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Una mujer y su hijo en su casa en la comunidad de El Redondo, municipio de Trojes, Honduras, 28 de abril de 2021. © 2021 Gustavo Amador/EPA-EFE/Shutterstock

Introducción

La corrupción es un problema estructural en Honduras que vulnera derechos humanos. Las actuales conversaciones entre el gobierno de la presidenta Xiomara Castro y la Secretaría General de Naciones Unidas para crear una comisión internacional con apoyo de la ONU para luchar contra la corrupción y la impunidad representan una oportunidad única de aprender de experiencias pasadas y avanzar en reformas estructurales.

Este informe pone el foco en casos que ejemplifican el impacto de la corrupción en los derechos humanos y la importancia de una comisión internacional que aborde problemas de fondo que obstaculizan la lucha contra la corrupción en Honduras. Este informe incluye recomendaciones para avanzar en la creación de una comisión internacional independiente y efectiva y en la construcción de un sistema hondureño de justicia y de lucha contra la corrupción sólido y resistente, capaz de hacer frente al flagelo de la corrupción en el largo plazo.

Metodología

Este informe está basado en una investigación realizada por Human Rights Watch durante 2022 y 2023, incluyendo viajes a Tegucigalpa, Honduras, en enero de 2022 y junio de 2023. Revisamos 14 expedientes de casos de corrupción, entrevistamos al fiscal a cargo de los casos y nos reunimos con víctimas incorporadas como tales en un caso. Nos reunimos con médicos de un hospital móvil cuya compra es el eje central de un caso de corrupción. Entrevistamos en persona o a distancia a funcionarios, fiscales, diplomáticos, expertos en lucha contra la corrupción y en el funcionamiento de comisiones internacionales contra la corrupción, y representantes de la sociedad civil y de agencias de las Naciones Unidas.

Casos de corrupción que muestran el impacto en derechos humanos

La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que Honduras ratificó en 2005, obliga al Estado a asegurar la existencia de autoridades independientes y efectivas encargadas de investigar y combatir la corrupción.[1]

Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que Honduras ratificó en 1981, reconoce que los países tienen distintos niveles de recursos y exige a los gobiernos lograr de forma progresiva la plena efectividad de los derechos, de acuerdo con los recursos disponibles.[2]

Sin embargo, una asignación de recursos evidentemente equivocada en detrimento de la realización de derechos económicos y sociales puede constituir una violación de derechos humanos. La desviación injustificada de fondos destinados a servicios e infraestructura sanitaria, como en el caso de los hospitales móviles en Honduras que se describe a continuación, es un ejemplo de tal abuso.[3]

La desviación de recursos públicos a través de la corrupción y la mala administración implica, en general, una violación de la obligación de “lograr progresivamente” los derechos económicos, sociales y culturales, ya que reduce los recursos disponibles que un Estado tiene para invertir en servicios básicos. Investigaciones de Human Rights Watch en distintos países han documentado el impacto que puede tener la corrupción en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.[4]

En casi todos los casos de corrupción que Human Rights Watch analizó, encontramos fuertes vínculos entre la corrupción y violaciones de derechos humanos. Tuvimos acceso a los expedientes llevados adelante por la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC), una unidad fiscal hondureña que trabajó con la Misión de Apoyo a la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), una comisión respaldada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) que luchó contra la corrupción entre 2016 y 2020. La unidad fiscal que reemplazó a la UFECIC una vez que la MACCIH se fue, la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), continuó las investigaciones de UFECIC e impulsó nuevas con un apoyo limitado por parte del Ministerio Público.

A continuación se desarrollan ejemplos del impacto de la corrupción en los derechos humanos.

Sala del hospital móvil ubicado en el Hospital Escuela, Tegucigalpa, Honduras, el 26 de enero de 2022. © 2022 César Muñoz Acebes/Human Rights Watch

Hospitales móviles

Durante un viaje de investigación a Tegucigalpa en 2022, Human Rights Watch visitó un hospital móvil, operado por el Hospital Escuela, cuya compra durante la pandemia de Covid-19 se vio envuelta en corrupción.

Entre marzo y abril de 2020, una empresa del gobierno gastó casi 50 millones de dólares en la compra de 7 hospitales móviles para pacientes de Covid-19. En 2022, un tribunal condenó al director y al gerente de la empresa por corrupción en relación con la compra.

Para Honduras, toda capacidad hospitalaria adicional resultaba imprescindible en ese momento. A lo largo de la pandemia el país sufrió a raíz de su capacidad limitada de camas de unidades de cuidados intensivos (UCI). Sólo tenía 62 camas de UCI en diciembre de 2020, según datos de la Secretaría de Salud.[5] Los 7 hospitales móviles implicaban añadir 260 camas de UCI.

Organizaciones hondureñas anticorrupción encontraron pruebas de sobrecostos e irregularidades en el proceso de compra.[6] En junio de 2020, la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) solicitó cotizaciones al mismo proveedor por los mismos productos, quien los ofreció por 34.500.000 de dólares, aproximadamente un 30 % menos de lo que había pagado el gobierno.[7] ASJ también auditó el proceso de compra y determinó que se llevó a cabo sin consultar con médicos expertos ni en coordinación con funcionarios de salud pública, a través de un intermediario elegido de forma altamente discrecional. 

Los hospitales móviles llegaron meses después de lo acordado y resultaron inadecuados para los pacientes de Covid-19. Cuando Human Rights Watch visitó el hospital móvil de Tegucigalpa en 2022, las camas estaban pegadas unas a otras y las unidades no tenían ventilación. La presidenta del Colegio Médico de Honduras dijo a Human Rights Watch que esos hospitales suponían un alto riesgo de exposición de Covid-19 tanto para los pacientes como para los trabajadores de la salud.[8]

Desde el inicio de la pandemia hasta 2022, Honduras experimentó periodos en los que sus hospitales se vieron desbordados y sin capacidad de atención a los pacientes que llegaban. La compra de hospitales móviles inadecuados y con sobrecostos agravó esos problemas.

La presidenta del Colegio Médico de Honduras dijo a Human Rights Watch que, en cierto modo, “peor que la enfermedad fue la corrupción”, al agravar los riesgos de la pandemia.[9]

Varios estudios han mostrado que las crisis pueden exacerbar la corrupción, al tiempo que disminuyen la atención sobre esta.[10] Los funcionarios son más propensos a exigir sobornos en estos contextos y, mientras los mecanismos de supervisión están distraídos o desbordados o son marginados, el gasto para situaciones de emergencia puede ser objeto de abusos.[11]

En junio de 2022, un tribunal anticorrupción condenó al director de la empresa pública que compró los hospitales móviles por fraude a un ente público y lo condenó a casi 11 años de prisión.[12] El tribunal condenó al gerente de la empresa por violación de los deberes de los funcionarios y lo inhabilitó para ejercer cargos públicos por más de nueve años. El director de la empresa que actuó como intermediaria tenía, a junio de 2023, una orden de captura en su contra.[13] El Ministerio Público ha señalado que las investigaciones continúan abiertas y que es posible que haya más personas implicadas.[14]

Activistas y simpatizantes de la activista ambiental y de derechos indígenas hondureña Berta Cáceres se manifiestan durante el juicio contra Roberto David Castillo frente al edificio de la Corte Suprema en Tegucigalpa, Honduras, el 6 de abril de 2021. Castillo fue sentenciado a más de 22 años de prisión en junio de 2022 como cómplice del asesinato de Cáceres. © 2021 AP Photo/Elmer Martinez

Fraude sobre el Gualcarque

En marzo de 2019, UFECIC acusó penalmente a 16 personas de corrupción por irregularidades en el proceso de obtención de permisos para la construcción y operación del proyecto de la represa hidroeléctrica Agua Zarca, en el río Gualcarque, en el noroeste de Honduras.[15] Los fiscales argumentaron que una empresa hondureña creada en 2009 se confabuló con funcionarios de distintas áreas de gobierno—entre ellas la Empresa Nacional de Energía Eléctrica y la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente—para obtener los permisos de construcción y operación sin contar con estudios ambientales precisos y completos y alegando que podía producir más energía de la que era factible.

Las acusaciones se basaron en denuncias hechas por el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), organización liderada por la activista ambiental y defensora de los derechos indígenas Berta Cáceres, asesinada en 2016. El COPINH fue reintegrado como víctima en el caso de corrupción en agosto de 2021.[16] El COPINH sostiene que la concesión de la central hidroeléctrica se otorgó sin el consentimiento de la comunidad indígena lenca.[17]

Honduras ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que, entre otras disposiciones, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados sobre los proyectos en sus tierras.[18] Aunque Honduras aún no ha aprobado leyes nacionales para implementar este derecho, su Constitución establece que los tratados internacionales ratificados por el país forman parte de la legislación nacional.[19]

David Castillo, quien tenía el control de la empresa privada que obtuvo la concesión, incluso mientras se desempeñaba como funcionario público en la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, es uno de los acusados en el caso de corrupción. En junio de 2022, en un caso separado, Castillo fue condenado a más de 22 años de prisión como coautor del asesinato de Cáceres.[20] Según el tribunal, Cáceres fue asesinada por su oposición a la construcción de la represa.

A junio de 2023, la decisión sobre el juicio contra Castillo y otros cinco acusados en el caso de corrupción estaba pendiente. Un tribunal desestimó los cargos contra las otras diez personas, según informó un fiscal a Human Rights Watch.[21]

Pandora

En junio de 2018, UFECIC acusó de corrupción a 38 personas, incluyendo diputados, funcionarios de gobierno y ciudadanos particulares, por desviar casi 12 millones de dólares destinados a proyectos sociales.[22] En febrero de 2022, la Corte Suprema de Justicia, en una controvertida decisión, desestimó los cargos contra 32 de los acusados.

Los proyectos estaban destinados a hondureños de zonas rurales en condiciones de pobreza, brindando capacitaciones sobre agricultura y emprendimiento. Algunos estaban dirigidos específicamente a la población joven, incluyendo las mujeres. Casi el 80 % de los hondureños de las zonas rurales viven en condiciones de pobreza, casi todos ellos en la pobreza extrema, según datos oficiales de 2021.[23] En las ciudades, más del 75 % vive en condiciones de pobreza, casi dos tercios de ellos en la pobreza extrema, según esos datos.

Los fiscales argumentaron que la Secretaría de Agricultura y Ganadería y la Secretaría de Finanzas asignaron casi 12 millones de dólares a dos organizaciones no gubernamentales (ONG) hondureñas, con el supuesto objetivo de que implementen los proyectos. Sin embargo, el dinero terminó en manos de funcionarios públicos y ciudadanos particulares. Los fiscales rastrearon la asignación de los fondos, emisión de cheques, transferencias bancarias y retiros de dinero en efectivo para demostrar que las dos ONG funcionaban como simples pantallas para recibir los fondos y desviarlos para su uso con fines electorales y privados.

En febrero de 2022, la Corte Suprema de Justicia desestimó los cargos contra 32 de los acusados.[24] El Ministerio Público criticó la decisión, afirmando que la corte estaba “blinda[ndo] uno de los actos de corrupción más reprochables en la historia del país”. Un fiscal dijo a Human Rights Watch que el tribunal emitió un fallo genérico sin considerar a cada acusado de forma individual. A junio de 2023, otros tres acusados habían sido juzgados, aunque el veredicto contra ellos continuaba pendiente, y había un proceso de extradición en curso para otros tres que vivían en el extranjero.[25]

Un trabajador municipal fumiga un mercado para prevenir la propagación del dengue y otras enfermedades transmitidas por mosquitos en Tegucigalpa, Honduras, el 25 de julio de 2019. © 2019 REUTERS/Jorge Cabrera

Arca abierta

En diciembre de 2018, UFECIC acusó a 11 diputados y a un ciudadano particular por malversación de caudales públicos, y a 9 personas más en calidad de cómplices.[26] Los fiscales argumentaron que los diputados pidieron a la oficina presidencial que asignara casi un millón de dólares a una ONG hondureña, creada en 2015, supuestamente para proyectos sociales. La ONG canalizó el dinero de vuelta a los diputados, sus familiares o terceros, para uso personal, incluyendo para compras en centros comerciales de Tegucigalpa, dijeron los fiscales.

Uno de los proyectos involucrados contemplaba la fumigación para prevenir el dengue, una enfermedad debilitante transmitida por mosquitos que azota regularmente a Honduras. Por ejemplo, en 2013, 2015, 2019 y 2022 ocurrieron importantes brotes de dengue en Honduras.[27]

Ninguno de los proyectos para los cuales se solicitaron fondos se llevó a cabo, dijeron los fiscales. Las pruebas presentadas incluyeron las solicitudes de fondos hechas por los diputados, junto con registros de cómo se asignaron los fondos, emisión de cheques, transferencias bancarias, retiros de dinero en efectivo y pagos con tarjetas de débito.

En noviembre de 2022, un tribunal de apelación determinó que el caso no podía continuar porque una ley aprobada después de los presuntos delitos—el Decreto 116/2019—ordena al Tribunal Superior de Cuentas, un ente público encargado de auditar los recursos públicos, emitir un informe final en tres años, luego del cual quien cometió una infracción tiene cuatro años para devolver los fondos desviados.[28] Si transcurridos los siete años no se produjo la devolución, el Ministerio Público puede emprender acciones penales. El tribunal de apelaciones dejó en libertad a todos los acusados.

Comisión internacional contra la corrupción y la impunidad

En su discurso de asunción el 27 de enero de 2022, la presidenta Xiomara Castro anunció que su gobierno trabajaría con la ONU para instalar una comisión internacional contra la corrupción y la impunidad en Honduras, una de sus principales promesas de campaña.[29]

Días después, el 4 de febrero, el Congreso aprobó una ley para crear la Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (CICIH) y facultar a la presidenta Castro a negociar sus normas de funcionamiento con la ONU.[30] El 17 de febrero, la Secretaría de Relaciones Exteriores anunció que el gobierno había enviado una solicitud al secretario general de las Naciones Unidas solicitando apoyo para la creación de la CICIH.[31]

Pero fue recién el 15 de diciembre que el gobierno de Castro y el secretario general de las Naciones Unidas firmaron un memorándum en el que se determinaron dos fases para la instalación de la CICIH. En la primera, la ONU y el gobierno hondureño acordarían los términos para la visita al país de un grupo de expertos de la ONU, que ayudaría a identificar las reformas legales necesarias para permitir el establecimiento de la comisión.[32] Durante la segunda etapa, el secretario general de las Naciones Unidas obtendría la autorización para continuar con el proceso de parte de un órgano intergubernamental de la ONU, que no se detalla en el memorando pero que podría ser la Asamblea General. Una vez concedida esa autorización, el secretario general de las Naciones Unidas y Honduras ratificarían un acuerdo bilateral para establecer la comisión.

El 25 de abril de 2023, la presidenta Castro envió una carta al secretario general de las Naciones Unidas con las condiciones bajo las cuales el grupo de expertos de la ONU podría visitar Honduras.[33]

El memorándum de diciembre de 2022 es un paso positivo, aunque muy preliminar, hacia la instalación de la CICIH. Aún quedan por acordar muchos asuntos cruciales, que son fundamentales para la autonomía e independencia de la CICIH, tales como:

  • El mecanismo para designar quién dirigirá la CICIH, quien será su portavoz y cómo se interactuará y coordinará con los diversos entes públicos.
  • Su financiación, ya que la comisión debe disponer de los recursos necesarios para trabajar sin comprometer, en la práctica o en apariencia, su independencia.
  • La naturaleza de los casos en los que trabajará la comisión y cómo actuará, junto con los fiscales locales, para investigar y llevar a juicio a los responsables.
  • Su mandato para proponer y promover ajustes al marco legal e institucional para fortalecer la lucha contra la corrupción.
  • La selección de su personal, tanto local como internacional, así como las previsiones de seguridad y protección, tanto mientras la CICIH opere en Honduras como una vez que se haya ido, para evitar repetir las represalias que hoy en día afectan a quienes trabajaron en la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).[34]

Obstáculos del marco legal hondureño en la lucha contra la corrupción

Varias leyes aprobadas por el Congreso en los últimos años han obstaculizado la lucha contra la corrupción y han reducido la transparencia y la rendición de cuentas. Estas incluyen:

  • Decreto 116/2019, que permite a los funcionarios públicos, incluidos los diputados, destinar dinero a terceros, incluidas ONG, para llevar a cabo proyectos sociales, una práctica que, según el Ministerio Público, ha llevado a casos de corrupción.[35] El decreto también impide al Ministerio Público investigar estos casos durante un máximo de siete años, ya que requiere un informe del Tribunal Superior de Cuentas, entidad que audita los recursos públicos, que tiene hasta tres años para completarlo. Si el Tribunal descubre una mala gestión de los fondos, el decreto concede al funcionario público responsable hasta cuatro años para devolverlos.
  • Decreto 117/2019, que, con un lenguaje amplio, prohíbe cualquier tipo de sanción civil, administrativa y penal contra los diputados por acciones realizadas “en el ejercicio de sus funciones legislativas”.[36]
  • Decreto 57/2020, que exige a los fiscales solicitar siempre información por escrito a los funcionarios públicos y permite el secuestro de documentos únicamente con la autorización previa de un juez si, en un “plazo razonable”, los funcionarios públicos no brindan la información solicitada.[37] Combinadas, estas disposiciones alertan a los funcionarios sobre la existencia de cualquier investigación y de un posible registro, dándoles la oportunidad de ocultar o modificar información sobre el uso de fondos públicos.
  • Decreto 93/2021, que debilita la definición penal del crimen de lavado de activos, haciendo más difícil probar que existe lavado de activos cuando se desconoce su origen.[38] El decreto ha dado lugar al sobreseimiento de muchos casos.[39]
  • Decreto 4/2022, que otorga una amnistía a exfuncionarios que se desempeñaron durante el mandato del presidente Manuel Zelaya y que hayan sido investigados, procesados o condenados por “actos propios del ejercicio de su función pública” tras el golpe de Estado de 2009 contra Zelaya.[40] Esta disposición surgió como parte de una amnistía más amplia, apoyada por organizaciones de derechos humanos, para personas investigadas, procesadas o condenadas “por motivaciones políticas” debido a que participaron en protestas o en la defensa de derechos humanos, incluyendo sobre la tierra. Sin embargo, el lenguaje excesivamente amplio de la ley podría beneficiar a exfuncionarios que hayan cometido actos corrupción, según organizaciones anticorrupción.[41] El Departamento de Estado de Estados Unidos afirmó que, a octubre de 2022, se habían desestimado casos de corrupción contra al menos 24 acusados en virtud de la ley de amnistía.[42]

Independencia judicial y del Ministerio Público

La Corte Suprema es una institución clave en la lucha contra la corrupción, ya que ejerce competencia respecto de casos en los que están implicados miembros del Congreso y otros altos funcionarios públicos.[43] Durante años, la Corte ha carecido de independencia y ha dictado sentencias que favorecen los intereses de quienes han detentado el poder.[44]

Cada siete años, el Congreso elige a los 15 miembros de la Corte. Previo al 2023, el proceso de selección era altamente vulnerable a la manipulación política.

En julio de 2022, en preparación de la selección prevista para enero de 2023, el Congreso aprobó una ley regulando el funcionamiento de la junta encargada de seleccionar a los candidatos.[45] La ley estableció estándares de evaluación y una mayor transparencia, permitiendo la participación de la sociedad civil y de agencias de la ONU como observadores. También estableció la paridad de género para la conformación del tribunal.

El Congreso nombró a 15 nuevos magistrados en febrero de 2023.[46] Aunque, en la práctica, como ha sucedido en el pasado, los partidos políticos se dividieron las vacantes entre ellos, el Congreso seleccionó a los magistrados a partir de la lista preparada por la junta sobre la base del mérito de los candidatos. También cumplió con el requisito de paridad de género y seleccionó al primer magistrado afro-hondureño de la Corte Suprema.

La falta de transparencia y de criterios claros sigue siendo un problema en la selección de los jueces de tribunales inferiores y en las decisiones relativas a sus carreras profesionales. El presidente de la Corte Suprema tiene la decisión final sobre la selección, el ascenso, traslado y las medidas disciplinarias de los jueces de tribunales inferiores.[47]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos y el relator especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados han advertido que la concentración excesiva de poder en la Corte Suprema resulta problemática y que el sistema disciplinario interno de los jueces en Honduras carece de independencia.[48]

El mecanismo para nombrar al fiscal general y al fiscal general adjunto también adolece de la falta de transparencia y es sumamente vulnerable a la interferencia política.[49] Según lo establecido por la Constitución, el Congreso nombra a ambos con una mayoría de dos tercios a partir de una nómina de cinco candidatos preparada por una junta proponente.[50]

El fiscal general actual, Óscar Chinchilla, nombrado en 2018, no se encontraba en la nómina de cinco candidatos preparada por la junta, en violación de la disposición constitucional.[51]

El nuevo proceso de selección de fiscal general y fiscal general adjunto debe acatar los requisitos constitucionales para garantizar la integridad y transparencia en el proceso de selección. Además, es importante que la junta proponente aplique criterios objetivos de evaluación, divulgue de manera pública y transparente los requisitos y criterios de selección y permita el control ciudadano y la participación de la sociedad, de acuerdo a estándares internacionales de derechos humanos.[52]

Recomendaciones

Al gobierno de la presidenta Castro y al secretario general de las Naciones Unidas António Guterres:

  • Completar las negociaciones para establecer una comisión internacional independiente, autónoma y efectiva cuyo mandato incluya:
    • La investigación y el procesamiento de casos de corrupción, con una estrategia de priorización de los casos de alto impacto.
    • La facultad de proponer reformas legislativas para fortalecer el Estado de derecho y la lucha contra la corrupción.
    • La capacitación de fiscales, jueces, policías y otros funcionarios hondureños para combatir la corrupción de forma efectiva.
    • La colaboración directa con organizaciones de la sociedad civil.
  • Sobre la base de experiencias comparadas de mecanismos similares, adoptar medidas durante la negociación con el propósito de:
    • Garantizar la protección de los funcionarios nacionales e internacionales de la CICIH de posibles represalias por su trabajo, tanto mientras opere la comisión como una vez que termine su mandato.
    • Asegurar la independencia de la comisión para realizar sus funciones, estableciendo, entre otros, un mandato más largo que un periodo presidencial para la comisión y sus máximos representantes que pueda ser renovado.
    • Garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de la comisión, entre otras medidas, a través de un mecanismo de supervisión independiente.
    • Incluir funcionarios con enfoques interdisciplinarios, así como expertos en análisis político y comunicaciones.
  • De conformidad con el memorándum entre la ONU y Honduras, trabajar con los Estados miembros de la ONU para obtener un amplio apoyo en un órgano intergubernamental de la ONU para aprobar el apoyo de la ONU a la CICIH.

A la presidenta Castro:

  • Colaborar con las investigaciones sobre corrupción brindando a los fiscales información gubernamental sobre contratos, gastos y otras cuestiones de interés.
  • Trabajar con el Congreso para reformar el marco legal de lucha contra la corrupción, incluyendo a través de la presentación de proyectos de ley para derogar o modificar leyes. (Ver las recomendaciones al Congreso a continuación).
  • Asegurar que todas las instituciones gubernamentales apliquen la política de transparencia consagrada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,[53] incluyendo mediante la publicación periódica de información de interés público, y garantizar que el mecanismo que permite al público y la prensa acceder a la información gubernamental funcione de forma eficiente.

Al Congreso de Honduras:

  • Derogar o modificar las leyes que obstaculizan la lucha contra la corrupción, incluyendo los Decretos 116/2019, 117/2019, 57/2020, 93/2021 y 4/2022.
  • Aprobar una ley para reforzar la independencia del poder judicial, de conformidad con las normas internacionales,[54] que incluya medidas para:
    • crear un sistema de administración del poder judicial que contenga un mecanismo justo, transparente e independiente para las medidas disciplinarias que se impongan a los jueces, que sea administrado por un órgano distinto de la Corte Suprema y que cuente con las salvaguardas necesarias para lograr su independencia de presiones políticas y externas de cualquier tipo;
    • establecer que los jueces sólo puedan ser suspendidos o destituidos por razones de incapacidad o por conductas que no los hagan idóneos para desempeñar sus funciones;
    • establecer reglas claras para la designación, el traslado y el ascenso de jueces basadas en sus aptitudes e integridad;
    • garantizar la designación oportuna de jueces permanentes; y
    • establecer reglas claras para la distribución de causas entre los jueces, a fin de evitar conflictos de intereses y vulnerabilidad ante presiones internas y externas.
  • Modificar los procedimientos de designación del fiscal general, el fiscal general adjunto y otros altos cargos para prevenir la interferencia política.
  • Seleccionar al fiscal general y al fiscal general adjunto en función de sus calificaciones, experiencia e integridad, mediante un proceso transparente basado en criterios claros y que permita la participación de la sociedad civil.

A los gobiernos de Estados Unidos, Canadá y de países de Europa y América Latina:

  • Apoyar los esfuerzos en la lucha contra la corrupción en Honduras y comprometerse públicamente a proporcionar apoyo financiero y técnico a la CICIH.
 

[1] Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada el 31 de octubre de 2003, https://www.unodc.org/pdf/corruption/publications_unodc_convention-s.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[2] Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado el 16 de diciembre de 1966, https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights (consultado el 4 de mayo de 2023).

[3] Human Rights Watch, Bien engrasado: Petróleo y derechos humanos en Guinea Ecuatorial, 9 de julio de 2009, https://www.hrw.org/es/report/2009/07/09/bien-engrasado/petroleo-y-derechos-humanos-en-guinea-ecuatorial.

[4] Véase, por ejemplo, Human Rights Watch, Secret and Unaccountable, The Tribal Council at Lower Brule and its Impact on Human Rights, 12 de enero de 2015, https://www.hrw.org/report/2015/01/12/secret-and-unaccountable/tribal-council-lower-brule-and-its-impact-human-rights; “There is No Time Left,” Climate Change, Environmental Threats, and Human Rights in Turkana County, Kenya, 15 de octubre de 2015, https://www.hrw.org/report/2015/10/16/there-no-time-left/climate-change-environmental-threats-and-human-rights-turkana; ”¿Maná del cielo?” Cómo la salud y la educación pagan el costo de la autocontratación en Guinea Ecuatorial, 15 de junio de 2017, https://www.hrw.org/es/report/2017/06/15/mana-del-cielo/como-la-salud-y-la-educacion-pagan-el-costo-de-la-autocontratacion.

[5] Secretaría de Salud de Honduras, “Situación actual Covid-19. Red de hospitales de la Secretaría de Salud de Honduras”, 29 de diciembre de 2020, https://www.facebook.com/saludhn/posts/pfbid0V8PyZS8WRPJ8wJ8RWjr2PfBJDVMx3gLwhDJ4ztGfFqU3mfPZWMLtAWi3hDHq8aKal (consultado el 4 de mayo de 2023).

[6] Consejo Nacional Anticorrupción, “La corrupción en tiempos del Covid-19. Parte VIII: El jugoso negocio de la intermediación, la compra irregular y sobrevalorada de los hospitales móviles por parte de Invest-H”, julio de 2020, https://www.cna.hn/wp-content/uploads/2021/10/La-corrupcio%CC%81n-en-tiempos-del-COVID-19_Parte-VIII1.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[7] Asociación para una Sociedad más Justa, “Compra de hospitales móviles - Emergencia Covid-19”, junio de 2020, https://asjhonduras.com/covid19/informe_hospitales.html (consultado el 4 de mayo de 2023).

[8] Entrevista de Human Rights Watch con Suyapa Figueroa, entonces presidenta del Colegio Médico de Honduras, Tegucigalpa, 26 de enero de 2022.

[9] Ibid.

[10] Transparencia Internacional, “Corrupción y Coronavirus”, 18 de marzo de 2020, https://www.transparency.org/es/news/corruption-and-the-coronavirus (consultado el 4 de mayo de 2023).

[11] Véase Artjoms Ivlevs y Timothy Hinks, “Global economic crisis and corruption”, marzo de 2020, https://www.researchgate.net/publication/273250262_Global_economic_crisis_and_corruption (consultado el 4 de mayo de 2023); Jennifer Haberkorn, “Oversight of $2-trillion coronavirus relief act has't got off the ground”, Los Angeles Times, 20 de abril de 2020, https://www.latimes.com/politics/story/2020-04-20/oversight-2-trillion-coronavirus-relief-package (consultado el 4 de mayo de 2023); Organized Crime and Corruption Reporting Project (OCCRP), “Crime, Corruption, and Coronavirus”, 24 de marzo de 2020, https://www.occrp.org/en/coronavirus/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[12] Poder Judicial de Honduras, “Tribunal de sentencia en materia de corrupción condena a 10 años 11 meses de reclusión más el pago de millonaria multa a Marco Bográn por compra de hospitales móviles”, 10 de junio de 2022, https://twitter.com/PJdeHonduras/status/1535285991359102976?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[13] Ministerio Público de Honduras, “El 8 de mayo se emitirá fallo en el caso Hospitales Móviles, con el que MP espera recuperar más de 100 millones de lempiras incautados a Axel López”, 21 de abril de 2023, https://www.mp.hn/publicaciones/mp-disconforme-con-primera-condena-en-el-caso-hospitales-moviles/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[14] Ministerio Público de Honduras, “MP disconforme con primera condena en el caso Hospitales Móviles”, 17 de mayo de 2022, https://www.mp.hn/publicaciones/mp-disconforme-con-primera-condena-en-el-caso-hospitales-moviles/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[15] Ministerio Público de Honduras, “Requerimiento fiscal”, 4 de marzo de 2019, en archivo en Human Rights Watch.

[16] Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, “Posicionamiento del COPINH ante reintegro como víctima en caso Fraude sobre el Gualcarque”, 25 de agosto de 2021, https://berta.copinh.org/2021/08/posicionamiento-del-copinh-ante-reintegro-como-victima-en-caso-fraude-sobre-el-gualcarque/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[17] Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, “¿De qué se trata el "Fraude Sobre el Gualcarque?”, 16 de marzo de 2023, https://twitter.com/COPINHHONDURAS/status/1636465769574703111?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[18] Organización Internacional del Trabajo, “C169 - Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169)”, adoptado el 27 de junio de 1989, entró en vigor el 5 de septiembre de 1991, ratificado por Honduras el 28 de marzo de 1995, https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/documents/publication/wcms_345065.pdf, (consultado el 4 de mayo de 2023).

[19] Constitución de Honduras, artículo 16, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Constitucion_de_la_republica.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[20] Poder Judicial de Honduras, “Sala I con jurisdicción nacional impone una pena de más de 22 años de reclusión al ciudadano Roberto Castillo Mejía por el asesinato de la ambientalista Berta Cáceres”, 20 de junio de 2022, https://twitter.com/PJdeHonduras/status/1538986878610841603?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[21] Entrevista virtual de Human Rights Watch con Luis Javier Santos, fiscal jefe de UFERCO, 30 de marzo de 2023.

[22] Ministerio Público de Honduras, “Requerimiento fiscal”, 13 de junio de 2018, en archivo en Human Rights Watch.

[23] Instituto Nacional de Estadística de Honduras, “LXXII Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples (2021)”, julio de 2021, https://www.ine.gob.hn/V3/ephpm/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[24] Ministerio Público de Honduras, “Sala Constitucional notifica fallo que blinda de impunidad a implicados en Caso Pandora”, 11 de febrero de 2022, https://www.mp.hn/publicaciones/sala-constitucional-notifica-fallo-que-blinda-de-impunidad-a-implicados-en-caso-pandora/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[25] Entrevista en línea de Human Rights Watch con Luis Javier Santos, fiscal jefe de UFERCO, 30 de marzo de 2023.

[26] Fiscalía General de Honduras, “Requerimiento fiscal”, 11 de diciembre de 2018, en archivo en Human Rights Watch.

[27] Médicos Sin Fronteras, “Honduras: respondemos a una nueva epidemia de dengue”, 13 de marzo de 2019, https://www.msf.es/noticia/honduras-respondemos-una-nueva-epidemia-dengue (consultado el 4 de mayo de 2023); “Honduras: MSF iniciamos proyecto de emergencia para prevención del dengue en Tegucigalpa”, 10 de agosto de 2022, https://www.msf.mx/actualidad/honduras-msf-iniciamos-proyecto-de-emergencia-para-prevencion-del-dengue-en-tegucigalpa/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[28] Poder Judicial de Honduras, Tweet del 14 de noviembre de 2022, https://twitter.com/PJdeHonduras/status/1592277609744060416?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[29] Jorge Sierra, “Xiomara Castro promete Misión Anticorrupción, consultas populares, desterrar ZEDEs y energía gratis”, Proceso Digital, 27 de enero de 2022, https://proceso.hn/xiomara-promete-mision-anticorrupcion-consultas-populares-derogar-zedes-y-energia-gratis/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[30] La Gaceta, “Decreto No. 4-2022”, promulgado el 4 de febrero de 2022, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-4-2022.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[31] Secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras, Tweet del 17 de febrero de 2022, https://twitter.com/CancilleriaHN/status/1494459368087109635?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[32] Secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras, Tweet del 15 de diciembre de 2022, https://twitter.com/CancilleriaHN/status/1603556806248304640?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[33] Gobierno de Honduras, Tweet del 26 de abril de 2023, https://twitter.com/GobiernoHN/status/1651261738522640389?s=20 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[34] Véase, por ejemplo, Human Rights Watch, “Guatemala”, Informe Mundial, enero de 2023, https://www.hrw.org/es/world-report/2023/country-chapters/guatemala.

[35] La Gaceta, “Decreto No. 116-2019”, promulgado el 18 de octubre de 2019, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-116-2019.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[36] La Gaceta, “Decreto No. 117-2019”, promulgado el 18 de octubre de 2019, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-117-2019.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[37] La Gaceta, “Decreto No. 57-2020”, promulgado el 13 de octubre de 2020, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-57-2020.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[38] La Gaceta, “Decreto No. 93-2021”, promulgado el 1 de noviembre de 2021, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto_93-2021.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[39] Véase, por ejemplo, “Reforma a Ley de Lavado deja en libertad a 45 socios de narcos”, El Heraldo, 25 de octubre de 2022, https://www.elheraldo.hn/honduras/reforma-ley-de-lavado-deja-libertad-45-socios-narcos-los-cachiros-valle-valle-KD10640857 (consultado el 4 de mayo de 2023).

[40] La Gaceta, “Decreto No. 4-2022”, promulgado el 4 de febrero de 2022, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-4-2022.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023). Véase también Human Rights Watch, Después del golpe de Estado: Continúan la violencia, la intimidación y la impunidad en Honduras, 20 de diciembre de 2010, https://www.hrw.org/report/2010/12/20/after-coup/ongoing-violence-intimidation-and-impunity-honduras.

[41] Consejo Nacional Anticorrupción, “Delitos que pretenden ser perdonados por medio de decreto de amnistía”, 3 de febrero de 2022, https://www.cna.hn/delitos-que-pretenden-ser-perdonados-por-medio-de-decreto-de-amnistia/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[42] Departamento de Estado de Estados Unidos, “Honduras”, 2022 Country Reports on Human Rights Practices, 20 de marzo de 2023, https://www.state.gov/reports/2022-country-reports-on-human-rights-practices/honduras/ (consultado el 4 de mayo de 2023).

[43] Constitución de Honduras, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Constitucion_de_la_republica.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023), artículo 313; Código Procesal Penal de Honduras, https://wipolex-res.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/hn/hn027es.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023), artículos 414 a 417.

[44] Véase, por ejemplo, Human Rights Watch, “Honduras: Selección de la Corte Suprema debe basarse en el mérito”, 4 de octubre de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/10/04/honduras-seleccion-de-la-corte-suprema-debe-basarse-en-el-merito.

[45] La Gaceta, “Decreto No. 74-2022”, promulgado el 20 de julio de 2022, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-74-2022.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[46] La Gaceta, “Decreto No. 2-2023”, promulgado el 17 de febrero de 2023, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-2-2023.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[47] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Situación de los derechos humanos en Honduras, 27 de agosto de 2019, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Honduras2019.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 84; Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, “Visita a Honduras”, A/HRC/44/47/Add.2, 2 de junio de 2020, https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G20/124/46/PDF/G2012446.pdf?OpenElement (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 33.

[48] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso López Lone y otros c. Honduras, sentencia de 5 de octubre de 2015, Serie C núm. 302, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_302_esp.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023); Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, “Visita a Honduras”, A/HRC/44/47/Add.2, 2 de junio de 2020, https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G20/124/46/PDF/G2012446.pdf?OpenElement (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 33.

[49] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Situación de los derechos humanos en Honduras, 27 de agosto de 2019, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Honduras2019.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 23; Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, “Visita a Honduras”, A/HRC/44/47/Add.2, 2 de junio de 2020, https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G20/124/46/PDF/G2012446.pdf?OpenElement (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 51.

[50] Constitución de Honduras, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Constitucion_de_la_republica.pdf (consultada el 4 de mayo de 2023), artículo 233.

[51] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Situación de los derechos humanos en Honduras, 27 de agosto de 2019, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Honduras2019.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023), párr. 23.

[52] Comunicado conjunto de Human Rights Watch, Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Robert F. Kennedy Human Rights (RFKHR), Fundación para el Debido Proceso (DPLF) y Latin American Working Group (LAWG), “Junta proponente de Honduras debe garantizar independencia y transparencia en la elección del Fiscal General”, 1 de junio de 2023, https://www.hrw.org/es/news/2023/06/01/junta-proponente-en-honduras-debe-garantizar-independencia-y-transparencia-en-la.

[53] La Gaceta, "Decreto No. 170-2006", promulgado el 30 de diciembre de 2006, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley_de_Transparencia.pdf (consultado el 4 de mayo de 2023).

[54] Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, adoptados en 1985, https://www.ohchr.org/en/instruments-mechanisms/instruments/basic-principles-independence-judiciary (consultado el 4 de mayo de 2023).

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