos, el Foro Penal tiene registro de 3.900 personas que permanecen sujetas a procesos penales arbitrarios y a medidas provisionales que limitan de diferentes formas su libertad. Al menos 757 civiles fueron procesados en tribunales militares, mientras que otros han sido llevados ante la justicia penal ordinaria —sin acceso adecuado a abogados o familiares— y procesados, a menudo, sobre la base de pruebas sembradas para incriminarlos. Decenas siguieron encarcelados por períodos de hasta varios meses, a pesar de que, en algunos casos, se había dictado una orden judicial que disponía su liberación incondicional o bajo fianza, y se había presentado la documentación exigida para ser liberados.

Los detenidos han sido recluidos en cárceles de máxima seguridad, prisiones militares o en sedes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN).

En 53 casos que afectan al menos a 233 personas que se documentan para este informe, las víctimas fueron sometidas a abusos físicos y psíquicos mientras estaban detenidas, con el presunto fin de castigarlas u obligarlas a incriminarse o comprometer a otras personas.

Algunos de los abusos sufridos por detenidos incluyen golpizas violentas, descargas eléctricas, exposición a gas lacrimógeno en ambientes cerrados, abuso sexual y ser hacinados en celdas minúsculas de castigo llamadas “Tigritos”[47]. A algunos detenidos se les negó el acceso a alimentos o agua, mientras que a otros se les dio, y en ocasiones se los obligó a ingerir, alimentos contaminados con excrementos o cenizas de cigarrillos. Algunos detenidos que habían sufrido abusos graves durante su arresto y posterior detención no tuvieron acceso a tratamiento médico mientras estuvieron bajo custodia de las autoridades. Muchos fueron insultados con epítetos políticos, acusados de ser “guarimberos” —un término peyorativo utilizado por partidarios del gobierno para describir a quienes participan en manifestaciones de la oposición—o se les obligó a incriminar a líderes opositores.

Casos de tortura a detenidos

En los siete casos siguientes, se infligieron abusos que constituyeron tortura, conforme a la definición de esta práctica en el derecho internacional. Estos casos ilustran hasta dónde están dispuestas a llegar las fuerzas de seguridad venezolanas para castigar a detenidos por sus vínculos reales o presuntos con la oposición política, o para obligarlos a incriminarse o comprometer a otras personas, incluidos líderes de la oposición política.

Venezuela es parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la cual prohíbe esos abusos[48].

Ernesto Martin (Caracas)

La descripción que se presenta a continuación se basa en entrevistas con Ernesto Martin (seudónimo) y su esposa, a menos que se indique lo contrario en las notas al pie[49]. Algunos detalles fueron reservados para preservar su anonimato.

En abril, un grupo de hombres vestidos de civil se presentaron en la vivienda de Martin y se identificaron como miembros de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). Los agentes le dijeron a Martin que tenían una orden para llevárselo a efectos de interrogarlo. Antes de llevárselo, permitieron que Martin le avisara a su madre que había sido detenido, y que le enviara a su esposa un mensaje por Facebook informándole que se lo llevaban para interrogarlo.

Los agentes subieron a Martin a una camioneta y lo trasladaron hasta Caracas, donde fue entregado a dos agentes de la DGCIM y llevado a una sala de 2 x 2 metros de superficie, iluminada con luz intensa, en una sede de la DGCIM. Esposaron a Martin por la espalda y le vendaron los ojos. Lo dejaron allí hasta la madrugada, cuando lo llevaron a otra sala en el mismo edificio donde un hombre que vestía uniforme de capitán de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) le preguntó si sabía por qué estaba allí, y le indicó que era por un “delito muy grave” y por “meterse con” el gobierno. El oficial se refería a una declaración pública efectuada por Martin el día anterior, en la cual había criticado al régimen.

El capitán de la GNB acusó a Martin de terrorista y de tener vínculos con la oposición, y le dijo: “recibes dólares de la oposición y tú nos va a decir quién te da esos dólares”. Cuando Martin afirmó que no recibía ningún dinero, el capitán contestó que sabía que Martin recibía fondos de “Capriles y Leopoldo” (dos importantes líderes de la oposición), le propinó una bofetada y dio instrucciones a un joven agente de la DGCIM de que “le [diera] el 440 al revés”, refiriéndose al voltaje de las descargas eléctricas que estaban por aplicarle a Martin. El joven agente llevó a Martin a un espacio cerrado grande, donde hacía frío y el piso estaba mojado, y lo obligó a desvestirse.

Una vez que Martin estuvo desnudo, el joven agente y dos de sus colegas le esposaron los tobillos y las muñecas juntos por delante y sujetaron las esposas a una cadena que colgaba del techo. Elevaron a Martin a algunos centímetros del suelo y comenzaron a arrojarle agua. Martin contó haber escuchado que alguien decía que debían mojarlo bien para que no se quemara. Los agentes tocaron a Martin con la punta de un palo metálico largo. La descarga eléctrica provocó a Martin un doloroso espasmo en todo el cuerpo. Un hombre, que Martin cree que era el capitán de la GNB, le preguntó quiénes le habían dado los dólares y cuando Martin contestó que no tenía dólares, el joven agente dijo: “A ti te salió el 440 pero te vamos a dar el 220, como eres una niñita”.

Durante aproximadamente 15 minutos los agentes alternaron preguntas a Martin y descargas eléctricas, de a cinco segundos por vez, mientras lo empapaban con agua. La primera vez, contó Martin, le aplicaron el palo justo debajo de los glúteos, y esto hizo que se orinara. Luego lo dejaron colgando durante cerca de una hora.

Una vez que lo bajaron y le permitieron vestirse, fue llevado a una sala donde el joven agente le apuntó con un arma en la cabeza y le dijo que, si no hablaba, nunca sería liberado. Los agentes dejaron a Martin en esa sala durante tres días, y sólo ingresaban para llevarle la comida tres veces por día, y dos veces al día para llevarlo al baño. Los alimentos que le dieron tenían insectos o cenizas de cigarrillos, o habían escupido u orinado sobre ellos, según contó.

Al cuarto día, los oficiales permitieron que Martin llamara a su esposa, Beatriz Pérez (seudónimo). Durante esa primera llamada, su esposa le dijo que tuviera “fuerza y fe”, una frase que Lilian Tintori, esposa del líder opositor encarcelado Leopoldo López, utiliza en público al referirse a la detención de su esposo y a la lucha de la oposición en las calles. Después de la llamada, Martin fue llevado de vuelta a la misma sala y sometido a la misma tortura con descargas eléctricas durante 10 minutos en total, pero esta vez le preguntaron sobre su relación con López y Tintori. Cuando Martin fue llevado nuevamente a una oficina para ser interrogado, el joven agente que lo había torturado y otros dos, incluido un hombre que Martin cree era un funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), lo entrevistaron, lo golpearon y lo llamaron “escuálido idiota”, y le dijeron que debía respetar al gobierno. “Escuálido” es un insulto que suelen usar en Venezuela los partidarios del gobierno para referirse a los simpatizantes de la oposición.

Martin pasó luego tres semanas en una oficina compartida por varios funcionarios de la DGCIM: la primera semana, sentado en una silla de madera, de la cual se le advirtió que no podía moverse, salvo para ir al baño. Más tarde, lo trasladaron a una celda con inodoro y ducha, donde no recibió malos tratos. Para ese entonces, había estado fuera de su casa durante casi un mes.

Después de que los agentes de la DGCIM detuvieron a Martin, su esposa acudió a todos los lugares donde creía que podía estar retenido, incluidas instalaciones militares y dependencias de los servicios de inteligencia, el CICPC y la Policía Nacional Bolivariana (PNB). En todos lados, los funcionarios le dijeron que no habían detenido a nadie ese día y que Martin no estaba allí, según afirmó. Sólo supo su paradero cuando Martin la llamó días más tarde. Después de esa primera llamada, se permitió que Martin llamara a su esposa casi todos los días, pero nunca mencionó los abusos por temor a que se tomaran represalias contra él o su familia. No se permitió que ningún familiar o abogado viera a Martin durante toda su detención.

En junio, un coronel de la GNB citó a Martin para que se presentara en su oficina, donde un funcionario le anunció que no podría hablar de política en sus redes sociales y que debía olvidarse de lo sucedido.

Los agentes luego llevaron por primera vez a Martin a un tribunal, donde la DGCIM le pidió que firmara un documento judicial que indicaba que había estado detenido por un día, en vez de varias semanas. Fue liberado con la condición de que se presentara ante la justicia cada 15 días.

A mediados de octubre, Martin huyó de Venezuela.

Orlando Moreno (estado Monagas)

La descripción de los hechos a continuación se elaboró sobre la base de una entrevista con Orlando Moreno y un resumen escrito de su caso proporcionado por su abogado, a menos que se indique lo contrario en las notas al pie[50].

El 27 de junio, agentes de la policía del estado de Monagas intentaron detener a Moreno, un estudiante de 26 años y representante del partido opositor Vente Venezuela en el estado Monagas, cuando subía a un automóvil después de una manifestación contra el gobierno en Maturín. Moreno logró alejarse en otro vehículo, pero fue interceptado por un automóvil sin placas y sin matrícula, del cual descendieron dos hombres armados que no se identificaron y lo obligaron a bajar. Minutos más tarde, llegaron agentes uniformados de la policía del estado y Moreno fue entregado a ellos por los dos hombres no identificados.

Mientras los agentes llevaban a Moreno al Comando Desur —la sede local de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB)— agentes de la policía del estado le propinaron puñetazos en la cabeza y la espalda. En la dependencia, un hombre que se identificó como teniente de la GNB le preguntó a Moreno si tenía información sobre dónde podían encontrar a líderes de la oposición —incluida María Corina Machado, dirigente del partido político al cual pertenece Moreno— y le dijo que los líderes opositores no podrían liberarlo. El teniente llevó a Moreno a una oficina, donde este contó que había cerca de 10 agentes que habían llegado en tres camionetas sin rotulación policial y que, según cree Moreno, pertenecían al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN). Uno de los agentes le dijo: “Te vas a quedar aquí como Yoel Bellorín”. Bellorín, un profesor universitario afiliado al partido político Movimiento Progresista de Venezuela, fue detenido en abril de 2017 y habría sufrido abusos físicos. Aún se encontraba detenido al momento de la redacción de este informe[51].

Uno de los agentes le advirtió a Moreno “tú no vas a salir de este pedo” e intentó obligarlo a decir en cámara que Machado y otros dos líderes opositores del estado de Monagas le habían dado fondos e instrucciones para llevar adelante protestas violentas. Moreno se negó a hacerlo.

Esa noche, funcionarios de la GNB lo trasladaron a una cárcel en La Pica, estado Monagas, donde pasó la noche en el piso de un corredor con las manos esposadas por delante.

Inmediatamente después de eso, el funcionario responsable de la cárcel lo llevó afuera, a la parte trasera del establecimiento, y lo esposó a un tanque de agua elevado, a una altura desde la cual Moreno apenas podía tocar el suelo con la punta de los dedos de los pies. Pasó el día entero —cerca de nueve horas— en esa posición, por momentos bajo un intenso sol, sin acceso a alimentos, agua, ni a un baño. Mientras colgaba allí, varios agentes pasaron, lo identificaron como el que se había negado a hacer una confesión en video, lo llamaron “guarimbero” y le dieron golpes en el rostro o patadas en las costillas. Un agente de la GNB estuvo parado a su lado todo el día y no actuó para evitar los abusos.

A las 5:30 p.m., varios agentes bajaron a Moreno y lo esposaron a una ventana. Si bien no estaba colgando, no podía sentarse ni recostarse. Pasó varias horas de pie.

Al día siguiente, miembros de la GNB siguieron golpeándolo. Uno de ellos dijo: “Vamos a ver cómo tiene la cabeza un guarimbero”, y lo golpeó en la cabeza con la mano en la que llevaba un anillo macizo.

El 30 de junio, Moreno fue llevado ante un juez, que lo acusó de “instigación al odio” y de posesión de explosivos, y lo dejó en libertad con la condición de que se presentara ante el tribunal cada 15 días. Su abogado dijo que la única prueba contra él eran envases con gasolina que las fuerzas de seguridad encontraron cerca del lugar donde fue detenido, pero no había pruebas de que fueran suyos ni de que él tuviera algo que ver con ellos[52]. Al momento de la redacción de este documento, no se había fijado fecha para la audiencia preliminar de Moreno.

Armando López Carrera, Javier Mendoza, Antonio Alonzo Rivera y Andrés Salamanca (estado Carabobo)

La descripción del caso a continuación se elaboró sobre la base de entrevistas con Armando López Carrera (seudónimo), Antonio Alonzo Rivera (seudónimo) y Andrés Salamanca (seudónimo), a menos que se indique lo contrario en las notas al pie[53].

El 20 de julio, varios policías detuvieron y golpearon a cuatro adolescentes —Salamanca, de 17 años; Javier Mendoza, de 17 años; Alonzo Rivera, de 16 años; y López Carrera, de 17 años (quien tiene doble ciudadanía: estadounidense y venezolana)— en manifestaciones en diversas partes de Valencia, estado Carabobo. En ese proceso, le dispararon a Salamanca con perdigones mientras estaba tendido en el suelo. Al día siguiente, los cuatro adolescentes fueron llevados ante un tribunal de menores. Si bien el Ministerio Público no concluyó que las pruebas contra ellos justificaran una acusación penal, el juez imputó a Carrera, Rivera, Mendoza y Salamanca de instigación a la desobediencia pública y lesiones, y les concedió la libertad bajo fianza. Sin embargo, tardaron más de una semana en liberarlos[54].

Los cuatro adolescentes fueron llevados al Comando Desur, la dependencia local de la GNB en Ciudad Chávez. En ese momento, Salamanca fue separado de los demás.

Salamanca dijo a Human Rights Watch que pasó ocho días en el Comando Desur, durante los cuales los agentes de la GNB se negaron a darle medicamentos o alcohol para limpiar las heridas sufridas, que rápidamente se infectaron, argumentando que no podían ayudarlo porque no eran médicos. El tribunal había ordenado que le dieran atención médica durante su audiencia de presentación. No le permitieron ir al baño ni ducharse, por lo cual tuvo que orinar y defecar en la celda, contó Salamanca.

Carrera, Mendoza y Rivera fueron trasladados por agentes al día siguiente, el 22 de julio, de Ciudad Chávez al Centro de Internamiento Dr. Alberto Ravell. Carrera y Rivera contaron a Human Rights Watch que, al llegar al centro, fueron obligados por guardias penitenciarios a mantenerse en cuclillas y a caminar en esa posición cerca de 100 metros, mientras les propinaban golpes con palos. Los guardias luego les cortaron el cabello y les dijeron que tenían que comérselo. Sin darles alimentos, obligaron a los tres detenidos a cumplir al menos dos horas de entrenamiento militar al sol. Los guardias los obligaron a inclinarse de modo que tuvieran que mantenerse apoyados sobre pies y cabeza, sin usar las manos, y a mantener esa postura por cerca de cinco minutos, a modo de castigo. Cuando Salamanca fue trasladado a Ravell unos días más tarde, los agentes lo obligaron a sufrir el mismo trato.

Los cuatro adolescentes fueron retenidos respectivamente durante dos a ocho días más en la celda de castigo “Tigrito”, que medía 1 x 3 metros, sin luz ni ventilación, y donde había allí hacinados otros 26 detenidos, incluidos presos condenados. Solo les daban 5 litros de agua por día para todos los detenidos. La mayoría de los detenidos pasaban el día entero de pie. Una vez al día, se les permitía ducharse durante algunos segundos e ir al baño. Carrera contó a Human Rights Watch que hacía muchísimo calor y que el hedor era intolerable. Según dijo, las condiciones eran tan malas que algunos detenidos les pedían a otros que los golpearan fuertemente en el pecho para desmayarse y que los guardias tuvieran que sacarlos. Carrera se desmayó varias veces como consecuencia del hacinamiento.

Todos fueron liberados en diferentes fechas a principios de agosto.

Reny Elías (estado Zulia)

La descripción del caso a continuación se basa en una entrevista mantenida con Reny Elías, a menos que se indique lo contrario en las notas al pie[55].

El 20 de julio, la Mesa de la Unidad Democrática, una coalición de partidos de oposición, organizó un paro nacional en protesta contra la elección que se llevaría a cabo el 30 de julio para elegir a los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente. Mientras transcurría el paro en el estado Zulia, Elías, un empleado de 35 años de la Secretaría de Salud de la gobernación de Zulia, permaneció en su casa. Elías contó que también trabajaba como estilista, y que estaba atendiendo a clientas de ese rubro en su vivienda el 30 de julio.

Cerca de las 5:30 p.m., cuando abrió la puerta a una clienta que se retiraba, un grupo de miembros uniformados de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) fuertemente armados ingresó en forma abrupta sin exhibir una orden judicial. Los agentes lo golpearon con sus escudos y cascos, lo arrastraron por la calle tomándolo del cabello y lo subieron a un vehículo oficial.

Llevaron a Elías a un edificio que pertenece a la empresa de electricidad Corpoelec, de propiedad estatal. Le quitaron sus artículos personales, que nunca le fueron devueltos, y lo subieron a un vehículo de la GNB. Un agente golpeó a Elías en la pierna con su casco, lo cual hizo que Elías cayera al suelo del vehículo, y continuaron dándole golpes mientras yacía en el piso.

Los agentes obligaron a Elías a recostarse en el suelo con cerca de otras 20 personas, y alrededor de 15 agentes de la PNB pisotearon repetidas veces sus espaldas con sus botas. Por cerca de dos horas, los agentes les propinaron golpes con sus fusiles, y les arrojaron polvo de gas lacrimógeno y agua en el rostro. Los agentes advirtieron a los detenidos que no debían mirarlos, y que, si lo hacían, les darían una violenta golpiza. Todo el tiempo insultaban a los detenidos, llamándolos “malditos guarimberos”, profiriendo amenazas de muerte y diciéndoles: “¡Diles a los opositores que los vengan a sacar de aquí!”

Durante la detención del grupo en Corpoelec, Elías vio que agentes manoseaban las piernas y los senos de dos detenidas, una de ellas de 16 años. Un agente tomó la mano de una de las mujeres y la puso en su entrepierna, diciéndole a su novio, que también estaba detenido: “Mira, tu novia me está tocando el pene”. Varios agentes se llevaron a la mujer a otra sala por alrededor de 20 minutos y, si bien volvió visiblemente traumatizada, no contó qué le habían hecho. Dejaron ir a la niña de 16 años, después de amenazarla con volver a detenerla si contaba lo ocurrido. (Otro detenido, al declarar en su audiencia de presentación, corroboró el relato de Elías sobre el abuso sexual que ocurrió ese día e informó que otro agente había ofrecido a otra mujer dejarla en libertad si tenía relaciones sexuales con él)[56].

Continuando su relato del 20 de julio, Elías dijo a Human Rights Watch que también presenció cuando los agentes eligieron a un joven, le bajaron los pantalones frente a los demás detenidos, le aplicaron polvo de gas lacrimógeno y agua en el ano y luego lo penetraron con un palo de escoba. El hombre “gritó horrible”, dijo Elías.

Más tarde, los agentes subieron a los detenidos a la parte trasera de una camioneta del gobierno, donde los obligaron a arrodillase con las manos por la espalda y la cabeza hacia abajo. Los agentes golpeaban con sus cascos a cualquiera que levantara la vista o intentara cambiar de posición.

Los agentes los llevaron hasta el Comando Regional 3 de la GNB y los pusieron en lo que los agentes llamaban “la carpa para guarimberos”. Algunos agentes de la GNB intentaron ayudar a los detenidos dándoles agua o lápiz y papel para que enviaran notas a sus familias, que para entonces estaban esperando afuera.

Una semana más tarde, se permitió que los 20 detenidos recibieran la visita de sus abogados, antes de ser llevados a un tribunal militar[57]. Durante la audiencia, un fiscal militar acusó grupalmente a todos de delitos como rebelión, “ataque al centinela” y menosprecio a las Fuerzas Armadas, y les atribuyó responsabilidad por incidentes violentos ocurridos el día de la huelga. El fiscal no aportó pruebas concretas respecto de ninguno de los detenidos.

Una abogada que estuvo presente en la audiencia dijo que Elías y otros detenidos informaron al juez sobre los abusos que habían sufrido a manos de agentes de la GNB. Dos detenidos contaron que habían sido golpeados con una guaya y otros dos dijeron que agentes les habían quemado el cabello, lo cual causó quemaduras en la espalda a uno de ellos. Un informe médico consultado por la abogada confirmó evidencia de violación sexual, en el caso del detenido que informó haber sido penetrado con el palo de escoba.

El juez dispuso el arresto domiciliario del detenido que afirmó haber sido violado con un palo de escoba y envió a los otros 19 detenidos de regreso a la sede de la GNB. Esta vez, los agentes los pusieron en una celda, en vez de la “carpa para guarimberos”. Un oficial de alto rango de la PNB les informó que era un castigo por haberle contado al juez sobre los abusos. Compartían con alrededor de 30 personas una habitación hacinada sin ventilación ni agua. Comían sólo los alimentos que les llevaban sus familias, y solo aquellos que los agentes de la GNB no se comían antes.

Una semana más tarde, Elías fue trasladado a una cárcel, donde lo asignaron al pabellón de mujeres después de informarle al director de la cárcel que era homosexual. El director de la cárcel le dijo a Elías que lo ayudaría porque “él era un compañero”, insinuando que sólo lo estaba tratando bien porque Elías trabajaba para un gobernador chavista. En la cárcel, Elías vio a su familia por primera vez.

Durante toda su detención, Elías no recibió tratamiento médico, a pesar de tener fuertes dolores en las costillas a causa de las golpizas recibidas. Algunos agentes trataron de ayudarlo, pero no tenían los medicamentos ni los insumos médicos necesarios para brindar una atención adecuada.

El 15 de septiembre, un juez militar concedió a Elías y a los otros 18 detenidos libertad condicional tras desestimar todos los cargos, salvo el de “ultraje al centinela”. El juez ordenó a todos que comparecieran ante el tribunal todas las semanas hasta su audiencia preliminar, fijada para el 4 de octubre. En esa audiencia, un juez absolvió a 17 y acusó a Elías y a otros dos de “ultraje al centinela”. Los tres se declararon formalmente culpables para poder recibir una pena en suspenso, y el juez dispuso que prestaran servicio comunitario y que se presentaran ante el tribunal todos los meses. También les prohibió salir de país, según su abogado, que estuvo presente en las audiencias.

Alejandro Pérez Castilla (estado Carabobo)

La descripción del caso a continuación se basa en entrevistas con Alejandro Pérez Castilla (seudónimo) y su abogado, a menos que se indique algo distinto en las notas al pie[58].

El 26 de julio, miembros de la GNB detuvieron a Pérez Castilla, de 32 años, cuando intentó interceder para evitar que estos funcionarios detuvieran a un joven con discapacidad intelectual. En ese momento, llegaron aproximadamente 20 motocicletas de la GNB, cuatro vehículos blindados y decenas de efectivos de la GNB a pie al lugar de la barricada, y los efectivos comenzaron a disparar armas de fuego y arrojar cartuchos de gas lacrimógeno a los manifestantes y a las residencias cercanas. Pérez recibió varios impactos de perdigones en el brazo, el pecho y el abdomen.

Intentó escapar, pero un agente de la GNB le bloqueó el paso con su motocicleta. Varios agentes le dieron reiterados golpes y patadas. Lo subieron por la fuerza en un vehículo blindado, donde continuaron golpeándolo, le pisotearon los dedos de la mano y le quemaron la espalda con un encendedor. Los agentes obligaron a Pérez a recostarse en el piso del vehículo, colocaron un escudo sobre él y caminaron sobre este, causándole un agudo dolor al aplastarle la caja torácica, según contó. Otro miembro de la GNB se abrió los pantalones para sacar su pene y lo frotó contra el rostro de Pérez, mientras los demás reían. Cuando supieron que Pérez tenía una hija, amenazaron con violarla.

Cuando llegaron a una dependencia de la GNB, un miembro de esta fuerza frotó polvo de gas lacrimógeno en el rostro, los ojos y la nariz de Pérez y en las heridas provocadas por los perdigones. Otro agente le mantenía los ojos abiertos para que pudieran echarle polvo, mientras una mujer sargento le decía que eso sólo era el comienzo.

Agentes de la GNB llevaron a Pérez para que recibiera atención médica, pero uno de ellos más tarde desechó los analgésicos que el personal médico le había dado. Cuando llegaron a otra dependencia de la GNB, los agentes esposaron a Pérez a la carcasa de un aire acondicionado que estaba tan alto que apenas podía pararse en puntas de pie. Mientras estuvo allí colgado, un sargento golpeó a Pérez en las costillas durante cerca de una hora, y luego lo esposó a un banco de metal y le aplicó descargas eléctricas en la pantorrilla con una pistola paralizante.

Un agente ordenó entonces que pusieran a Pérez en una pequeña habitación sin ventanas, donde le arrojaron un cartucho de gas lacrimógeno y cerraron la puerta. Después de que Pérez se desmayó, los agentes lo sacaron de la habitación. Cuando recobró el conocimiento, un capitán puso polvo de gas lacrimógeno en una toalla húmeda, le agregó aceite inflamable, le prendió fuego y obligó a Pérez a soplarla. Al hacerlo, le quemó el rostro. Dos guardias y una tercera persona que Pérez no pudo identificar le aplicaron golpes nuevamente y le orinaron encima, para luego llevarlo a una pequeña celda atestada. Algunos detenidos en la celda tenían antiséptico Betadine escondido, que compartieron con Pérez para que pudiera limpiarse algunas de las heridas. Las autoridades no le facilitaron tratamiento médico.

Una semana después de su detención, se le permitió a Pérez hablar cinco minutos con un abogado antes de la audiencia en un tribunal militar. Un fiscal imputó a Pérez de “vilipendio contra la Fuerza Armada” y el 31 de julio el juez le dictó el arresto domiciliario hasta el momento del juicio[59].

Manuel Rojas Villas (estado Táchira)

El relato a continuación se basa en una entrevista con Manuel Rojas Villas (seudónimo)[60].

La mañana del 30 de julio, el día de la elección de la Asamblea Nacional Constituyente, el joven Rojas Villas, de 21 años, que había participado activamente en manifestaciones, caminaba hacia su vivienda cerca de la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira, después de pasar la noche fuera con amigos. Contó a Human Rights Watch que pasó junto a un vehículo estacionado, de donde salieron cinco hombres armados con pasamontañas.

Uno de ellos le dijo: “¡Eres un guarimbero!” y lo golpeó en la cabeza. Cuando Rojas cayó al suelo, los hombres usaron su propia chaqueta para cubrirle la cabeza e impedir así que viera lo que ocurría, y lo subieron al vehículo. Nunca se identificaron ni le ofrecieron ningún motivo por el cual se lo llevaban.

Los hombres llevaron a Rojas a una escuela que estaba siendo usada como centro de votación y lo presentaron al comandante de la GNB, que ordenó que lo trasladaran a la base Copa de Oro de la GNB, en las proximidades. Una vez en la base, los captores de Rojas lo obligaron a sostener cócteles Molotov mientras le tomaban fotografías. El comandante de la base informó a los captores de Rojas que no podían detenerlo allí porque ya no tenían lugar. Entonces, los hombres volvieron a llevarlo a la escuela.

Al llegar, las personas que habían comenzado a hacer fila para votar vieron a Rojas ingresar a la escuela y gritaron: “¡Lo atraparon! ¡Denle 15 años!”. El comandante de la GNB a cargo de la mesa de sufragio ordenó a los agentes que lo habían capturado que lo interrogaran. Lo llevaron a un aula pequeña donde le confiscaron el teléfono y sus artículos personales y comenzaron a golpearlo. En un momento, cuando Rojas recibió una llamada de su novia, dejaron de golpearlo y le permitieron que atendiera y brevemente le dijera que había sido detenido. Cuando volvió a llamar, segundos más tarde, le ordenaron que dijera que estaba bien.

A continuación, los captores de Rojas lo sentaron en el piso, le quitaron la venda de los ojos y lo obligaron a grabar un video incriminatorio señalando a jóvenes de la zona como líderes de la “Resistencia” y a admitir que le habían pagado 100.000 bolívares para participar en la manifestación. Cada vez que por error decía algo distinto de lo que querían que dijera, detenían la cámara, lo golpeaban y comenzaban a grabar de nuevo. Una vez que terminaron, los hombres le ataron a Rojas los tobillos y las muñecas juntos por detrás y lo dejaron en una habitación con un guardia. Se sintió mareado a causa de los golpes en la cabeza.

Después de 90 minutos, se presentaron varios hombres con uniforme verde y a quienes Rojas no pudo identificar, le vendaron los ojos y lo llevaron hasta un vehículo blanco que estaba aparcado afuera. Trasladaron a Rojas a lo que parecía ser una base de la GNB, pues había allí varios efectivos de la GNB. Lo llevaron inmediatamente a una sala en el piso de abajo, donde varios agentes lo sentaron en el suelo y le dieron patadas en el estómago. Otros cuatro agentes, esta vez con pasamontañas que ocultaban sus rostros, lo llevaron a otra celda, y allí lo esposaron a una silla y volvieron a golpearlo. Lo obligaron a filmar otro video y luego lo llevaron a una celda.

Varias horas después, entró un profesional de enfermería para curarle las heridas. Más tarde, varios agentes le vendaron los ojos nuevamente y lo trasladaron en un vehículo, durante la noche, hasta un sitio próximo en las montañas, donde recibió comida y no lo golpearon. Describió haber visto personal uniformado, que creía que eran soldados, entrando y saliendo del lugar. El tercer día, varios agentes volvieron a vendarle los ojos y lo subieron a una camioneta, donde alguien a quien no pudo ver amenazó con matarlo si alguna vez contaba dónde había estado detenido. Los agentes lo llevaron hasta un lugar desconocido donde le quitaron las esposas y le dijeron que bajara del vehículo y, una vez que dejó de oír el motor, huyó. Cuando se fueron, logró que una mujer que vivía cerca de allí lo ayudara y pudo regresar a casa con su familia.

Durante el período de su detención, que duró casi cuatro días, Rojas estuvo efectivamente desaparecido. Si bien su familia tomó conocimiento de su detención cuando su novia lo llamó el día de la detención, los agentes de seguridad con quienes hablaron negaron haberlo detenido y dijeron que desconocían su paradero y en qué estado se encontraba.

Wuilly Arteaga (Caracas)

La descripción del caso que se presenta a continuación se basa en una entrevista realizada a Wuilly Arteaga, a menos que se indique lo contrario en las notas al pie[61].

El 27 de julio, miembros uniformados de la GNB detuvieron al violinista Arteaga, de 23 años, en una manifestación en Caracas contra el proyecto del gobierno de convocar a una Asamblea Constituyente. Entre 2013 y 2015, Arteaga fue miembro del Sistema Nacional de Orquestas y Coros Juveniles e Infantiles, un programa educativo gestionado por el Estado que el expresidente Hugo Chávez apoyó activamente durante su mandato. Arteaga dijo que se sumó a las protestas en mayo de 2017 después de que Armando Cañizales, otro violinista del programa estatal, fue asesinado durante una manifestación contra el gobierno. Las imágenes de Arteaga tocando el violín en las protestas se viralizaron en las redes sociales, y pronto se convirtió en un símbolo del ejercicio pacífico de la protesta en Venezuela.

Después de detenerlo en la calle, agentes de la GNB obligaron a Arteaga a subir a una tanqueta con otros detenidos, y allí les cubrieron los ojos con trapos y les amarraron las manos por la espalda con los cordones de sus propios zapatos. Agentes de la GNB golpearon a Arteaga en la cabeza con cascos y con su propio violín, y escuchó que uno decía: “Viola a esa perra”. Aunque tenía los ojos tapados, podía escuchar a una mujer cerca de él que gritaba que un miembro de la GNB la “estaba violando con sus dedos”.

Agentes de la GNB movieron a Arteaga y a cerca de otras 20 personas a un vehículo y los llevaron al estacionamiento de un supermercado gestionado por el gobierno en el Centro Comercial Bicentenario en Caracas, donde, según contó Arteaga, la GNB mantenía a personas detenidas durante las protestas. Allí, un agente de la GNB preguntó en voz alta: “¿Dónde está el violinista? Que levante la mano”. Cuando lo ubicaron entre los detenidos, lo colocaron bajo un chorro de agua sucia que caía desde la azotea del edificio hacia el estacionamiento.

Algunas horas más tarde, llevaron a Arteaga a la base militar Fuerte Tiuna, donde un efectivo de la GNB le quemó el cabello con un encendedor. Dos agentes apagaron el fuego dándole golpes en la cabeza con sus cascos.

Los agentes de la GNB luego llevaron a Arteaga y a otros detenidos hasta una base de la GNB en el barrio El Paraíso de Caracas. Arteaga señaló que en el vehículo, “nos golpearon más que nunca”. “A ver quién le da más duro, el que le da más duro gana y le da tres más”, escuchó que decía un agente.

“Al violinista me le das más duro”, gritó uno. Mientras algunos agentes lo sujetaban, otro golpeaba a Arteaga con un tubo metálico en la espalda, la cabeza y la oreja derecha. La oreja empezó a sangrar, según dijo, y después de ese golpe, no pudo oír nada en el lado derecho durante aproximadamente dos semanas. Cuando lo entrevistamos casi dos meses después, dijo que todavía no podía oír bien.

Durante los tres días siguiente, todos los días miembros de la GNB llevaron a Arteaga a la misma oficina dentro de la base de la GNB y lo entrevistaron cerca de dos horas. Le preguntaron a qué se dedicaba y si líderes de la oposición, incluidas María Corina Machado y Lilian Tintori, le pagaban para protestar.

Arteaga dijo a Human Rights Watch que los agentes no lo obligaron a decir nada, pero que temía expresarse libremente porque, mientras lo entrevistaban, dos veces vio que agentes fabricaban cócteles Molotov en la oficina. Arteaga se dio cuenta después que los agentes estaban fabricando cócteles Molotov para implicarlo falsamente en delitos. La última vez que lo llevaron a la oficina en la base de la GNB, un agente de hecho le pidió que se pusiera de pie junto a los cócteles mientras otros le tomaban fotografías.

Cinco días antes de su detención, Arteaga resultó herido cuando agentes uniformados de la GNB le dispararon en el rostro con una pistola de perdigones durante otra protesta. Aunque recibió tratamiento médico de inmediato después de ser herido, aún tenía dolores cuando fue detenido. Arteaga contó que pidió reiteradas veces a los agentes que le procuraran tratamiento médico para las heridas anteriores, pero que estos hicieron caso omiso de su pedido.

Se permitió que un abogado del Foro Penal viera a Arteaga el 28 de julio, cuando fue trasladado a la sede del CICPC en Caracas[62]. El abogado dijo que el 30 de julio, vio que agentes llevaban a Arteaga al tribunal, y esperó afuera para saber cuándo sería la audiencia de Arteaga y en qué sala sería juzgado. Mientras tanto, un juez y un funcionario judicial le avisaron a Arteaga que no sería representado por su abogado del Foro Penal sino por un defensor público, a quien aún no había conocido. Un fiscal acusó a Arteaga de posesión de sustancias incendiarias, instigación pública a delinquir y agavillamiento. El juez dijo que podría ser liberado bajo fianza, pero sólo si presentaba un fiador[63].

Cuando el abogado del Foro Penal que representaba a Arteaga finalmente accedió al expediente, presentó la documentación relacionada con el fiador, pero Arteaga no fue puesto en libertad de inmediato. Las autoridades recién permitieron que Arteaga fuera liberado varios días más tarde, el 15 de agosto, luego de que su caso tuviera amplia repercusión internacional y su liberación fuera pedida públicamente por Tarek William Saab, el fiscal general designado por la Asamblea Nacional Constituyente oficialista después de que Luisa Ortega Díaz fuera destituida[64]. Miembros de la GNB convencieron a Arteaga para que firmara un documento que decía que no había sido maltratado, lo condujeron en un vehículo hasta un parque en Caracas y lo dejaron allí, sin informar a sus abogados ni a familiares sobre la liberación.

El día que Arteaga fue liberado, el poderoso político chavista Diosdado Cabello difundió en televisión un video con partes de entrevistas a Arteaga en prisión, con el propósito de mostrar lo que llamó “la verdad sobre Wuilly”[65]. Arteaga explicó que el video fue editado para sacar de contexto sus declaraciones. Por ejemplo, en el video se lo muestra diciendo que agentes de la GNB no destruyeron su violín, pero se estaba refiriendo al día en que fue detenido en julio y no a un incidente anterior ocurrido en mayo, cuando los agentes efectivamente destruyeron ese instrumento[66].

También se mostró a Arteaga diciendo que no había sido maltratado en la base de la GNB donde estuvo detenido, pero en la edición se quitaron las partes de las entrevistas en las cuales afirmó haber sufrido abusos en otros sitios.

Arteaga, que debía presentarse ante el tribunal periódicamente y a quien el juez le advirtió que no podría participar en manifestaciones, huyó de Venezuela en septiembre.

Detenciones de opositores políticos o personas que tienen vínculos con la oposición

Durante la investigación realizada para este informe, Human Rights Watch y el Foro Penal documentaron al menos 28 casos en los cuales las personas detenidas eran opositores políticos o tenían vínculos reales o aparentes con la oposición. Estos incluyen los casos resumidos a continuación (otros casos se describen en el anexo a este informe).

El legislador opositor Wilmer Azuaje, de 40 años, fue detenido por agentes de inteligencia el 2 de mayo. Azuaje y un miembro de su equipo estaban conduciendo en el estado Barinas cuando agentes obligaron a Azuaje a descender del automóvil, lo esposaron y lo llevaron a la sede del SEBIN en Barinas, según consta en documentos presentados por su madre ante el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo días más tarde. Los agentes no tenían una orden de detención[67]. Durante semanas, la familia de Azuaje no recibió ninguna confirmación oficial sobre su paradero, y Azuaje no pudo ver ni a su familia ni a su abogado. El 28 de junio, el Tribunal Supremo de Justicia determinó que Azuaje había sido detenido cometiendo un delito, debido a que cuando los agentes del SEBIN lo detuvieron y registraron su vehículo, afirmaron haber supuestamente encontrado granadas y explosivos, en contravención a la Ley sobre Armas y Explosivos. El tribunal dispuso que Azuaje recibiera arresto domiciliario[68]. En los medios sociales circularon fotografías de Azuaje encarcelado que lo muestran esposado a una escalera[69]. Azuaje fue trasladado a la cárcel de máxima seguridad “26 de Julio” en el estado Guárico, donde seguía detenido al momento de la preparación de este documento.

El ingeniero Roberto Picón, de 55 años, asesoraba desde hace años a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) sobre asuntos electorales y coordinaba, desde febrero, el equipo de asistencia técnica de la oposición. En la noche del 22 de junio, un grupo de más de 30 efectivos del SEBIN ingresó a la vivienda de un colega de Picón y lo detuvo, junto con otras personas, sin la correspondiente orden judicial. Varios miembros de la oposición se habían reunido varias veces en esa casa y, algunas horas antes, se había desarrollado allí una reunión de dirigentes de la MUD.

El 25 de junio, el Presidente Maduro manifestó en televisión que, días antes, las fuerzas de seguridad habían confiscado dos servidores que, según afirmó Maduro, se utilizaron para organizar “un proceso de hackeo, intervención y sabotaje” del sistema informático electoral. Acusó a Picón, a quien se refirió como una persona “muy íntima y cercana” al líder opositor Henrique Capriles Radonski, de dirigir el intento de hackeo[70]. El canal oficial Venezolana de Televisión informó que cinco personas habían sido detenidas y estaban “colaborando en las investigaciones”[71].

Un día después, Picón fue llevado ante un tribunal militar, y un fiscal militar lo acusó de rebelión, traición y “sustracción de efectos pertenecientes a las Fuerzas Armadas”.

Por cuatro días, la familia de Picón no recibió información oficial sobre su paradero. Las autoridades le permitieron ver a sus hijos tras 57 días de detención, y a su abogado otros 13 días después de ello. En agosto, pasó 17 días aislado en un baño, según contó su hija, y se le permitió exponerse a la luz solar únicamente luego de 87 días de detención. En octubre, el caso de Picón fue trasladado del tribunal militar al Tribunal Supremo de Justicia. En noviembre, una sentencia del Tribunal Supremo acordó que se distribuya el expediente a un tribunal de control de la jurisdicción ordinaria. Al momento de la redacción de este informe, Picón aún se encontraba detenido en la sede del SEBIN en Caracas[72].

Carlos Graffe, de 31 años, activista del partido opositor Voluntad Popular, que ha colaborado con organizaciones de derechos humanos y trabajado durante una década en barrios de bajos ingresos en el estado Carabobo. Varios agentes que, según le dijo Graffe posteriormente a su madre, pertenecían a la PNB, lo aprehendieron el 13 de julio mientras salía de una reunión de trabajadores de la salud en Valencia, contó la familia de Graffe[73]. Días antes de su detención, Graffe había participado activamente en la promoción del plebiscito de la oposición del 16 de julio[74]. En un video de su detención, filmado por un transeúnte, Graffe grita que está siendo secuestrado y se ve cuando hombres vestidos de civil lo obligan a subir a un vehículo blanco[75]. Se ve a otro hombre subiendo a un vehículo azul, que el padre de Graffe afirmó pertenecía a su hijo. La familia no ha visto ese vehículo desde entonces.

El 14 de julio, Graffe fue presentado ante un tribunal militar y acusado de “sustraer materiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas” y de “instigación a la rebelión.” Le dictaron medida de privación de la libertad y fue trasladado a la prisión militar de Ramo Verde. El 13 de octubre, Graffe fue trasladado a un hospital militar para recibir tratamiento médico, y el 15 de noviembre se le autorizó arresto domiciliario, pero continúa sujeto a proceso penal.

Ángel Wladimir Zerpa, de 57 años. Zerpa, que fue recientemente designado por la Asamblea Nacional —actualmente con mayoría opositora— para integrar el Tribunal Supremo de Justicia, cenó afuera con un familiar el 22 de julio. Al regresar a su vivienda, advirtieron que un automóvil que había estado aparcado enfrente desde el día anterior aún se encontraba allí. Decidieron seguir conduciendo y notaron que el auto estacionado comenzó a seguirlos. Alguien dentro del vehículo les apuntó con un arma, y los obligó a detenerse. Tres hombres —dos uniformados y uno de civil— se identificaron como agentes del SEBIN y detuvieron a Zerpa. Zerpa pidió a los hombres que le mostraran la orden de detención, pero no tenían ninguna, según lo informaron sus familiares[76].

Los hombres dijeron que la detención de Zerpa era una orden del Presidente Nicolás Maduro, según su familia. Un día después de la detención de Zerpa, Maduro señaló en televisión —hablando de las designaciones para el Tribunal Supremo efectuadas por la Asamblea Nacional— que “esta gente que nombraron, usurpadores que andan por ahí, todos van a ir presos, uno por uno, uno detrás de otro”[77].

Zerpa fue llevado a una sede del SEBIN y, durante al menos 48 horas, su familia no supo cuál era su paradero[78]. Representantes del Ministerio Público pidieron visitar a Zerpa en la sede del servicio de inteligencia, pues creían que se encontraba allí, pero se les negó el acceso[79].

El 24 de julio, Zerpa fue llevado a una audiencia ante un tribunal militar de la cual sus abogados afirmaron ser excluidos, y Zerpa fue acusado de traición a la patria y enviado de nuevo a una sede del SEBIN en Caracas[80]. El 25 de agosto, fue liberado con la condición de que se presentara ante la justicia todas las semanas. Según su familia, el juez le prohibió que saliera del país y le ordenó no hablar con los medios de comunicación sobre su caso. En octubre, el caso pasó de la justicia militar al conocimiento del Tribunal Supremo[81].

Juan Carlos Marquina, de 42 años, hermano del legislador opositor José Manuel Olivares Marquina. Olivares dijo que el 25 de septiembre, al menos 12 agentes del SEBIN armados y con pasamontañas intentaron irrumpir en la inauguración formal de un comedor infantil en el estado Vargas, un evento en el cual estaba participando Olivares. Olivares contó a Human Rights Watch que se encontraba allí con algunos miembros de su equipo, su esposa y su hermano —Juan Carlos Marquina— y que miembros de la comunidad impidieron que los agentes ingresaran[82].

Olivares señaló que partió con su esposa en un automóvil, mientras que su hermano se fue en otro que le había comprado su madre. Agentes del SEBIN detuvieron a ambos vehículos, obligaron a todos a descender y registraron los automóviles. Olivares dijo que escuchó que un agente decía que se llevarían a su hermano y vio que agentes esposaban y detenían a Marquina.

Ese día, el poderoso político chavista y actual miembro de la Asamblea Nacional Constituyente Diosdado Cabello declaró que las fuerzas de seguridad habían detenido a una caravana de automóviles en el estado Vargas que pasó por un punto de control “por casualidad” y que Marquina había sido detenido por conducir un automóvil robado, según se informó en los medios[83].

Durante más de dos días la madre de Olivares visitó dos sedes del SEBIN en Caracas y le indicaron que Marquina no se encontraba allí. Olivares y su familia no supieron cuál era el paradero de Marquina hasta la noche del 27 de septiembre, cuando fue llevado ante un juez. Su abogado pudo verlo recién minutos antes de la audiencia, en la cual se acusó a Olivares de tener documentos falsificados; las autoridades dijeron que los documentos de su automóvil habían sido adulterados antes de la compra por la madre de Olivares, según señaló Olivares. Marquina fue llevado a la sede del SEBIN en Caracas llamada “El Helicoide”[84].

Procesos en la justicia militar

Más de 757 civiles han sido juzgados por tribunales militares desde principios de abril, pese a que existen normas claras en el derecho internacional que prohíben este tipo de procesos. Si bien no hay un registro público de los procedimientos militares —lo cual constituye un problema en sí mismo—, los relatos de abogados y familiares incluyen numerosos señalamientos preocupantes de abusos e irregularidades procesales en el curso de estos procedimientos. Las audiencias suelen llevarse a cabo en tribunales militares u otras instalaciones militares, y son presididas por jueces militares que actúan bajo la autoridad del Ministerio de Defensa. Se acusa a manifestantes de delitos graves previstos en la legislación militar como “rebelión” y “traición a la patria”, por presuntos actos de violencia durante protestas, para los cuales estos cargos serían absolutamente desproporcionados, incluso si los acusados efectivamente hubieran cometido tales actos.

Al llevar a cabo las investigaciones para este informe, Human Rights Watch y el Foro Penal documentaron 18 casos que involucraban, al menos, a 119 personas, en los cuales los detenidos fueron llevados ante tribunales militares. Los ejemplos presentados a continuación nos fueron transmitidos por abogados que estuvieron presentes en los procedimientos y ejercieron la defensa legal de algunos de los detenidos (en el anexo al presente informe se describen otros casos de civiles juzgados ante tribunales militares).

El 5 de mayo, 40 personas detenidas en incidentes separados cerca de una empresa alimentaria en Valencia, estado Carabobo, que había sido saqueada un día antes, fueron presentadas ante un juez militar en una sala que se improvisó en el interior de la base “Ciudad Chávez” de la GNB. La audiencia empezó a las 7 p.m. y se extendió por 12 horas.

Durante la audiencia, la mayoría de los detenidos mostraron contusiones que, según dijeron, habían sido provocadas por miembros de la GNB que los golpearon, en algunas oportunidades con una barra de aluminio o un bate de béisbol. Algunos afirmaron que los agentes les cortaron el cabello durante la detención. Al menos 15 dijeron haber sido obligados a comer pasta cruda mezclada con excrementos humanos (los agentes les habrían aplicado en la nariz partículas del polvo que se usa para generar gas lacrimógeno, con el fin de obligarlos así a abrir la boca para ingerir).

Sin haber individualizado la responsabilidad penal de cada uno, los 40 fueron acusados grupalmente de rebelión. El juez militar confirmó los cargos contra todos, pero envió solamente a 19 al penal no militar de máxima seguridad “26 de julio” en el estado Guárico, sin dar ninguna explicación. A los demás se les concedió la libertad condicional[85].

Algunas semanas más tarde, el juez autorizó la libertad condicional de los 19, y dispuso que debían presentarse periódicamente ante el tribunal. A la fecha de redacción de este documento, la investigación seguía en curso[86].

El 9 de mayo, 16 personas que habían sido detenidas en distintas circunstancias en La Villa de Rosario, estado Zulia, fueron llevadas juntas ante un tribunal militar en Maracaibo. Entre los detenidos había un hombre que, según dijo, estaba regresando a pie a su vivienda desde el trabajo cuando fue detenido por la GNB, y también dos hermanos que señalaron que estaban trabajando en el techo de su casa y fueron detenidos sin una orden judicial. Otros dos habían sido presuntamente llevados a las oficinas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) desde el hospital donde estaban siendo tratados. Uno dijo que llegó allí después de haber sufrido un accidente en su hogar y el otro indicó que era un simpatizante del gobierno que había recibido un golpe al ser alcanzado por una botella durante una protesta. Los agentes del CICPC les pidieron que declararan quiénes les habían provocado esas lesiones, y luego los detuvieron.

Ocho de los 16 detenidos afirmaron haber sido golpeados por miembros de la GNB al momento de la aprehensión, y que los agentes les arrojaron un polvo blanco en el rostro que les provocó una sensación de quemazón y lágrimas, con un efecto que, según lo describieron, era similar al de los gases lacrimógenos.

El 11 de mayo, el fiscal acusó a los 16 detenidos de rebelión y “ultraje al centinela”, sin especificar qué había hecho cada uno de ellos. El juez confirmó los cargos contra todos los detenidos, pero ordenó que siete de los 16 permanecieran en prisión preventiva en la cárcel de Santa Ana, un establecimiento para personas procesadas en la justicia militar, y concedió al resto la libertad condicional[87]. El juez no brindó ninguna explicación para esta distinción.

A mediados de agosto, durante la audiencia preliminar, el juez militar desestimó todos los cargos contra cinco de esas personas y acusó a 11 de varios delitos, que incluían “ultraje al centinela”, violación de zonas de seguridad y ofensa a las Fuerzas Armadas. Su abogada dijo que los 11 que fueron acusados temían ser sometidos a un juicio militar y que, por eso, se declararon culpables. A todos se les impuso como condena cumplir tres meses de trabajo comunitario, y se les exigió que comparecieran ante el tribunal cada 30 días[88].

Procesos contra alcaldes opositores por motivos políticos

A mediados de 2017, el Tribunal Supremo de Justicia condenó a cinco alcaldes opositores a 15 meses de prisión cada uno y los inhabilitó para postularse a cargos públicos durante el mismo período. Las condenas fueron el resultado de procedimientos sumarios en los cuales no se respetaron las garantías básicas al debido proceso. Los antecedentes de persecución a los alcaldes por sus posiciones políticas se remontan al menos a 2014, cuando, durante la represión anterior de protestas contra el gobierno, el Tribunal Supremo instituyó por primera vez procedimientos sumarios contra dos alcaldes opositores, Daniel Ceballos y Vicencio Scarano[89].

Los alcaldes sancionados hasta la fecha en 2017 son Alfredo Ramos, del municipio Iribarren en el estado Lara, Gustavo Marcano del municipio Diego Bautista Urbaneja en el estado Anzoátegui, Carlos García del municipio Libertador en el estado Mérida, David Smolansky del municipio El Hatillo en el estado Miranda, y Ramón Muchacho del municipio Chacao en el estado Miranda[90].

En cada uno de estos casos, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo dictó inicialmente una sentencia en la cual ordenaba que los alcaldes se aseguraran que las personas no bloquearan las calles de sus municipios y retiraran cualquier obstáculo que no permitiera la libre circulación de los ciudadanos[91]. Posteriormente, la Sala Constitucional acusó a los alcaldes de desacato por incumplir esta orden e inició procedimientos sumarios en los cuales la propia Sala Constitucional fue responsable tanto de la acusación como de la decisión. Las sentencias de la Sala Constitucional, que en estos casos actúa como tribunal de primera instancia, no son apelables, y esto viola la garantía de debido proceso que reconoce a los acusados el derecho a apelar una condena penal.

Cuatro de los cinco alcaldes huyeron del país. Solamente Ramos fue detenido el 28 de julio, después que el Tribunal Supremo se pronunció sobre su caso. Según lo señalaron la esposa y la hija de Ramos, él se enteró de que había sido condenado a través de un tuit del Tribunal Supremo. Ambas afirman que Ramos se encontraba en el edificio municipal de Iribarren con su familia y miembros de su equipo cuando un grupo de al menos 20 hombres fuertemente armados y con el rostro cubierto, ingresaron por la fuerza en su oficina[92]. Sin mostrar una orden judicial, y después de haber amenazado con arrojar una bomba de gas lacrimógeno en el interior de la oficina, habrían obligado a Ramos a salir y lo llevaron a una sede de la GNB. A la esposa de Ramos le permitieron permanecer con él varias horas. También le dijeron que podía ir a su casa a recoger medicamentos y prendas de vestir para Ramos, pero a su regreso no le permitieron volver a ingresar.

Según señaló su familia, Ramos fue trasladado a una sede del SEBIN en Caracas, “El Helicoide”, y no se le permitió ver a familiares ni abogados durante 26 días. Aunque viajaron “muchas veces” de Barquisimeto a Caracas para intentar visitarlo, los agentes del SEBIN les decían que Ramos no tenía autorización para recibir visitas. Después de que Ramos sufrió una crisis hipertensiva el 31 de agosto, se le permitió consultar a un cardiólogo durante la detención, pero no se le permitió a la familia ver el informe médico. Al momento de la preparación de este documento en noviembre, Ramos no había podido consultar a otro profesional médico y permanecía detenido[93].

Entre mayo y julio de 2017, el Tribunal Supremo emitió órdenes similares contra al menos otros nueve alcaldes y un gobernador, todos ellos opositores[94].

Uno de ellos es Omar Lares, alcalde del municipio de Campo Elías en el estado Mérida[95]. El 30 de julio, decenas de agentes de la GNB, la PNB y el SEBIN, así como también miembros de “colectivos” irrumpieron en su domicilio. El alcalde y gran parte de su familia pudieron escapar, pero su hijo Juan Pedro Lares, de 23 años, fue capturado y ha estado detenido desde entonces[96].

Un empleado de la familia Lares que estaba allí cuando las fuerzas de seguridad irrumpieron en la casa señaló que los agentes los obligaron a él y a Juan Pedro a arrodillarse en el suelo, los esposaron y les dijeron que podían dispararles en cualquier momento “porque nadie nos estaba viendo”. Contó que amenazaron con rociarlos a ambos con gasolina y quemarlos “si no decía[n] dónde estaban las armas”. También apuntaron a Juan Pedro con un arma en la cabeza, amenazaron con matarlo “si no decía la verdad” y luego le asestaron un golpe con el arma en el cuello. Permitieron que el empleado se fuera y se llevaron a Juan Pedro en un vehículo oficial del SEBIN.

Hasta noviembre de 2017, Juan Pedro se encontraba detenido en “El Helicoide”, una de las sedes del SEBIN en Caracas. No había sido acusado de ningún delito ni había sido llevado ante un juez.

Detenciones y abusos de manifestantes y transeúntes

El 26 de abril, personal de la GNB detuvo al estudiante David Romero (seudónimo), de 19 años, durante enfrentamientos entre manifestantes y fuerzas de seguridad en Barquisimeto, estado Lara. Según el relato de Romero sobre lo que sucedió después, los agentes lo capturaron y luego lo golpearon, a él y a otras personas, con los puños y con sus rifles durante una operación en una zona residencial donde manifestantes contra el gobierno habían instalado barricadas[97].

Romero manifestó que agentes de la GNB lo llevaron hasta un vehículo donde ya había otras 28 personas detenidas, incluidas 11 que eran menores de 18 años. Según Romero, cuando llegaron a la dependencia de la GNB, hombres uniformados del CONAS empezaron a golpear a varios de los detenidos, entre ellos Romero, quien dijo que los agentes lo amenazaron, le jalaron el cabello, le dieron golpes de puño y patadas, y luego le quitaron su documento de identidad, el dinero que tenía y su teléfono celular.

El 28 de abril, se presentó ante los tribunales a 28 personas detenidas en la redada del 26 de abril. Los adultos, incluido Romero, fueron acusados de varios delitos, como obstrucción de vía pública y “ultraje al centinela”. El fiscal no señaló ningún hecho que apuntara a la responsabilidad penal individual de ninguno de los acusados. El juez autorizó su liberación bajo fianza y exigió cinco fiadores para cada uno. No obstante, después de que se presentaron los garantes para los detenidos, pasaron varias semanas hasta que estos fueron efectivamente liberados, debido a lo cual permanecieron detenidos de manera arbitraria[98].

Durante este período, y por más de un mes, según Romero, permaneció con otras 27 personas en un centro de detención donde las condiciones eran nefastas. Cuando los detenidos llegaron al centro, un sargento le propinó a cada uno un golpe con una piedra, diciendo que era la “piedra de la justicia”. Todos los detenidos fueron encerrados en una celda de 3 x 3 metros y sin baño, debido a lo cual se veían obligados a usar una botella que los guardias penitenciarios retiraban por la mañana. Una vez por día, arrojaban una bomba pequeña de gas lacrimógeno en el interior de la celda, que tardaba aproximadamente 10 minutos en disiparse a través de la única ventana que había en la habitación. Los guardias no les daban de comer a los detenidos; solamente comían lo que les traían sus familias y solo cuando los guardias no se quedaban con los alimentos, contó Romero.

Finalmente, Romero fue liberado bajo fianza, pero en octubre de 2017 todavía debía presentarse ante los tribunales cada ocho días.

El 1 de mayo, el estudiante Emerson Ibarra, de 24 años, estaba participando en una manifestación en Mérida cuando lo rodearon cerca de 10 agentes de la PNB en motocicletas. Según nos contó, esto fue lo que ocurrió:

Un policía quitó a Ibarra el pasamontaña que llevaba puesto ese día y otro le dijo que subiera a la motocicleta. Cuando se resistió, uno de ellos lo golpeó en el rostro con la culata de su rifle y lo obligó a subir[99].

Ibarra fue llevado con otras tres personas a quienes no conocía —que según dijo, tenían 17, 20 y 25 años— a la sede de la policía estatal en Glorias Patrias, en el centro de Mérida, donde varios agentes los golpearon antes de llevarlos a la oficina de la división de inteligencia de la policía estatal.

Cuando llegaron, los policías los llamaron “malditos guarimberos”. Uno de los policías, a quien Ibarra reconoció como uno de los que habían participado en su detención, lo golpeó con esposas durante 10 minutos, mientras otro lo acusaba de ser un líder estudiantil y de tener fotografías de las manifestaciones en su cuenta de Twitter. El policía dijo que no quería volver a verlo en las calles, o de lo contrario lo “iban a joder”.

Esa noche, los agentes los metieron en una cocina dentro de la sede de inteligencia, les ajustaron fuertemente las esposas, y no les permitieron dormir, al ingresar repetidas veces en la sala gritando “¡guarimberos!” o insultándolos. La familia de Ibarra no pudo verlo durante seis días.

El 4 de mayo, los cuatro jóvenes fueron llevados ante un tribunal. Si bien el Ministerio Público solicitó su liberación sin ninguna medida cautelar, el juez resolvió que solamente serían liberados bajo fianza. La documentación para su liberación bajo fianza se presentó ese mismo día, pero quedaron detenidos ocho días más debido a demoras en el trámite de los documentos. Unos días más tarde, cuando Ibarra estaba en una habitación con otros detenidos, dos agentes de la división de inteligencia de la policía estatal detonaron un cartucho de gas lacrimógeno en la habitación y se burlaron de su reacción, contó. Ibarra huyó del país.

El 15 de mayo, agentes de la PNB detuvieron a Carlos Jordán (seudónimo) en el estado Aragua cuando estaba regresando a su domicilio[100]. En ese momento, se estaba desarrollando en las proximidades una manifestación en contra del gobierno, y otras nueve personas que sostienen que no habían participado en la protesta también fueron detenidas ese día en la misma zona.

Después de su detención, los agentes obligaron a Jordán a quitarse los pantalones y uno de los ellos lo penetró analmente con un “tubo”, según lo manifestó Jordán al juez en su primera audiencia. En la audiencia, los detenidos manifestaron que, durante su detención, agentes de la PNB los golpearon brutalmente con sus cascos y con sus armas, y los obligaron a inhalar residuos de gases lacrimógenos y a bailar sensualmente entre ellos mientras los agentes de la PNB se reían. Los policías les robaron zapatos, teléfonos celulares y dinero a los detenidos.

El 17 de mayo, Jordán y los demás fueron llevados ante un juez y acusados de instigación a delinquir. Su abogado afirmó que su liberación se demoró de manera deliberada y Jordán fue llevado nuevamente al mismo centro de detención por una semana, hasta que el tribunal aceptó finalmente los fiadores presentados por su defensa.

En junio, agentes de la GNB detuvieron al estudiante Lawrence Espósito (seudónimo), de 17 años, cuando estaba filmando una manifestación en contra del gobierno con su teléfono, en el estado Carabobo. Según Espósito, un policía en motocicleta le apuntó con un arma de fuego en las costillas y le dijo que se subiera a la motocicleta[101].

Agentes de la GNB obligaron a Espósito a ingresar en un vehículo. Según señaló, en el interior, los agentes los golpearon repetidas veces a él y a otros detenidos, amenazaron con violarlos sexualmente y les arrojaron gas pimienta en el rostro. Luego, arrojaron una bomba de gas lacrimógeno en el interior del vehículo y cerraron las puertas, lo cual provocó que Esposito y otros perdieran el conocimiento.

Los miembros de la GNB llevaron a Espósito y a otros detenidos hasta una base y los dejaron fuera, en un patio donde los policías dejaron que dos perros de raza pitbull y dos pastores alemanes los atacaran, señaló Esposito. El policía de mayor jerarquía en el lugar golpeó a Espósito en el pecho y esto provocó que dejara de respirar. Cuando Espósito cayó al suelo, el jefe dijo: “Ahora sí, vas a llorar”.

En el centro de detención, 18 detenidos fueron encerrados en una celda de 3 x 3 metros, según Espósito. Durante la detención, Espósito manifestó haber visto a miembros de la GNB llevar a dos detenidos a un pasillo para que uno le disparara al otro. Cuando uno se negó a hacerlo, un agente disparó perdigones al otro de todos modos, y luego le aplicó sal en las heridas, lo cual hizo que se desmayara.

A los dos días de estar detenido, a Espósito se le permitió hablar con su abogado, pero sólo por cinco minutos antes de ser llevado ante un juez. Espósito señala que el juez dispuso su liberación, pero le dijo que no debía contarle a nadie lo que había ocurrido.

Después de que Espósito fue liberado, sus familiares recibieron varios mensajes telefónicos intimidatorios, procedentes de números desconocidos. La madre de Espósito señaló que una motocicleta negra sin matrícula se detuvo junto a ella y que un hombre le preguntó si era “la madre de Lawrence”. Ella lo negó, y el hombre replicó: “Sí, señora. Usted es la mamá de Lawrence. Le voy a dar un consejo: que se calle y quede tranquila. La vida en este país no vale nada. No más fiscalía, no más denuncias. Déjenlo en la casa, las mamás cuidan a sus hijos”.

El 20 de junio, el estudiante Jorge Jiménez (seudónimo), de 17 años, se dirigía caminando a la casa de su abuela cuando se encontró en medio de manifestantes y agentes de la policía de Mérida durante una protesta[102]. Tenía el rostro cubierto con una camiseta (franela) para evitar inhalar los gases lacrimógenos.

Fue detenido por policías y llevado a una dependencia policial, donde un agente lo golpeó en el estómago, en la cabeza y en el hombro, le dio bofetadas y le aplicó golpes en las piernas con un palo porque, según dijo el policía, Jiménez era un “guarimbero”. En los cuarteles del CICPC, los agentes le colocaron una bolsa plástica en la cabeza para obligarlo a dar los nombres y domicilios de personas que habían estado participando en protestas.

Cuando el Foro Penal supo de su detención, un abogado se dirigió a las oficinas del CICPC y allí le dijeron que Jiménez no estaba detenido, sino que estaba siendo interrogado. No permitieron que su abogado ni su familia lo vieran, según señaló el abogado, quien amenazó con presentar un recurso de hábeas corpus. Horas más tarde, agentes del CICPC liberaron a Jiménez, sin haberlo llevado ante un juez en ningún momento.

El 6 de julio, agentes de la GNB detuvieron al periodista y activista social Carlos Julio Rojas, quien había colaborado con dos organizaciones no gubernamentales que trabajan con residentes de varios vecindarios de Caracas, mientras caminaba por Caracas. Rojas manifestó que los agentes lo detuvieron y, cuando él les entregó su documento de identidad y sus credenciales de prensa, dijeron que tenían una orden de arresto y lo obligaron a subir a un automóvil policial.

Una vez que estuvo en el interior del automóvil, Rojas escuchó, a través del altavoz de un teléfono, la voz de quien él creía que era una alta autoridad, que decía: “Quiero el celular de Carlos Julio”. Los policías tomaron el teléfono y nunca se lo devolvieron, señaló Rojas.

Rojas manifestó que fue llevado de un sitio a otro durante horas, hasta que finalmente fue trasladado a una dependencia policial. Allí, lo llevaron a una celda de 2 x 2 metros, sin baño ni luz natural, conocida como “Tigrito”. Luego, Rojas fue obligado por policías a entrar a una oficina, en un presunto intento de incriminarlo: en una mesa había varios cartuchos de gas lacrimógeno y fue golpeado por agentes hasta que lograron tomarle una fotografía junto a los cartuchos, señaló Rojas. La fotografía que finalmente se tomó muestra la espalda de Rojas y no su rostro, que tenía contusiones, según lo manifestó Rojas[103].

El 24 de agosto, Rojas fue llevado ante un juez militar para la audiencia preliminar en la cual se supone que la fiscalía debe acusar a los detenidos de cometer delitos. A pesar de que el fiscal militar no lo acusó de nada, el juez militar de todas formas le impuso medidas cautelares—las cuales son típicamente adoptadas, según el derecho venezolano, para asegurar que la persona acusada de cometer un delito se presente ante un tribunal. Rojas dijo que ahora debe presentarse ante el tribunal militar cada 30 días, no puede hablar con los medios sobre el caso, y no puede asistir a reuniones “político-conspirativas”.

El 20 de julio, el estudiante Manuel Rocas (seudónimo), de 19 años, fue detenido por agentes cuando estaba trotando con un amigo en Mérida en las proximidades de una manifestación, aunque, según lo señaló su madre, que habló con él mientras estuvo detenido, Rocas no tenía conocimiento de que se estuviera desarrollando una protesta. Un vehículo blindado pasó arrojando gases lacrimógenos, y miembros de la GNB en motocicletas y con el rostro cubierto por pasamontañas lo rodearon y lo detuvieron, explicó su madre[104]. Le escupieron, le dieron golpes, lo obligaron a montarse en una motocicleta y se lo llevaron del lugar. Rocas fue acusado de instigación. A la fecha de redacción de este documento, seguía detenido.

El mismo día, cerca del lugar donde Rocas fue detenido, agentes de la GNB detuvieron a Ambrosio Arragoza (seudónimo), de 33 años. Según señaló su hermano, a Arragoza lo aprehendieron en la calle cuando se dirigía a la panadería junto con tres vecinos, que también fueron detenidos. Arragoza refirió a su hermano haber sido empujado por agentes dentro de un vehículo blindado de la GNB, donde fue golpeado. Finalmente fue acusado de “instigación al desorden público” y pasó un mes en la cárcel, según su hermano[105].

Detenciones ilegales efectuadas por “colectivos”

En algunos casos analizados por Human Rights Watch y el Foro Penal, fue imposible determinar si los agentes que realizaban detenciones tenían la facultad para hacerlo o actuaban por iniciativa propia. A menudo tenían el rostro cubierto, no contaban con identificación oficial y no era posible identificarlos.

Human Rights Watch y el Foro Penal documentaron algunos casos en los cuales “colectivos” —que, conforme al derecho venezolano, no tienen facultades para detener individuos— detuvieron ilegalmente a personas y las entregaron a la policía o a agentes de la GNB, incluidos los casos que se describen a continuación.

El 13 de abril, miembros de “colectivos” detuvieron ilegalmente a Alberto Brito y Maribel Ilarraza en dos incidentes separados en Caracas, y luego los entregaron a las fuerzas de seguridad, según lo señalaron familiares de Brito y su abogada. Estas dos personas no se conocían. El día siguiente a su detención, fueron llevados juntos ante el mismo tribunal en Caracas, donde un juez los acusó de “instigación a delinquir” y “posesión de sustancias incendiarias” durante una manifestación contra el gobierno. El juez dictó la libertad bajo fianza a Brito y autorizó la liberación de Ilarraza sin garante, pero solicitó que prestara caución juratoria de que se presentaría ante el tribunal. La abogada de Brito e Ilarraza presentó los documentos sobre sus casos el 24 de abril, pero al momento de la preparación de este informe, el tribunal aún no había dado trámite a los documentos. Tanto Brito como Ilarraza permanecían detenidos al mes de octubre de 2017[106].

El 4 de mayo, tres mujeres que integraban un “colectivo” detuvieron a la estudiante Lina Espinoza (seudónimo), de 19 años, cuando estaba subiendo a su automóvil después de haber ido a la farmacia, según dijo a Human Rights Watch[107]. Espinoza sostuvo que las mujeres le propinaron patadas y puñetazos mientras le preguntaban si era estudiante. La obligaron a poner en marcha el motor y a sentarse en el asiento trasero entre dos de ellas. La tercera condujo el automóvil hasta una dependencia de la GNB. Cuando llegaron, empujaron a Espinoza fuera del automóvil, hacia un agente de la GNB, y le dijeron: “Aquí te trajimos otra”.

Espinoza dijo que la obligaron a ingresar en un vehículo oficial junto con un muchacho herido de aproximadamente 15 años, y que también había un tercer detenido. “Me pusieron dentro de un tráiler. Revisaron mi carro y después se montaron en él. Se montaron 4 o 5 ‘colectivos’ y dijeron: ‘Vamos a matar estudiantes’. Y se fueron”, manifestó Espinoza.

El personal de la GNB obligó a los tres detenidos a subir a un vehículo jeep y les preguntó quién les había pagado. El muchacho de 15 años les dio un nombre, y cuando los agentes de la GNB se dieron cuenta de que había mentido, golpearon a todos, manifestó Espinoza.

Espinoza pasó dos días en la sede de la GNB, donde agentes tomaron fotografías de ella y de las otras dos personas detenidas, junto a escudos y cócteles Molotov, manifestó. Espinoza señaló que tiene diabetes y que, después de su detención, sufrió una crisis de salud y debió ser atendida en un centro médico. Pese a la objeción de un médico, quien le dijo a un agente de la GNB que sería responsable si Espinoza fallecía, este agente de la GNB insistió en que la mujer fuera llevada nuevamente a la sede de la GNB. La GNB liberó al muchacho de 15 años, pero trasladó a Espinoza y a la otra persona detenida a una cárcel.

El 7 de mayo, Espinoza y el otro detenido fueron presentados ante un tribunal militar. Según indicó Espinoza, un juez militar confirmó varios cargos en su contra, que incluían atacar a un soldado y manifestar en una zona de seguridad. Espinoza señaló que permaneció detenida 19 días más, y que su afección médica se agravó.

El 26 de mayo, un juez militar le otorgó la detención domiciliaria como medida humanitaria. Según afirmó Espinoza, antes de liberarla, varios agentes le hicieron firmar un documento indicando que no se habían violado sus derechos humanos. El 7 de agosto, durante la audiencia preliminar en su caso, Espinoza se declaró culpable del ataque a un soldado para evitar regresar a la prisión. Según dijo, un juez le impuso como condena 120 horas de servicio comunitario y ordenó que compareciera ante el tribunal cada 30 días.

 

 

Abusos en las calles

Entre abril y julio de 2017, miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas —incluidas la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), la Policía Nacional Bolivariana (PNB), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y fuerzas policiales estatales—, junto con “colectivos”, recurrieron, de manera sistemática, a un uso desproporcionado de la fuerza para reprimir protestas contra el gobierno. En algunos de estos casos, el uso de la fuerza por los agentes no sólo pareció ser desproporcionado, sino que además no tuvo justificación alguna.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) concluyó en agosto de 2017 que el gobierno venezolano estaba impulsando “una política destinada a reprimir el disenso político e infundir temor en la población a fin de frenar las manifestaciones”[108]. Afirmó que su investigación sugiere “un uso generalizado y sistemático de fuerza excesiva y detenciones arbitrarias contra los manifestantes”, así como “un esquema de otras violaciones de derechos humanos, que abarcan violentos allanamientos de viviendas, torturas y malos tratos a los detenidos en relación con las protestas”[109].

Un informe oficial del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información señaló que se habían registrado 167 muertes en relación con las manifestaciones que tuvieron lugar entre el 6 de abril y el 4 de agosto de 2017, incluidos 17 casos en los cuales las personas fallecidas tenían menos de 18 años. Veintinueve de estas muertes se produjeron el 30 de julio, el día de la elección de los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente[110].

Según el ACNUDH, de las 124 muertes registradas por el Ministerio Público que ocurrieron en el contexto de manifestaciones contra el gobierno entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2017, miembros de las fuerzas de seguridad habrían sido responsables de, al menos 46 casos, y “colectivos”, de 27. El ACNUDH no contaba con información suficiente para emitir conclusiones respecto de quién era responsable por el resto de las muertes[111].

Durante la represión de las protestas contra el gobierno en 2014, las fuerzas de seguridad permitieron que “colectivos” agredieran a civiles que no estaban armados, y en algunos casos colaboraron con ellos en los ataques[112]. En al menos cuatro casos documentados para este informe, intervinieron “colectivos” en la detención de personas que, posteriormente, fueron puestas a disposición de las fuerzas de seguridad. En varios casos, hubo testigos que describieron que los “colectivos” trabajaban en forma conjunta con miembros de las fuerzas de seguridad o a plena vista de estos para reprimir manifestaciones, en ocasiones disparando con armas de fuego contra los manifestantes. El 5 de julio, varios miembros de “colectivos” atacaron y sitiaron la Asamblea Nacional en Caracas durante varias horas, a la vista de miembros de las fuerzas de seguridad que parecieron hacer poco para proteger a la institución o para dispersar a estas pandillas armadas partidarias del gobierno[113].

Durante el período comprendido entre abril y julio, miembros de las fuerzas de seguridad utilizaron armas menos letales, como cañones de agua, gases lacrimógenos y perdigones, de un modo que parecía tener como fin deliberado infligir dolor a manifestantes y transeúntes[114]. Los testigos, las víctimas y el personal médico que los atendió describieron numerosos incidentes en los cuales las fuerzas de seguridad utilizaron casquillos de balas de goma modificados que, en cambio, llevaban dentro canicas, vidrios rotos o tuercas metálicas. En algunos casos, esos proyectiles pueden ser letales. En algunas circunstancias, el uso abusivo de este tipo de armas menos letales, cuando se realiza con la intención de causar daño grave, y según la intensidad del dolor y el sufrimiento provocado, puede constituir un trato cruel, inhumano o degradante, o incluso tortura[115].

En todo el país, manifestantes y ciudadanos que viven en áreas donde los opositores han instalado barricadas han sufrido, con frecuencia, lesiones ocasionadas por cartuchos de gas lacrimógeno, rondas de disparos de armas de fuego regulares o modificadas y disparos de balas efectuados desde corta distancia por miembros de las fuerzas de seguridad y “colectivos”, que en algunas oportunidades ocasionaron lesiones graves —algunas de ellas de carácter permanente—e incluso la muerte. En muchos casos, las fuerzas de seguridad no habrían realizado ninguna advertencia antes de disparar una gran variedad de municiones antidisturbios y cartuchos de gas lacrimógeno en manifestaciones y áreas residenciales próximas, según lo indicaron manifestantes y transeúntes en entrevistas. Y tal como se detalló anteriormente en el informe, miembros de las fuerzas de seguridad a menudo también sometieron a manifestantes y transeúntes a cruentas golpizas y otras formas de violencia física al reprimir las manifestaciones.

El gobierno sostiene que 10 agentes de las fuerzas de seguridad —tres de la GNB, uno de la DGCIM y seis de fuerzas policiales estatales— murieron en el contexto de las manifestaciones. Informó sobre varios episodios de violencia contra simpatizantes del gobierno, incluidos dos casos en los cuales las víctimas habrían sido quemadas y uno en el cual se linchó a un militar retirado[116].

Durante enfrentamientos con las fuerzas de seguridad, algunos grupos de manifestantes opositores al gobierno, en oportunidades, utilizaron piedras, cócteles Molotov, fuegos artificiales modificados y utilizados como explosivos, morteros y otros explosivos de fabricación casera.

Las reuniones ilícitas o violentas pueden ser dispersadas por las fuerzas de seguridad. Sin embargo, al dispersar cualquier reunión pacífica, aun cuando sea ilícita, las fuerzas de seguridad deben evitar el uso de la fuerza o, si eso no es posible, restringir su uso al mínimo grado necesario. Al dispersar reuniones violentas, los funcionarios de seguridad pública pueden usar armas de fuego solamente cuando no sea posible emplear medios menos peligrosos, e igualmente sólo en la medida mínima necesaria. En todos los casos, deberían usar armas de fuego solamente para fines de autodefensa o en defensa de terceros contra una amenaza inminente de muerte o lesión grave, para prevenir la comisión de un delito particularmente grave que implique una amenaza seria para la vida, o para detener o evitar la fuga de una persona que presente dicho peligro y se resista a su autoridad. Aun en estas circunstancias, se deben utilizar armas de fuego solamente cuando los métodos menos extremos no resulten suficientes para lograr estos objetivos. El uso letal deliberado de armas de fuego se permite solamente cuando resulta estrictamente inevitable para proteger la vida[117].

Asesinatos

El 26 de abril, el jugador de baloncesto Juan Pablo Pernalete, de 20 años, que cursaba la carrera de contador público, estaba participando en una manifestación contra el gobierno en Altamira, Caracas, cuando un agente de la GNB lanzó directamente sobre el tórax de Pernalete, a una distancia de 15 metros, un proyectil de gas lacrimógeno diseñado para ser disparado desde larga distancia. El impacto le provocó la muerte[118].

Si bien funcionarios gubernamentales inmediatamente culparon a los demás manifestantes por la muerte de Pernalete[119], una investigación llevada a cabo por quien era entonces Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, estableció que, de hecho, un agente de la GNB había sido el autor del disparo fatal[120]. Una abogada que estaba trabajando en el caso señaló que las pruebas en el expediente de Ortega Díaz indicaban que el guardia había lanzado el proyectil de largo alcance desde una distancia de aproximadamente 15 metros del lugar donde estaba Pernalete[121].

El 8 de septiembre, Tarek Saab William, el Fiscal General nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente oficialista después de la destitución de Ortega, anunció que volvería a abrir la investigación de la muerte de Pernalete debido a la sospecha de que pruebas que incriminaban a la GNB se habían manipulado.[122]

El 13 de agosto, el estudiante y jugador de fútbol Luis Guillermo Espinoza, de 16 años, murió varias semanas después de que un miembro de la GNB le disparara a quemarropa en la cabeza durante una manifestación en San Diego, estado Carabobo. Un testigo describió a Human Rights Watch que el adolescente estaba intentando escapar corriendo de miembros de la GNB el 5 de junio cuando tres motocicletas lo rodearon. Espinoza se resistió cuando los agentes lo golpearon, y luego intentó escapar. “Le colocaron la escopeta en la cabeza. Él se quedó tranquilo por un momento”, manifestó el testigo a Human Rights Watch. “Se descuida el guardia y Luis empezó a correr. Oí una detonación. Yo cerré los ojos. Y luego lo vi [en el piso].”[123].

En otro caso documentado para este informe, un transeúnte murió cuando miembros de las fuerzas de seguridad presuntamente efectuaron disparos hacia zonas residenciales donde se habían refugiado manifestantes. El 11 de julio, miembros de las fuerzas de seguridad habrían disparado a través de las puertas de un complejo residencial de El Tocuyo, estado Lara, y mataron a la profesora de educación física jubilada y organizadora comunitaria Janeth Angulo, de 55 años, que estaba de pie frente a su vivienda. “Había salido para dejar que una mujer embarazada se refugiara en su casa, que queda a unos 300 metros de donde estaban disparando las fuerzas de seguridad, cuando le pegaron un tiro en la cabeza”, dijo una de sus hermanas. Sus familiares dijeron que, más tarde, un policía fue detenido en relación con la muerte de Angulo[124].

El 7 de junio, Neomar Lander, de 17 años, viajó con su madre y un primo desde Guarenas, donde residen, para participar en una manifestación contra el gobierno en Caracas[125]. Cuando los agentes de la GNB y de la PNB avanzaron para dispersar la protesta, los manifestantes comenzaron a correr en diferentes direcciones, explicó Zugeimar Armas, la madre de Lander. Armas perdió de vista a su hijo.

Más tarde, ese mismo día, recibió una llamada en la cual una persona conocida le dijo que, en redes sociales, circulaba un video en el cual se mostraba que Lander había sido asesinado. Armas acudió a una clínica donde, según le dijeron, habían llevado a Lander. Allí, un médico le informó que el muchacho había llegado sin signos vitales. Armas manifestó que le permitieron ver el cuerpo de su hijo, que tenía un “hueco” en el tórax que era “demasiado grande”.

El 8 de junio, el vicepresidente de Venezuela sostuvo que Lander falleció por la explosión de un mortero, y descartó que su muerte se debía al impacto de una bomba lacrimógena[126].

En octubre, una representante del Ministerio Público le dijo a Armas y a su esposo que debían confiar en ella y en los fiscales, que entonces estaban investigando el caso. Armas dijo a Human Rights Watch en octubre: “¿Cómo pretende que confiemos en ella si van cuatro meses y no pasó nada, y el gobierno dice que Neomar se mató?”

Lesiones graves

Las estadísticas más recientes publicadas por el Ministerio Público durante el mandato de Luisa Ortega Díaz, recientemente destituida, indican que, para fines de julio, se estaban investigando casi 2.000 casos de personas heridas durante las protestas. Si bien este número parece incluir casos en los cuales manifestantes y miembros de las fuerzas de seguridad fueron los presuntos autores, en más de la mitad de los casos el Ministerio Público estaba investigando presuntas violaciones de derechos fundamentales[127].

Profesionales médicos entrevistados por Human Rights Watch que trabajaban en diferentes centros de salud en cinco lugares distintos señalaron haber tratado a numerosas personas con lesiones causadas por perdigones y cartuchos de gas lacrimógeno disparados a quemarropa a los manifestantes, con heridas en el abdomen, el torso, la cabeza y los ojos[128].

El 18 de mayo, el estudiante Oscar Serrada, de 22 años, estaba participando en una protesta contra el gobierno en la autopista Francisco Fajardo en Caracas cuando personal de la GNB y la PNB comenzó a disparar cartuchos de gas lacrimógeno a la multitud. La mayor parte de los manifestantes escaparon del lugar, pero algunos comenzaron a arrojar piedras y cócteles Molotov a los agentes de seguridad[129].

Serrada dijo que se alejó corriendo de la autopista y que, en una avenida cercana, caminó con las manos en alto hacia algunos miembros de la GNB, pidiendo que “parara la represión”. A medida que se acercaba, vio a un guardia a menos de 10 metros de distancia que estaba apuntándole con su escopeta, por lo cual se dio vuelta y comenzó a correr. Sintió un impacto en la parte posterior de la pierna derecha y tuvo la sensación de estar perdiendo mucha sangre, manifestó Serrada.

Alguien vio que Serrada cojeaba y lo llevó en motocicleta a un centro de atención de urgencias de la Cruz Verde en las proximidades, donde le brindaron atención de primeros auxilios. Luego, Serrada se dirigió a una clínica, donde una radiografía reveló que tenía una canica (metra) de vidrio alojada en la pierna. Los médicos operaron a Serrada dos días más tarde para retirar la canica, según contó. Hemos revisado imágenes de Serrada recibiendo atención médica en la calle, de las radiografías que le tomaron y de la canica que se extrajo de su cuerpo[130].

A principios de julio, el estudiante Hernán Sánchez (seudónimo), de 16 años, del estado Mérida, se dirigía desde la escuela a su clase de teatro cuando se encontró con una manifestación. Sánchez dijo que, al ver que llegaba la policía del estado Mérida, empezó a correr e intentó esconderse detrás de un automóvil. Afirma que un policía montado en una motocicleta lo vio y le disparó desde corta distancia con un arma con perdigones. Sánchez dijo que, al no haber advertido las lesiones sufridas, siguió corriendo hasta que fue capturado por policías que lo llevaron a una estación cercana. Recién entonces se dio cuenta de que le sangraba el abdomen, manifestó Sánchez[131].

Sánchez señaló que, aunque su camiseta blanca estaba empapada en sangre, lo cual indicaba que estaba herido, fue golpeado por policías en la estación y liberado en una plaza pública algunos minutos más tarde. Un hombre que pasaba por allí lo llevó a una clínica donde, según indicó Sánchez, los médicos le dijeron que los perdigones le habían perforado el colon y que aún tenía en el cuerpo una parte del cartucho. Los médicos debieron practicarle una colostomía y Sánchez pasó más de un mes en el hospital. Sus familiares señalaron a Human Rights Watch que las tres operaciones les costaron alrededor de 15 millones de bolívares y que la madre de Sánchez, que tuvo que dejar de trabajar para cuidar a su hijo, se vio obligada a cancelar el alquiler de su restaurante por no poder pagarlo, y a tomar préstamos para solventar el tratamiento de su hijo[132].

En otro caso a fines de junio, Carlos Rambrant (seudónimo), de 19 años, estaba en la primera línea de una protesta con otros jóvenes cuando, de pronto, se encontró en el suelo. Las radiografías que la familia de Rambrant compartió con Human Rights Watch mostraron una bala alojada en una de sus vértebras cervicales. Rambrant explicó que la bala no le había atravesado el cuello porque antes había rebotado desde el interior de su máscara de gas. Aunque no podía moverse y sentía como si su cuerpo hubiera muerto, todavía estaba consciente[133].

Otros manifestantes llevaron rápidamente a Rambrant a un hospital donde los médicos lo estabilizaron, manifestó. Miembros del CICPC se presentaron en el lugar rápidamente para hacerle preguntas. Por temor a ser detenidos, los familiares de Rambrant mintieron a la CICPC y dijeron que al joven le había disparado un ladrón.

Rambrant, que se encontraba postrado, dijo que la bala no le había seccionado la columna vertebral, pero sí le había quemado una parte, y que esto le había ocasionado parálisis temporal. “Al principio, por el golpe, todo el dolor se bloqueó y yo no lo sentía. Pero fui recuperando la sensibilidad progresivamente y ahora siento mucho dolor. Ahora tengo un poco de movilidad, pero igualmente no siento nada desde el corazón para abajo”, explicó. Señaló que los médicos le dijeron que volver a caminar podría llevarle hasta un año.

Golpizas

El 22 de julio, en Barquisimeto, estado Lara, personal de la GNB habría dado una golpiza al fotógrafo de prensa Luis Enrique Díaz Kay, quien había intentado evitar la detención de un joven que, según creía, las autoridades habían detenido por suponer equivocadamente que había participado en una protesta. Dijo que los agentes de la GNB lo golpearon en la cabeza y cayó al suelo. Según Díaz, mientras algunos lo sujetaban por los pies, otros lo golpearon y le dieron patadas en distintas partes del cuerpo. Díaz expresó que se defendió y que había logrado ponerse de pie nuevamente, pero uno de los guardias lo tomó fuertemente del cuello hasta que le faltó el aire y le fracturó dos vértebras cervicales, justo antes de que Díaz lo mordiera y lograra escapar[134]. Cuando entrevistamos a Díaz en agosto, usaba un cuello ortopédico. Human Rights Watch consultó una copia de su historia clínica y la descripción de las lesiones coincidía con lo señalado por Díaz.

El 26 de julio, agentes de la GNB capturaron a Alberto Caramés (seudónimo), de 37 años, durante un intento de dispersar una barricada instalada como protesta en Mérida. Caramés expresó que un guardia le fracturó la mandíbula con la culata de su arma, y que sentía que los molares inferiores tocaban su paladar. Luego, los guardias le quitaron los zapatos y le ataron las manos a una motocicleta usando el suéter que llevaba puesto. Lo arrastraron descalzo a una velocidad de 20 o 30 kilómetros por hora por cerca de 10 metros. Como consecuencia, sufrió quemadura completa de las plantas de los pies, señaló Caramés. A continuación, el suéter se rompió y él cayó al suelo. Se desmayó y recobró el conocimiento cuando se encontraba en una clínica privada[135].

Redadas en zonas residenciales

Al realizar las investigaciones para este informe, Human Rights Watch y el Foro Penal también documentaron seis casos en los cuales miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas llevaron a cabo redadas en áreas residenciales y edificios de apartamentos en Caracas y en cuatro estados. En algunas de estas redadas, que habitualmente se produjeron cerca de barricadas construidas por residentes en forma de protesta, las fuerzas de seguridad presuntamente irrumpieron en viviendas particulares sin contar con órdenes judiciales, robaron artículos personales y alimentos y golpearon y detuvieron a residentes.

El 15 de mayo, decenas de habitantes del área residencial de Mañongo, en Valencia, estado Carabobo, participaron en una protesta nacional contra el gobierno que se conoció como “el Plantón”, durante la cual los manifestantes bloquearon carreteras principales en todo el país. Alrededor de las 4 p.m., después de finalizada la manifestación, al menos 50 miembros de la GNB y del CICPC ingresaron por la fuerza en cuatro edificios residenciales de la zona diciendo que estaban buscando a un francotirador, contó un residente. Varios residentes dijeron que los agentes de seguridad entraron por la fuerza en varios departamentos, donde robaron artículos personales de sus residentes, incluidos teléfonos celulares, prendas de vestir y dinero en efectivo. Un residente manifestó que vio a un agente apuntar un arma a una mujer que tenía en brazos a un bebé; y otros informaron que los agentes golpearon y detuvieron a varios residentes y a dos personas que trabajaban en los edificios[136].

El 13 de junio, agentes de la GNB y del CONAS llevaron a cabo un allanamiento en el complejo de departamentos Los Verdes, en Caracas, horas después de que muchos de sus residentes habían participado en protestas contra el gobierno, señaló una residente[137].

Los agentes que ingresaron en la vivienda de esta residente se encontraban armados, tenían el rostro cubierto con pasamontañas negros y no exhibieron ningún documento de identificación, expresó la residente. No tenían un orden judicial, agregó, y le dijeron que, si colaboraba con ellos, “no habría violencia”.

Otra residente del complejo de apartamentos dijo al sitio de noticias Crónica Uno que un grupo de 10 hombres armados —dos de ellos con el rostro cubierto— ingresaron en su vivienda, la acusaron de colaborar con “terroristas” y le dispararon a su perro en el ojo cuando comenzó a ladrar[138]. Otros dijeron a medios de Venezuela, en entrevistas grabadas disponibles en vídeo, que agentes de seguridad dañaron automóviles, ingresaron en viviendas sin órdenes judiciales, se llevaron computadoras y grabaciones de video de cámaras de seguridad en las oficinas centrales del edificio y detuvieron a varias personas[139]. Varios residentes registraron el momento en que un convoy militar irrumpió en la entrada principal del complejo residencial y tomaron fotografías de los destrozos causados a las puertas y a los automóviles, según se informó en los medios[140].

Esa noche, el Ministro de Interior y Justicia Néstor Reverol dijo, a través de Twitter, que 23 “terroristas” habían resultado detenidos durante el operativo[141].

En otros casos, miembros de las fuerzas de seguridad habrían disparado en forma indiscriminada hacia zonas residenciales donde manifestantes desarrollaban actividades o donde se presumía que vivían. En la ciudad de Mérida, por ejemplo, varios complejos residenciales cerca de las áreas de La Croacia, La Humboldt y Cardenal Quintero se vieron particularmente afectados. Socorristas voluntarios que trabajaron en esas zonas durante las protestas contaron que varias personas que vivían en los complejos residenciales se vieron afectadas por el gas lacrimógeno lanzado por las fuerzas de seguridad desde las calles hacia sus viviendas[142]. Un joven estudiante de medicina que vivía en el lugar y también atendió a los pacientes dijo que personal de la GNB disparó aproximadamente 30 cartuchos de gas lacrimógeno en dirección a las residencias Cardenal Quintero el 27 de mayo[143].

El 30 de mayo, residentes del complejo de edificios de departamentos Parque Las Américas, en Mérida, dijeron a la organización de derechos humanos local Promedehum que varios departamentos —incluidos algunos donde en ese momento se encontraban sus residentes—, se incendiaron cuando miembros de la GNB arrojaron cartuchos de gas lacrimógeno a través de las ventanas. El gobernador del estado de Mérida hizo referencia a un informe de los bomberos que indicaba que la causa del incendio era “indeterminada”, según Promedehum. También hay testimonios de residentes que manifestaron que las fuerzas de seguridad dispararon casquillos modificados con canicas de vidrio grandes directamente a los apartamentos. Otros cartuchos de gas lacrimógeno cayeron en el interior de un establecimiento de educación preescolar de la zona, señaló Promedehum. Si bien en ese momento no había niños la institución, varios miembros del personal tuvieron que esconderse en los baños[144].

 

 

Agradecimientos

La investigación y redacción de este informe estuvieron a cargo de un equipo de investigadores de la división de las Américas y el Equipo de Emergencias de Human Rights Watch, incluyendo a Tamara Taraciuk Broner, investigadora sénior de la división de las Américas de Human Rights Watch, quien además supervisó el trabajo. Fue revisado por Alfredo Romero y Gonzalo Himiob, director ejecutivo y director del Foro Penal, respectivamente. Fue editado por Daniel Wilkinson, director adjunto para la división de las Américas de Human Rights Watch; Dan Baum, editor/investigador sénior; Joe Saunders, subdirector de programas; Chris Albin-Lackey, asesor legal sénior; y José Miguel Vivanco, director ejecutivo de la división de las Américas. Las asociadas de la división de las Américas María Barragán-Santana y Delphine Starr contribuyeron a la producción del informe. Camila Leone, colaboradora de la División de las Américas, contribuyó al trabajo de investigación. El documento fue preparado para su publicación por Madeline Cottingham, coordinadora de publicaciones, Fitzroy Hepkins, gerente administrativo, y José Martínez, coordinador administrativo sénior. Fue traducido al español por Gabriela Haymes.

Human Rights Watch y el Foro Penal desean agradecer a las numerosas organizaciones y personas en Venezuela que colaboraron con este informe, muchas de las cuales pidieron no ser identificadas. Deseamos agradecer, asimismo, a los siguientes abogados del Foro Penal que coordinaron el trabajo de defensa legal en sus estados y proporcionaron información detallada y contactos para documentar los casos incluidos en este informe: Dimas Rivas (Aragua), Ezequiel Monsalve (Bolívar), Luis Betancourt (Carabobo), Fernando Cermeño (Mérida), Alberto Iturbe (Miranda), José Armando Sosa (Monagas), Raquel Sánchez (Táchira) y Laura Valbuena (Zulia). Mariana Ortega, abogada del Foro Penal, contribuyó al trabajo en Caracas. También agradecemos enormemente la colaboración brindada por Nizar El Fakih y las siguientes ONG para ponernos en contacto y coordinar entrevistas con víctimas: Promedehum en el estado de Mérida, Funpaz en el estado de Lara y Espacio Público en Caracas. Finalmente, quisiéramos agradecerle a Retratos Urgentes, un proyecto audiovisual que publica videos de entrevistas con víctimas, por compartir información con nosotros.

Human Rights Watch y el Foro Penal agradecen en particular a las víctimas y familiares que nos transmitieron su testimonio. Las violaciones de derechos humanos dejan a menudo secuelas profundas en las víctimas y sus familias, y relatar nuevamente estas experiencias puede resultar difícil. Muchas de las víctimas que hablaron con nosotros manifestaron que esperaban que, al contarnos lo sucedido, pudieran ayudar a evitar que otras personas sufran los mismos abusos.

 

 

 

 

 

[1] Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, “Víctimas fatales de la violencia política en Venezuela abril-agosto 2017”, 4 de agosto de 2017, http://minci.gob.ve/wp-content/uploads/2017/08/Investigaci%C3%B3n-Period%C3%ADstica-V%C3%ADctimas-Fatales-de-la-Violencia-Pol%C3%ADtica-ABRIL-AGOSTO-2017-Actualizado-04-08-17.pdf (consultado el 3 de octubre de 2017).

[2] “Venezuela: Violencia y libertad de expresión”, video de YouTube subido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 25 de octubre de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=rV0NW2PdBJs (consultado el 26 de octubre de 2017).

[3] Para obtener más información, ver Human Rights Watch, “Venezuela: Responsabilidad de los altos mandos en los abusos”, 15 de junio de 2017, https://www.hrw.org/es/news/2017/06/15/venezuela-responsabilidad-de-los-altos-mandos-en-los-abusos.

[4] Consejo Permanente de la OEA, Resolución sobre los sucesos recientes en Venezuela, 3 de abril de 2017, http://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-022/17 (consultado el 26 de octubre de 2017).

[5] Human Rights Watch, Castigados por protestar: Violaciones de derechos en las calles, centros de detención y el sistema de justicia en Venezuela, mayo de 2014, https://www.hrw.org/es/report/2014/05/05/castigados-por-protestar/violaciones-de-derechos-en-las-calles-centros-de.

[6] Ver, por ejemplo, “Disidentes denuncian torturas y confesiones forzadas”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 26 de julio de 2016, https://www.hrw.org/es/news/2016/07/27/venezuela-disidentes-denuncian-torturas-y-confesiones-forzadas; Inter American Commission on Human Rights, 2015 Annual Report, chapter IV.b., http://www.oas.org/es/cidh/ docs/anual/2016/docs/InformeAnual2016cap4B.Venezuela-es.pdf (consultado el 14 de noviembre de 2017); Inter American Commission on Human Rights, 2016 Annual Report, chapter IV.b, http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2016/docs/ InformeAnual2016cap4B.Venezuela-es.pdf (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[7] Tuit del Tribunal Supremo de Venezuela, 29 de marzo de 2017, https://twitter.com/TSJ_Venezuela/ status/847253601433010182 (consultado el 3 de noviembre de 2017).

[8] Tuit del Tribunal Supremo de Venezuela, 28 de marzo de 2017, https://twitter.com/TSJ_Venezuela/ status/846734321268523008 (consultado el 5 de octubre de 2017).

[9] “Venezuela’s top prosecutor Luisa Ortega Díaz rebukes Supreme Court power grab”, Associated Press, 31 de marzo de 2017, https://beta.theglobeandmail.com/news/world/venezuelas-top-prosecutor-luisa-ortega-diaz-rebukes-supreme-court-power-grab/article34548004/?ref=http://www.theglobeandmail.com& (consultado el 4 de octubre de 2017).

[10] Sentencia del Tribunal Supremo, http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/197399-157-1417-2017-17-0323.HTML (consultado el 5 de octubre de 2017); “TSJ suprime decisión de asumir las facultades de Asamblea Nacional”, CNN, 1 de abril de 2017, http://cnnespanol.cnn.com/2017/04/01/tsj-de-venezuela-suprime-decision-de-asumir-las-competencias-de-asamblea-nacional/ (consultado el 4 de octubre de 2017). Para obtener información adicional sobre falta de independencia judicial en Venezuela, ver Human Rights Watch, Una Década de Chávez: Intolerancia política y oportunidades perdidas para el progreso de los derechos humanos en Venezuela”, 18 de septiembre de 2008, https://www.hrw.org/es/report/2008/11/ 25/una-decada-de-chavez/intolerancia-politica-y-oportunidades-perdidas-para-e; y Human Rights Watch, “¿Rompiendo el Control?: Concentración y Abuso de poder en la Venezuela de Chávez”, 17 de julio de 2012, https://www.hrw.org/es/ news/2012/07/17/venezuela-concentracion-y-abuso-de-poder-con-chavez.

[11] La grave escasez de medicamentos, insumos médicos y alimentos han socavado las posibilidades de numerosos venezolanos de obtener una nutrición y una atención de la salud adecuadas. El gobierno ha negado que exista una crisis, no ha adoptado medidas para mitigar la escasez y solamente ha realizado acciones limitadas para obtener asistencia internacional humanitaria que podría estar disponible inmediatamente. Para obtener más información, ver Human Rights Watch, Crisis Humanitaria en Venezuela: La inadecuada y represiva respuesta del gobierno ante la grave escasez de medicinas, insumos y alimentos, 24 de octubre de 2016, https://www.hrw.org/es/report/2016/10/24/crisis-humanitaria-en-venezuela/la-inadecuada-y-represiva-respuesta-del-gobierno.

[12] En mayo, el Presidente Nicolás Maduro elogió públicamente la actuación de las fuerzas de seguridad y en ningún momento ha manifestado consternación por los abusos. Ese mismo mes, el ministro de Interior, el Mayor General Néstor Reverol, expresó palabras sumamente elogiosas durante un encuentro de jefes de policía de todo el país, pero no dijo nada sobre la necesidad de frenar los abusos. En septiembre, Delcy Rodríguez, presidenta oficialista de la Asamblea Constituyente, que integra una “Comisión de la Verdad” para investigar lo sucedido en 2017, declaró que las fuerzas de seguridad habían actuado en “estricto apego a la Constitución de la República y a las leyes”. Una representante del gobierno indicó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre que todas las muertes habían sido causadas por “actos de violencia y crímenes de odio promovidos por algunos sectores de la ultraderecha derecha venezolana” y que las fuerzas de seguridad habían cumplido con “principios universales de actuación para funcionarios encargados de cumplir la ley”. Tuit de Nicolás Maduro, 26 de mayo de 2014, https://twitter.com/NicolasMaduro/status/868240897091264514 (consultado el 26 de octubre de 2017); “Reverol define con PNB estrategias de protección del orden público”, PSUV, 30 de mayo de 2017, http://www.psuv.org.ve/temas/noticias/coordinacion-reestructuracion-nestor-luis-reverol-ministro-pnb-regiones-estrategicas-acciones-orden-publico-consolidacion/#.WTG7N4WcGUk (consultado el 26 de octubre de 2017); “Comisión de la Verdad señala que GNB respetó DDHH en protestas opositoras”, El Universal, http://www.eluniversal.com/ noticias/politica/comision-verdad-senala-que-gnb-respeto-ddhh-protestas-opositoras_670640 (consultado el 26 de octubre de 2017); “Venezuela: Violencia y libertad de expresión”, video de YouTube subido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 25 de octubre de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=rV0NW2PdBJs (consultado el 26 de octubre de 2017).

[13] “What did Vladimir Padrino López Say and Why did he Say it?,” Caracas Chronicles, 7 de junio de 2017, https://www.caracaschronicles.com/2017/06/07/what-did-vladimir-padrino-lopez-say-and-why-did-he-say-it/ (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[14] Decreto Ejecutivo N.º 2830, 1 de mayo de 2017, http://www.presidencia.gob.ve/Site/Web/Principal/paginas/ Gaceta/Gaceta_Oficial_Extraordinaria_6295.pdf (consultado el 9 de octubre de 2017).

[15] El 23 de mayo, Maduro emitió otro decreto que establecía la composición de la Asamblea Constituyente. Dispone que 364 de sus miembros serían elegidos como representantes de determinadas zonas del país (“representación territorial”), ocho representarían a comunidades indígenas y el resto serían elegidos para representar a grupos específicos (“representación sectorial”). Según se indica en el decreto, hay siete “sectores” que quedarían representados por este último grupo: pescadores y campesinos, personas con discapacidad, empresarios, pensionados, estudiantes, trabajadores y miembros de consejos comunales. Se elegiría, en total, a 174 representantes de estos sectores, según las normas electorales adoptadas posteriormente por el Consejo Nacional Electoral. Los críticos afirman que la “representación sectorial” refleja una selección esencialmente arbitraria de los grupos a representar. Sostienen que en tanto el componente de “representación territorial” se basa en una cantidad preestablecida de representantes por municipio, con independencia de cuántas personas vivan allí, asigna mayor preponderancia al voto de quienes viven en zonas rurales. En muchas zonas rurales, las personas han apoyado tradicionalmente al gobierno de Maduro, mientras que en general la oposición se concentra en las zonas urbanas. “El ABC de la propuesta de Asamblea Constituyente de Maduro”, publicación en blog de Human Rights Watch “La crisis venezolana”, https://www.hrw.org/content/306478 (consultado el 3 de noviembre de 2017); Tuit del Tribunal Supremo de Venezuela, 31 de mayo de 2017, https://twitter.com/TSJ_Venezuela/status/869952063127662592/ photo/1?ref_src=twsrc%5Etfw&ref_url=http%3A%2F%2F%20 (consultado el 4 de octubre de 2017); “TSJ: Ejecutivo venezolano facultado para llamar a Constituyente”, Telesur, 31 de mayo de 2017, www.telesurtv.net%2Fnews%2FTSJ-Ejecu tivo-venezolano-facultado-para-llamar-a-Constituyente-20170531-0041.html (consultado el 4 de octubre de 2017).

[16] Declaración de Smartmatic sobre la reciente elección de la Asamblea Constituyente en Venezuela (Smartmatic statement on the recent Constituent Assembly Election in Venezuela), 2 de agosto de 2017, http://www.smartmatic. com/news/article/smartmatic-statement-on-the-recent-constituent-assembly-election-in-venezuela/ (consultado el 4 de octubre de 2017).

[17] Tuit de la Asamblea Nacional, 18 de agosto de 2017, https://twitter.com/ANC_ve/status/898577887460306945 (consultado el 5 de octubre de 2017); “New Venezuelan Assembly Votes to Oust Chief Prosecutor”, Bloomberg, 5 de agosto de 2017, https://www.bloomberg.com/news/articles/2017-08-05/venezuela-guard-surrounds-prosecutor-s-office-before-ouster-vote (consultado el 5 de octubre de 2017); “Constituent Assembly votes to remove Luisa Ortega”, Al Jazeera, 5 de agosto de 2017, http://www.aljazeera.com/news/2017/08/troops-encircle-chief-prosecutor-luisa-ortegas-office-170805130418407.html (consultado el 5 de octubre de 2017).

[18] La milicia no aparece incluida como uno de los componentes de las Fuerzas Armadas en la Constitución. Fue creada en 2007 por el entonces Presidente Hugo Chávez. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, art. 329; Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, arts. 40-42; Guardia Nacional Bolivariana, “Misión”, sin fecha, http://www.guardia.mil.ve/web/mision/ (consultado el 28 de septiembre de 2017).

[19] “Maduro ordena incorporar 40.000 efectivos a la Guardia Nacional y la Policía”, Infodefensa, 3 de julio de 2017, http://www.infodefensa.com/latam/2017/07/03/noticia-maduro-ordena-aumentar-20000-efectivos-guardia-nacional-venezuela.html (consultado el 5 de octubre de 2017); “Maduro pide incorporar a 40.000 jóvenes a la GNB y en la PNB”, El Nacional, 20 de junio de 2017, http://www.el-nacional.com/noticias/gobierno/maduro-pide-incorporar-40000-jovenes-gnb-pnb_188676 (consultado el 5 de octubre de 2017).

[20] Reglamento Orgánico de la Dirección de Contra Inteligencia Militar, publicado por la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N.º 40.599 del 10 de febrero de 2015.

[21] Ibíd.

[22] Resolución N.º 000568 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, de fecha 2 de abril de 2013, publicada en la Gaceta Oficial N.º 40.140 del 4 de abril de 2013.

[23] “Activado operativo del Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro de la GNB”, Informe 21, https://informe21.com/poli tica/activado-operativo-del-comando-nacional-antiextorsion-y-secuestro-de-la-gnb (consultado el 24 de octubre de 2017).

[24] Policía Nacional Bolivariana, “Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana”, sin fecha, http://www.policianacional.gob.ve/ index.php/institucion/resena (consultado el 28 de septiembre de 2017).

[25] Policía Nacional Bolivariana, “Despliegue a nivel nacional”, sin fecha, http://www.policianacional.gob.ve (consultado el 30 de septiembre de 2017).

[26] “Maduro ordena incorporar 40.000 efectivos a la Guardia Nacional y la Policía”, Infodefensa, 3 de julio de 2017, http://www.infodefensa.com/latam/2017/07/03/noticia-maduro-ordena-aumentar-20000-efectivos-guardia-nacional-venezuela.html (consultado el 5 de octubre de 2017); “Maduro pide incorporar a 40.000 jóvenes a la GNB y en la PNB”, El Nacional, 20 de junio de 2017, http://www.el-nacional.com/noticias/gobierno/maduro-pide-incorporar-40000-jovenes-gnb-pnb_188676 (consultado el 5 de octubre de 2017).

[27] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, art. 332.

[28] Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, publicada en la Gaceta Oficial N.º 6.079 Extraordinario, de fecha 15 de junio de 2012, art. 35.

[29] Ibíd., art. 48.

[30] Decreto Ejecutivo N.º 9.308 mediante el cual se adscribe a la Vice-Presidencia de la República Bolivariana al SEBIN, publicado en la Gaceta Oficial N.º 40.066, 6 de diciembre de 2012.

[31] Decreto Ejecutivo N.º 7453, Gaceta Oficial N.º 39.463, 1 de junio de 2010, arts. 1 y 3.

[32] Incluyen, entre otros, organizaciones educativas, ambientales, feministas y sindicales. “Colectivos venezolanos: representantes del Poder Comunal y Popular”, Telesur, 13 de febrero de 2014, https://www.telesurtv.net/news/Colectivos-venezolanos-representantes-del-Poder-Comunal-y-Popular-20140213-0035.html (consultado el 25 de octubre de 2017).

[33] Al detener a una persona, los agentes deben respetar determinados requisitos legales, incluidos los siguientes: (i) usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida requerida, (ii) no usar armas, salvo en caso de resistencia que ponga en riesgo la vida o la integridad de personas, (iii) no infligir, instigar ni tolerar ningún acto de tortura ni trato cruel, inhumano o degradante, (iv) identificarse como agentes de una fuerzas de seguridad, (v) informar a la persona detenida sobre sus derechos, (vi) informar a los familiares sobre dónde está detenida la persona e indicar por escrito el lugar, la fecha y la hora de la detención. Código Orgánico Procesal Penal, art. 119.

[34] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, art. 44.

[35] Código Orgánico Procesal Penal, art. 236. También, el detenido goza de los siguientes derechos legales: (i) ser informado de manera clara y específica sobre los hechos que se le atribuyen, (ii) contactarse con su familia y abogados para informarles sobre su detención, (iii) no ser objeto de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, (iv) ser escuchado durante el proceso cuando así lo solicite, (v) no ser objeto de tácticas o métodos que puedan incidir en su libre albedrío (incluso con su consentimiento), (vi) ser asistido durante las etapas iniciales de la investigación por un asesor legal elegido por el mismo detenido o por un familiar o, de lo contrario, por un defensor de oficio, entre otros. Código Orgánico Procesal Penal, art. 127.

[36] Ibíd., art. 236.

[37] Ibíd., arts. 295-296.

[38] Ibíd., art. 236.

[39] Ibíd., art. 309.

[40] Ibíd., art. 313.

[41] Ibíd., arts. 242(8) y 244.

[42] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, art. 261.

[43] PIDCP, art. 14.

[44] Comité de Derechos Humanos, Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de la República Bolivariana de Venezuela, CCPR/C/VEN/CO/4, 14 de agosto de 2015, párr. 16, http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/ Download.aspx?symbolno=CCPR%2fC%2fVEN%2fCO%2f4&Lang=en (consultado el 19 de septiembre de 2017): “El Estado parte debe adoptar las medidas legislativas y de otra índole necesarias para prohibir que civiles sean juzgados por tribunales militares”.

[45] Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Cantoral Benavides vs. Perú, 18 de agosto de 2000, http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_69_esp.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2017).

[46] El Foro Penal confirmó esta cifra a través de su red nacional de abogados ad honórem.

[47] Hay diversos motivos por los cuales estas celdas reciben comúnmente el nombre de “Tigritos” en Venezuela. Algunos activistas dicen que se debe al tamaño de la celda —en la que apenas cabe un tigre— y otros sostienen que se debe al hedor en estas celdas superpobladas, que es tan intenso como el de la jaula de un tigre.

[48] Asamblea General de la ONU, Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 10 de diciembre de 1984, Naciones Unidas, Serie de Tratados, vol. 1465, p. 85; firmada por Venezuela el 15 de febrero de 1985 y ratificada el 29 de julio de 1991.

[49] Entrevista de Human Rights Watch con Ernesto Martin (seudónimo), 22 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Beatriz Pérez (seudónimo), esposa de Martin, 7 de junio de 2017.

[50] Entrevista de Human Rights Watch con Orlando Moreno, 25 de septiembre de 2015; resumen escrito del caso proporcionado por José Armando Sosa, abogado del FP, septiembre de 2017.

[51] Resumen escrito del caso proporcionado por José Armando Sosa, abogado del FP, septiembre de 2017.

[52] Entrevista de Human Rights Watch con José Armando Sosa, abogado del FP, 10 de octubre de 2017.

[53] Entrevista de Human Rights Watch con Armando López Carrera, 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Antonio Alonzo Rivera, 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Andrés Salamanca, 16 de agosto de 2017.

[54] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 16 de agosto de 2017; documentos judiciales en los registros de Human Rights Watch.

[55] Entrevista de Human Rights Watch con Reny Elías, 22 de septiembre de 2017.

[56] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Valbuena, abogada del FP, 20 de septiembre de 2017.

[57] Ibíd.

[58] Entrevista de Human Rights Watch con Alejandro Pérez Castilla (seudónimo), 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 16 de agosto de 2017.

[59] Decisión del juez militar, 31 de julio de 2017 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[60] Entrevista de Human Rights Watch con Manuel Rojas Villas (seudónimo), 8 de agosto de 2017.

[61] Entrevista de Human Rights Watch con Wuilly Arteaga, 16 de septiembre de 2017.

[62] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, director del FP, 24 de agosto de 2017.

[63] Ibíd.

[64] Tuit de Tarek William Saab, 15 de agosto de 2017, https://twitter.com/TarekWiliamSaab/status/897631036137451520 (consultado el 19 de septiembre de 2017).

[65] “Con el Mazo Dando 16/08/2017”, video de Youtube subido por Noticias Venezuela el 16 de agosto de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=zr4de0iZKGQ (consultado el 27 de septiembre de 2017).

[66] “En Venezuela, la Policía le destroza el violín a Willy Arteaga, Violinista de la Libertad”, video de YouTube subido por LoMásTrinado el 24 de mayo de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=dWoaA5TpFhw (consultado el 25 de octubre de 2017).

[67] Entrevistas de Human Rights Watch con familiar de Wilmer Azuaje, mayo de 2017; hay copias de los documentos que presentaron familiares, así como también fotografías y videos relevantes, en los registros de Human Rights Watch.

[68] Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Caso AA10-1-2017-000056, 28 de junio de 2017.

[69] Fotografías disponible en: https://www.cubanet.org/wp-content/uploads/2017/07/wilmer_azuaje_encadenado _carcel_venezuela.jpg (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[70] “Roberto Picón, amigo de Capriles Radonski, lideraba hackeo informático del CNE”, video de YouTube subido por Multimedio VTV el 25 de junio de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=KmywiI3prgY (consultado el 9 de octubre de 2017).

[71] “Roberto Picón, allegado de Capriles Radonski, lideraba hackeo informático al CNE, informó Presidente Maduro”, Venezolana de Televisión, 25 de junio de 2017, http://vtv.gob.ve/roberto-picon-amigo-de-capriles-radonski-lideraba-hackeo-informatico-del-cne-senalo-jefe-de-estado/ (consultado el 9 de octubre de 2017).

[72] Entrevistas de Human Rights Watch con Isabella Picón, hija de Roberto Picón, junio-noviembre de 2017.

[73] Entrevista de Human Rights Watch con Oswaldo Graffe, padre de Carlos Graffe, 17 de julio y 11 de noviembre de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Elsa Henríquez Amador y Betalia Bermejo, madre y amiga, respectivamente, de Carlos Graffe, 16 de agosto de 2017.

[74] Tuit de Carlos Graffe, 13 de julio de 2017, https://twitter.com/CarlosGraffe/status/885543240191156224 (consultado el 9 de octubre de 2017).

[75] Tuit de Carlos Graffe, 13 de julio de 2017, https://twitter.com/CarlosGraffe/status/885703375433736192 (consultado el 9 de octubre de 2017).

[76] Entrevista de Human Rights Watch con familiares de Ángel Zerpa, respectivamente, 16 de agosto de 2017.

[77] “Uno a uno irán presos magistrados nombrados por el Parlamento”, HispanTV, 24 de julio de 2017, http://www. hispantv.com/noticias/venezuela/348330/maduro-magistrados-presos-congelar-bienes-oposicion (consultado el 9 de octubre de 2017).

[78] “Denuncian que nadie ha visto a Ángel Zerpa desde hace 48 horas”, El Nacional, 24 de julio de 2017, http://www.el-nacio nal.com/noticias/presos-politicos/denuncian-que-nadie-visto-angel-zerpa-desde-hace-horas_194864 (consulado el 9 de octubre de 2017).

[79] “Fiscalía de Venezuela interpone amparo tras la detención del abogado Ángel Zerpa”, CNN, 24 de julio de 2017, http://cnnespanol.cnn.com/2017/07/24/fiscalia-de-venezuela-interpone-amparo-tras-la-detencion-del-abogado-zerpa/ (consultado el 9 de octubre de 2017).

[80] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, director del FP, 26 de julio de 2017.

[81] Entrevista de Human Rights Watch con familiar de Zerpa, 25 de agosto de 2017 y noviembre de 2017.

[82] Entrevista de Human Rights Watch con José Manuel Olivares, 28 de septiembre de 2017.

[83] “Diosdado Cabello: Hermano de Olivares fue detenido por tener un carro Hermano de Olivares fue detenido por tener un carro robado), 800 Noticias, 25 de septiembre de 2017, http://800noticias.com/diosdado-cabello-hermano-de-olivares-fue-detenido-por-tener-un-carro-robado (consultado el 9 de octubre de 2017).

[84] Entrevista de Human Rights Watch con José Manuel Olivares, 28 de septiembre de 2017.

[85] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 14 de mayo de 2017.

[86] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 25 de septiembre de 2017.

[87] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Valbuena, abogada del FP, 15 de mayo de 2017.

[88] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Valbuena, abogada del FP, 20 de septiembre de 2017.

[89] Human Rights Watch, “Carta al Papa Francisco”, 5 de junio de 2015, https://www.hrw.org/es/ news/2015/06/05/venezuela-carta-al-papa-francisco.

[90] Tribunal Supremo de Venezuela, “Sala Constitucional del TSJ sanciona al Alcalde del municipio Iribarren del estado Lara a 15 meses de prisión”, 28 de julio de 2017, https://www.facebook.com/TSJVenezuela/photos/a.1431172463657220.1073741 828.1390972677677199/1450795105028289/?type=3&theater (consultado el 25 de septiembre de 2017); Tuit del Tribunal Supremo de Venezuela, 25 de julio de 2017, https://twitter.com/TSJ_Venezuela/status/889962014176665601 (consultado el 25 de septiembre de 2017); Tribunal Supremo, “Sala Constitucional del TSJ sanciona al Alcalde del municipio Libertador del estado Mérida a 15 meses de prisión”, 2 de agosto de 2017, https://www.facebook.com/TSJVenezuela/posts/145565056 4542743 (consultado el 25 de septiembre de 2017); “Por violar norma constitucional sobre manifestaciones públicas, TSJ condenó a 15 meses de prisión al Alcalde de Chacao”, Venezolana de Televisión, 8 de agosto de 2017, http://vtv.gob.ve/tsj-sanciono-con-15-meses-de-prision-al-alcalde-del-municipio-chacao-ramon-muchacho/ (consultado el 25 de septiembre de 2017); tuit del Tribunal Supremo de Venezuela, 9 de agosto de 2017, https://twitter.com/TSJ_Venezuela/status/ 895459690959732736 (consultado el 25 de septiembre de 2017).

[91] Por ejemplo: Tribunal Supremo de Venezuela, Sala Constitucional, 24 de mayo de 2017, https://www.civilisac.org/civilis/ wp-content/uploads/Sentencia-369-Sala-Constitucioanl-24-5-17-Alcalde-Mun-Chacao-Miranda.pdf (consultado el 24 de octubre de 2017); Tribunal Supremo de Venezuela, Sala Constitucional, 24 de mayo de 2017, http://www.civilisac.org/ civilis/wp-content/uploads/Sentencia-368-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Mun-El-Hatillo-Miranda.pdf (consultado el 24 de octubre de 2017).

[92] Entrevista de Human Rights Watch con Carmen y Natasha Ramos, esposa e hija de Alfredo Ramos, 7 de septiembre de 2017.

[93] Entrevista de Human Rights Watch con Ana Leonor Acosta, abogada de Ramos, 6 de noviembre de 2017.

[94] El Tribunal Supremo adoptó decisiones similares en los casos de Henrique Capriles Radonski, gobernador del estado de Miranda (http://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-389-Sala-Constitucional-1-6-17-Gobernador-Estad o-Miranda.pdf), Gerardo Blyde, alcalde del municipio de Baruta en el estado de Miranda (https://www.civilisac.org/civilis/w p-content/uploads/Sentencia-365-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Mun-Baruta-Miranda.pdf), José Fernández, alcalde del municipio de Los Salias en el estado de Miranda (https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-367-S ala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Mun-Los-Sal%C3%ADas-Miranda.pdf), Carlos Ocariz, alcalde del municipio de Sucre en el estado de Miranda (https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-373-Sala-Constitucional-25-5-17-Alcald e-del-Municipio-Sucre-Miranda.pdf ), Ronald Aguilar, alcalde del municipio de Antonio José de Sucre en el estado de Barinas (http://www.correodelorinoco.gob.ve/tsj-ordena-al-alcalde-de-socopo-realizar-acciones-necesarias-que-impidan-colocacio n-de-obstaculos-en-las-vias/), José Luis Machín, alcalde del municipio de Barinas en el estado de Barinas (https://www.civil isac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-376-Sala-Constitucional-31-5-17-Alcalde-Municipio-Barinas-Barinas.pdf), José Antonio Barrera, alcalde del municipio de Palavecino en el estado de Lara (https://www.civilisac.org/civilis/wp-content /uploads/Sentencia-401-Sala-Constitucional-1-6-17-Alcalde-Municipio-Palavecino-Estado-Lara.pdf), Juan José Peña, alcalde del municipio Alberto Adriani en el estado de Mérida (https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-370-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Mun-Alberto-Adriani-Mérida.pdf), Omar Lares, alcalde del municipio de Campo Elías en el estado de Mérida (https://www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-372-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcal de-Municipio-Campo-El%C3%ADas-Mérida.pdf) y Evelin Trejo, alcaldesa del municipio de Maracaibo en el estado de Zulia (http://www.correodelorinoco.gob.ve/sala-constitucional-admite-demanda-por-intereses-colectivos-y-difusos-contra-alcald esas-de-maracaibo-y-san-cristobal/) (consultado el 2 de octubre de 2017).

[95] Tribunal Supremo de Venezuela, Sala Constitucional, 24 de mayo de 2017, www.civilisac.org/civilis/wp-content/uploads/Sentencia-372-Sala-Constitucional-24-5-17-Alcalde-Municipio-Campo-El%C3%ADas-Mérida.pdf (consultado el 2 de octubre de 2017).

[96] Entrevistas de Human Rights Watch con Omar Lares y Ramona Rangel Colmenares, padres de Juan Pedro Lares, 6 de agosto y 11 de septiembre de 2017; mensaje de audio de empleado de la familia Lares en los registros de Human Rights Watch.

[97] Entrevista de Human Rights Watch con David Romero, 14 de agosto de 2017.

[98] “Presentan “sorpresivamente” a detenidos del 26A en la Sucre”, El Impulso, 29 de abril de 2017, http://www.elimpulso.c om/noticias/regionales/presentan-sorpresivamente-detenidos-del-26a-la-sucre (consultado el 9 de octubre de 2017).

[99] Entrevista de Human Rights Watch con Emerson Ibarra, 10 de agosto de 2017.

[100] Entrevista de Human Rights Watch con Dimas Rivas, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[101] Entrevista de Human Rights Watch con Lawrence Espósito (seudónimo), 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con María Canteras (seudónimo), madre de Esposito, 16 de agosto de 2017.

[102] Entrevista de Human Rights Watch con Fernando Cermeño, abogado del FP, 22 de septiembre de 2017.

[103] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Julio Rojas, 12 de septiembre de 2017.

[104] Entrevista de Human Rights Watch con Lucy Rocas (seudónimo), madre de Manuel Rocas (seudónimo), 10 de agosto de 2017.

[105] Entrevista de Human Rights Watch con hermano de Arragoza, 10 de agosto de 2017.

[106] Entrevista de Human Rights Watch con Mariana Ortega, abogada del FP, 21 de agosto de 2017.

[107] Entrevista de Human Rights Watch con Lina Espinoza, 15 de agosto de 2017.

[108] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), “Venezuela: Las violaciones de derechos humanos apuntan a una ‘política de represión’ - Informe de la ONU”, 30 de agosto de 2017, http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22007&LangID=S (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[109] ACNUDH, “Las conclusiones del equipo de Expertos de la ONU indican patrones de violaciones de derechos humanos en medio de protestas masivas en Venezuela”, 8 de agosto de 2017, http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/Display News.aspx?NewsID=21948&LangID=S (consultado el 3 de octubre de 2017).

[110] Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, “Víctimas fatales de la violencia política en Venezuela abril-agosto 2017”, 4 de agosto de 2017, http://minci.gob.ve/wp-content/uploads/2017/08/Investigaci%C3% B3n-Period%C3%ADstica-V%C3%ADctimas-Fatales-de-la-Violencia-Pol%C3%ADtica-ABRIL-AGOSTO-2017-Actualizado-04-08-17.pdf (consultado el 3 de octubre de 2017); Ministerio Público de Venezuela, “Balance de víctimas fallecidas y lesionadas durante manifestaciones en abril-julio de 2017”, 27 de julio de 2017 (copias en los registros de Human Rights Watch).

[111] ACNUDH, “Violaciones y abusos de los derechos humanos en el contexto de las protestas en la República Bolivariana de Venezuela del 1 de abril al 31 de julio de 2017”, agosto de 2017, http://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/HCReport Venezuela_1April-31July2017_SP.pdf (consultado el 3 de octubre de 2017).

[112] Human Rights Watch, “Castigados por protestar: Violaciones de derechos humanos en las calles, centros de detención y el sistema de justicia de Venezuela”, 5 de mayo de 2014.

[113] Entrevistas confidenciales de Human Rights Watch con miembros de la prensa parlamentaria y con periodistas, Caracas, 21 de agosto de 2017.

[114] Si bien en los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley se hace referencia a arma “no letal”, utilizamos la denominación “menos letal” para reflejar la idea de que su uso indebido implica igualmente el riesgo de causar lesiones y ocasionar la muerte.

[115] Para obtener más información, ver “Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes al Consejo de Derechos Humanos, Misión a Marruecos”, A/HRC/22/53/Add.2, párr. 22, http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session22/A-HRC-22-53-Add-2_en.pdf (consultado el 4 de octubre de 2017).

[116] Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, “Víctimas fatales de la violencia política en Venezuela abril-agosto 2017”, 4 de agosto de 2017, http://minci.gob.ve/wp-content/uploads/2017/08/Investigaci%C3% B3n-Period%C3%ADstica-V%C3%ADctimas-Fatales-de-la-Violencia-Pol%C3%ADtica-ABRIL-AGOSTO-2017-Actualizado-04-08-17.pdf (consultado el 3 de octubre de 2017).

[117] Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, La Habana, Cuba, 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, Doc. de la ONU. A/CONF.144/28/Rev.1 at 112 (1990), http://www.oh chr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/UseOfForceAndFirearms.aspx (consultado el 3 de octubre de 2017). Para obtener más información, ver el “Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones”, A/HRC/31/66, febrero de 2016, http://www.refworld.org/docid/575135464.html (consultado el 4 de octubre de 2017).

[118] Entrevista de Human Rights Watch con Elvira Llovera, madre de Pernalete, 19 de agosto de 2017.

[119] “Canciller denuncia responsabilidad de medios en configuración de hechos que validan intervenciones”, Agencia Venezolana de Noticias, 29 de abril de 2017, http://www.avn.info.ve/contenido/canciller-denuncia-responsabilidad-medios-configuración-hechos-que-validan-intervenciones (consultado el 4 de octubre de 2017).

[120] “Ministerio Público publica caso Pernalete”, video de YouTube subido por El Foco Digital el 27 de mayo de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=inqAnMKjZZk (consultado el 3 de octubre de 2017); “La fiscal general de Venezuela confirma que el estudiante Juan Pernalete murió por el impacto de una bomba lacrimógena lanzada por la Guardia Nacional”, BBC, 24 de mayo de 2017, http://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-40037960 (consultado el 10 de octubre de 2017).

[121] Entrevista de Human Rights Watch con Andrea Santacruz, abogada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana, 19 de agosto de 2017.

[122] “Tarek William Saab reabrirá caso de Juan Pablo Pernalete”, El Nacional, 7 de septiembre de 2017, http://www.el-nacional.com/noticias/politica/tarek-william-saab-reabrira-caso-juan-pablo-pernalete_202639 (consultado el 2 de octubre de 2017).

[123] Entrevista de Human Rights Watch con un testigo que pidió que no se divulgara su identidad, 17 de agosto de 2017; “Luis Guillermo Espinoza, un futbolista víctima de la represión en Carabobo”, El Carabobeño, 13 de agosto de 2017, https://www.e l-carabobeno.com/luis-guillermo-espinoza-futbolista-victima-de-la-represion-en-carabobo/ (consultado el 3 de octubre de 2017); “Murió Luis Guillermo Espinoza, adolescente herido en la cabeza por la GNB el 5 de junio en Carabobo”, Runrunes, 13 de agosto de 2017, http://runrun.es/nacional/321504/murio-luis-guillermo-espinoza-adolescente-herido-en-la-cabeza-por-la-gnb-el-5-de-junio-en-carabobo.html (consultado el 3 de octubre de 2017).

[124] Entrevista de Human Rights Watch con Judith Angulo, 14 de agosto de 2017.

[125] Entrevista de Human Rights Watch con Zugeimar Armas, madre de Lander, 6 de octubre de 2017.

[126] “Análisis confirman que Neomar Lander murió por explosión de mortero”, Agencia Venezolana de Noticias, 8 de junio de 2017, http://avn.info.ve/contenido/an%C3%A1lisis-confirman-que-neomar-lander-muri%C3%B3-explosi%C3%B3n-mortero (consultado el 17 de noviembre de 2017).

[127] Ministerio Público de Venezuela, “Balance de víctimas fallecidas y lesionadas durante manifestaciones en abril-julio de 2017”.

[128] Entrevistas confidenciales de Human Rights Watch con profesionales médicos en San Cristóbal, Mérida, Valencia, Valera y Caracas, agosto y octubre de 2017.

[129] Entrevista de Human Rights Watch con Oscar Serrada, 22 de agosto de 2017.

[130] “Retrato Urgente #15 Oscar Serrada”, video de YouTube subido por Retratos Urgentes el 8 de junio de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=LY1Zd-EXQBQ (consultado el 3 de octubre de 2017).

[131] Entrevista de Human Rights Watch con Hernán Sánchez (seudónimo), 11 de agosto de 2017.

[132] Entrevista de Human Rights Watch con Rosa Sánchez (seudónimo), madre de Sánchez (seudónimo), 11 de agosto de 2017.

[133] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Rambrant (seudónimo), 14 de agosto de 2017.

[134] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Enrique Díaz Kay, 14 de agosto de 2017.

[135] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Caramés (seudónimo), 12 de agosto de 2017.

[136] Entrevistas de Human Rights Watch con residentes que pidieron que no se divulgara su identidad, 15-17 de mayo de 2017.

[137] Entrevista de Human Rights Watch con residente que pidió que no se divulgara su identidad, 13-14 de junio de 2017.

[138] “Cross, el perro mestizo que mató un funcionario durante el allanamiento en Los Verdes”, Crónica Uno, 14 de junio de 2017, http://cronica.uno/cross-perro-mestizo-mato-funcionario-allanamiento-los-verdes/ (consultado el 3 de octubre de 2017).

[139] “Vecinos de Los Verdes, víctimas de terrorismo de Estado”, video de YouTube subido por Noti el 14 de junio de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=oGEGJdJC2hQ (consultado el 3 de octubre de 2017).

[140] “Fotos y Videos: GNB y CONAS causaron destrozos en Los Verdes del Paraíso”, El Impulso, 14 de junio de 2017, http://ww w.elimpulso.com/noticias/nacionales/fotos-videos-gnb-conas-causaron-destrozos-los-verdes-del-paraiso (consultado el 3 de octubre de 2017); “Vecinos de Los Verdes presentaron sus denuncias ante la fiscal general venezolana”, NTN24, 22 de junio de 2017, https://twitter.com/NTN24ve/status/877817185107714048 (consultado el 3 de octubre de 2017); “Foro Penal ofreció balance sobre allanamientos en Los Verdes”, El Informador Web, 21 de junio de 2017, https://twitter.com/ elinformadorweb/status/877724972105441280 (consultado el 3 de octubre de 2017).

[141] Tuit de Néstor Reverol, 13 de junio de 2017, https://twitter.com/NestorReverol/status/874816126018093060 (consultado el 9 de octubre de 2017).

[142] Entrevista de Human Rights Watch con voluntarios de primeros auxilios, 11 de agosto de 2017.

[143] Entrevista de Human Rights Watch con fuente confidencial, 11 de agosto de 2017.

[144] Información y fotografías proporcionadas a Human Rights Watch por personal de Promedehum, que entrevistó a los residentes.

[145] Entrevista de Human Rights Watch con Ernesto Martin, 22 de agosto y 17 de octubre de 2017; entrevista de Human Rights Watch con la esposa de Martin, 7 de junio y 17 de octubre de 2017.

[146] Entrevista de Human Rights Watch con Alejandro Pérez Castilla, 16 de agosto de 2017.

[147] Entrevista de Human Rights Watch con Orlando Moreno, 25 de septiembre de 2015; resumen escrito del caso proporcionado por José Armando Sosa, coordinador del FP en Monagas, septiembre de 2017.

[148] Entrevista de Human Rights Watch con Dimas Rivas, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[149] Entrevista de Human Rights Watch con Reny Elías, 22 de septiembre de 2017.

[150] Testimonio recogido por el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (DDHHULA); fotografías de las heridas y radiografía en los registros de Human Rights Watch.

[151] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 14 de mayo de 2017.

[152] Entrevista de Human Rights Watch con Fernando Cermeño, abogado del FP, 22 de septiembre de 2017.

[153] Entrevista de Human Rights Watch con Wuilly Arteaga, 16 de septiembre de 2017.

[154] Entrevista de Human Rights Watch con Armando López Carrera, 16 de agosto de 2017; documentos judiciales en los registros de Human Rights Watch.

[155] Entrevista de Human Rights Watch con Antonio Alonzo Rivera, 16 de agosto de 2017; documentos judiciales en los registros de Human Rights Watch.

[156] Entrevista de Human Rights Watch con Andrés Salamanca, 16 de agosto de 2017.

[157] Entrevista de Human Rights Watch con Lawrence Espósito (seudónimo), 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 16 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con María Canteras (seudónimo), madre, 16 de agosto de 2017.

[158] Entrevista de Human Rights Watch con Manuel Rojas Villas, 8 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 8 de agosto de 2017.

[159] Entrevista de Human Rights Watch con David Romero, 14 de agosto de 2017.

[160] Entrevista de Human Rights Watch con Emerson Ibarra, 10 de agosto de 2017.

[161]Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Caramés, 12 de agosto de 2017; imágenes de las heridas y radiografías en los registros de Human Rights Watch.

[162] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, 15 de julio de 2017; copia del video de la golpiza en los registros de Human Rights Watch.

[163] Entrevista de Human Rights Watch con testigo de identidad reservada, agosto de 2017; y “Murió Luis Guillermo Espinoza, adolescente herido en la cabeza por la GNB el 5 de junio en Carabobo”, RunRun.Es , 13 de agosto de 2017, http://runrun.es/ nacional/321504/murio-luis-guillermo-espinoza-adolescente-herido-en-la-cabeza-por-la-gnb-el-5-de-junio-en-carabobo.html (consultado el 26 de octubre de 2017).

[164] Entrevista de Human Rights Watch con Hernán Sánchez, 11 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Rosa Sánchez (seudónimo), madre de Hernán Sánchez, 11 de agosto de 2017.

[165] Entrevista de Human Rights Watch con Armando Andrés González, 18 de agosto de 2017; video con imágenes del ataque en los registros de Human Rights Watch.

[166] Entrevista de Human Rights Watch con Oscar Serrada, 22 de agosto de 2017; imágenes de registros médicos en los registros de Human Rights Watch.

[167] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Iturbe, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[168] Entrevista de Human Rights Watch con Carlo Cutarelli, 15 de agosto de 2017.

[169] Entrevista de Human Rights Watch con Gaetano Costa Ribas, 14 de agosto de 2017.

[170] Entrevista de Human Rights Watch con Ezequiel Monsalve, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[171] Testimonio aportado por José Sánchez, padre, a la Asamblea Nacional, https://www.youtube.com/watch?v=a52P_N_1-4U (consultado el 16 de octubre de 2017).

[172] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Betancourt, abogado del FP, 14 de mayo de 2017.

[173] Entrevista de Human Rights Watch con Abraham Cantillo, 15 de agosto de 2017 y 18 de octubre de 2017.

[174] Entrevista de Human Rights Watch con Orlando Bermúdez, 24 de abril de 2017.

[175] Resumen escrito del caso proporcionado por José Armando Sosa, coordinador del FP en Monagas, septiembre de 2017.

[176] Entrevista de Human Rights Watch con Dimas Rivas y Daniel Merchán, abogados del FP, 20 de septiembre de 2017.

[177] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Iturbe, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[178] Entrevista de Human Rights Watch con Nicolás Pérez Prieto, 18 de agosto de 2017.

[179] Entrevista de Human Rights Watch con familiares de Velasco, 20 de agosto de 2017.

[180] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Valbuena, abogada del FP, 15 de mayo de 2017.

[181] Entrevista de Human Rights Watch con Román Arragoza, hermano de Ambrosio Arragoza, 10 de agosto de 2017.

[182] Entrevista de Human Rights Watch con la madre de Lluviera, 10 de agosto de 2017.

[183] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Julio Rojas, 12 de septiembre de 2017.

[184] Entrevista de Human Rights Watch con Lina Espinoza, 15 de agosto de 2017.

[185] Entrevista de Human Rights Watch con abogada del FP y la abuela de Santacruz, 20 de agosto de 2017.

[186] Entrevista de Human Rights Watch con Dimas Rivas, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017; descripción escrita del caso proporcionada por el abogado, en los registros de Human Rights Watch.

[187] Entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 23 de septiembre de 2017.

[188] Ibíd.

[189] Entrevista de Human Rights con Carmen Romero (madre de Castro, hermana de Palacios y tía de Cortes), 10 de agosto de 2017.

[190] Entrevista de Human Rights Watch con profesional médico, 19 de octubre de 2017; copia del video en los registros de Human Rights Watch.

[191] Entrevista de Human Rights Watch con Elvira Llovera, madre de Pernalete, 19 de agosto de 2017; “Canciller denuncia responsabilidad de medios en configuración de hechos que validan intervenciones”, Agencia Venezolana de Noticias, 29 de abril de 2017, http://www.avn.info.ve/contenido/canciller-denuncia-responsabilidad-medios-configuración-hechos-que-vali dan-intervenciones (consultado el 4 de octubre de 2017); “Ministerio Público publica caso Pernalete”, video de YouTube subido por El Foco Digital el 27 de mayo de 2017, https://www.youtube.com/watch?v=inqAnMKjZZk (consultado el 3 de octubre de 2017); “La fiscal general de Venezuela confirma que el estudiante Juan Pernalete murió por el impacto de una bomba lacrimógena lanzada por la Guardia Nacional”, BBC, http://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-40037960 (consultado el 10 de octubre de 2017); entrevista de Human Rights Watch con Andrea Santacruz, abogada del Centro de Derechos Humanos (Human Rights Center) de Metropolitan University, 19 de agosto de 2017; “Tarek William Saab reabrirá caso de Juan Pablo Pernalete”, El Nacional, 7 de septiembre de 2017, http://www.el-nacional.com/noticias/politica/tarek-william-saab-reabrira-caso-juan-pablo-pernalete_202639 (consultado el 2 de octubre de 2017).

[192] Entrevista de Human Rights Watch con Judith y Francia Angulo, hermanas de Janeth, 14 de agosto de 2017.

[193] Entrevista de Human Rights Watch con Carmen Victoria Pérez, 8 de agosto de 2017.

[194] Entrevista de Human Rights Watch con Zugeirmar Armas, madre de Neomar Lander, 6 de octubre de 2017; información publicada por el Ministerio Público e imágenes del día en que fue asesinado en los registros de Human Rights Watch.

[195] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Rambrant, 14 de agosto de 2017.

[196] Entrevista de Human Rights Watch con Luis Enrique Díaz Kay, 14 de agosto de 2017.

[197] Entrevista de Human Rights Watch con Vladimir Galavís, 17 de agosto; imágenes del incidente en los registros de Human Rights Watch.

[198] Testimonio proporcionado por ElyangélicaGonzález, disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=AztW8YZB4p8 (consultado el 16 de octubre de 2017).

[199] Entrevista de Human Rights Watch con Mónica Ramón (seudónimo), 10 de agosto de 2017.

[200] Entrevista de Human Rights Watch con José Luis Barquez, 10 de agosto de 2017.

[201] Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Peña, 8 de agosto de 2017.

[202] Entrevista de Human Rights Watch con Mildred Manrique, 26 de mayo de 2017; imágenes del ataque en los registros de Human Rights Watch.

[203] Entrevistas de Human Rights Watch con familiar de Wilmer Azuaje, mayo de 2017; copias de las fotos y los videos en los registros de Human Rights Watch.

[204] Entrevistas de Human Rights Watch con Isabella Picón, hija de Roberto Picón, junio-septiembre de 2017; información actualizada por escrito enviada por la familia Picón a Human Rights Watch.

[205] Entrevista de Human Rights Watch con Oswaldo Graffe, padre de Carlos Graffe, 17 de julio de 2017; y con Elsa Henríquez Amador y Betalia Bermejo, madre y amiga respectivamente de Carlos Graffe, 16 de agosto de 2017.

[206] Entrevista de Human Rights Watch con familiares de Ángel Zerpa, respectivamente, 16 de agosto de 2017.

[207] Entrevista de Human Rights Watch con José Manuel Olivares, 28 de septiembre de 2017.

[208] Entrevista de Human Rights Watch con Gustavo Marcano, 2 de noviembre de 2017; sentencia del Tribunal Supremo en los registros de Human Rights Watch.

[209] Entrevista de Human Rights Watch con Carmen y Natasha Ramos, esposa e hija de Alfredo Ramos, 7 de septiembre de 2017; sentencia del Tribunal Supremo en los registros de Human Rights Watch.

[210] Sentencia del Tribunal Supremo en los registros de Human Rights Watch.

[211] Entrevista de Human Rights Watch con Ramón Muchacho,16 de septiembre de 2017; sentencia del Tribunal Supremo en los registros de Human Rights Watch.

[212] Entrevista de Human Rights Watch con David Smolansky, 6 de septiembre de 2017; sentencia del Tribunal Supremo en los registros de Human Rights Watch.

[213] Entrevista de Human Rights Watch con Omar Lares, 6 de agosto de 2017.

[214] Entrevista de Human Rights Watch con Omar Lares, 6 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Ramona Rangel, 12 de septiembre de 2017; audio con testimonio grabado de testigo en los registros de Human Rights Watch.

[215] Human Rights Watch fue testigo de la detención y corroboró información sobre esta; video de la detención en los registros de Human Rights Watch.

[216] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, director del FP, 14 de mayo de 2017.

[217] “Ante violación del recinto universitario de su sede de Guayana”, comunicado de prensa de la UCAB, 16 de mayo de 2017, http://guayanaweb.ucab.edu.ve/noticias-reader-guayana-actual/items/comunicado-ante-violacion-del-recinto-universitario.html (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[218] “¡Dos Ucabistas, al fin libres!”, Elucabista.com, sin fecha, http://elucabista.com/2017/05/19/liberados-dos-ucabistas-guayana-caracas/ (consultado el 14 de noviembre de 2017); “Habla Marcos Valverde, profesor detenido en UCAB Guayana”, Elucabisa.com, sin fecha. http://elucabista.com/2017/05/19/habla-marcos-valverde-profesor-detenido-ucab-guayana/ (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[219] Tuit de Alfredo Romero, director del FP, 2 de julio de 2017, https://twitter.com/alfredoromero/status/8816110491364761 60 (consultado el 14 de noviembre de 2017) ; “Unequally repressed: Why USB students walk while UPEL kids rot in jail”, Caracas Chronicles, 4 de julio de 2017, https://www.caracaschronicles.com/2017/07/04/unequally-repressed-why-usb-students-walk-while-upel-kids-rot-in-jail/ (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[220] Entrevista de Human Rights Watch con Alfredo Romero, director del FP, 14 de mayo de 2017; entrevista de Human Rights Watch con Luis González Añez, hijo de Lisbeth Añez, 5 de septiembre de 2017.

[221] “Comunicado: Ya basta de tanta violación al recinto universitario”, Comunicado de prensa de la Universidad del Oriente, sin fecha, http://www.bolivar.udo.edu.ve/index.php/component/flexicontent/36-noticias/899-comunicado-decanato-del-nucleo-de-sucre (consultado el 14 de noviembre de 2017).

[222] Entrevista de Human Rights Watch con Lucy Rocas (seudónimo), 10 de agosto de 2017.

[223] Entrevista de Human Rights Watch con Rafael Cuevas, 10 de agosto de 2017.

[224] Entrevista de Human Rights Watch con Marthe Arllentina Calles, 14 de agosto de 2017.

[225] Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Pereira, abogado, 12 de agosto de 2017.

[226] Ibíd.

[227] Entrevista de Human Rights Watch con la madre de Brito, Marina Siomara Morey y la novia de Brito, Obelin Cabrera, 21 de agosto de 2017; entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 21 de agosto de 2017.

[228] Entrevista de Human Rights Watch con Daniela Zambrano, 17 de junio de 2017.

[229] Entrevista de Human Rights Watch con Fernando Verdes (seudónimo), 15 de agosto de 2017.

[230] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Iturbe, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[231] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto Iturbe, abogado del FP, 20 de septiembre de 2017.

[232] Entrevista de Human Rights Watch con abogado del FP, 23 de septiembre de 2017.

[233] Entrevista de Human Rights Watch con varios familiares, 14-15 de octubre de 2017, y con Alfredo Romero, director del FP, 17 de octubre de 2017.

[234] El blog “La crisis venezolana” se encuentra disponible aquí: https://www.hrw.org/es/blog-feed/la-crisis-venezolana.

[235] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), “Las conclusiones del equipo de Expertos de la ONU indican patrones de violaciones de derechos humanos en medio de protestas masivas en Venezuela”, 8 de agosto de 2017, http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=21948&La ngID=S (consultado el 3 de octubre de 2017).

[236] Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, “Víctimas fatales de la violencia política en Venezuela abril-agosto 2017”, 4 de agosto de 2017, http://minci.gob.ve/wp-content/uploads/2017/08/Investigaci%C3% B3n-Period%C3%ADstica-V%C3%ADctimas-Fatales-de-la-Violencia-Pol%C3%ADtica-ABRIL-AGOSTO-2017-Actualizado-04-08-17.pdf (consultado el 3 de octubre de 2017).

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